Sede electrónica

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Subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro que contraten a personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general y social

Documentación

Por internet

    • Solicitud de subvención formando parte de la misma declaración responsable
    • Anexo a la solicitud, obtenido del aplicativo SISPECAN PCOL-Organismos
    • Anexo II. Memoria descriptiva y económica del Proyecto
    • Oferta de empleo por cada una de las categorías profesionales obtenidas del aplicativo SISPECAN PCOL-Organismos.
    • Tabla salarial vigente al momento de la solicitud del Convenio Colectivo de aplicación

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Convocatoria anticipada 2024:
  • Colaboración con órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Universidades canarias e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a personas trabajadoras desempleadas, para la realización de obras y servicios de interés general y social enmarcados dentro de los fines de dichas entidades.
A quién está dirigido:
Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de subvenciones las entidades incluidas en el Resuelvo primero de la Resolución reguladora de la convocatoria, que contraten a personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, en los términos establecidos en la misma:
- Órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
- Universidades canarias e
- Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma

Las entidades participantes han de disponer de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, así como de centro de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y cumplir con los demás requisitos establecidos, con carácter general, por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997 (BOE 30/12/1997) y la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 2435/2004, de 20 de julio (BOE 22.07.2004).

Para aquellas entidades que por primera vez vayan a ser beneficiarias de la subvención, dado que se desconoce por el Servicio Canario de Empleo la capacidad de gestión de las mismas y en orden a garantizar la ejecución del proyecto que se les pueda subvencionar, el número de trabajadores a subvencionar quedará limitado a tres.

Para las entidades que colaboren por segunda vez con el Servicio Canario de Empleo a través de este programa, el número máximo de trabajadores a subvencionar quedará limitado a cinco.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Los proyectos deberán reunir las características establecidas en el Resuelvo quinto de la Resolución reguladora de la Convocatoria.
  • -Las personas trabajadoras que sean contratadas para la realización de las obras o servicios deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo (SCE), y ser residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuantía
  • 1. Las subvenciones a conceder se destinarán a la financiación de los costes salariales de los trabajadores desempleados que, reuniendo los requisitos fijados en la convocatoria sean contratados para la ejecución de las obras o servicios de interés general y social por un período de tiempo no superior a nueve meses. Dichas contrataciones se podrán realizar a tiempo completo o a tiempo parcial con una jornada mínima del 75% respecto de la jornada ordinaria establecida en el Convenio que corresponda aplicar en cada proyecto.
  • 2. La cuantía de la subvención a percibir por las entidades solicitantes será la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, en la cuantía fijada según el convenio colectivo vigente, en el momento de la solicitud, para cada trabajador desempleado contratado, con los límites máximos establecidos en el artículo 1. de la Orden ESS/974/2013, de 20 de mayo, por la que se modifica la Orden de 19 de diciembre de 1997.
  • 3. La citada cuantía máxima se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, cuando la duración de la jornada sea inferior al 100 por ciento.
  • Se excluye como coste subvencionable la indemnización que corresponda por finalización de contrato.
  • 4. El importe máximo de subvención por entidad, no podrá superar los 250.000,00 €, para garantizar el mayor número y diversidad de entidades beneficiarias, evitando la concentración de ámbito de actuación, de tipo de servicio o localidad del demandante de empleo a contratar.
  • 5. . El Servicio Canario de Empleo podrá modificar a la baja el número máximo de trabajadores a subvencionar, según entienda justificado adecuadamente el objeto y necesidad del proyecto, así como las funciones a llevar a cabo por las personas trabajadoras y el número de personas y colectivos beneficiarios.
Criterios de valoración y baremación:
  • 1.- Para la valoración de las solicitudes y de los proyectos presentados se estará a los criterios dispuestos en el Resuelvo noveno de la Resolución reguladora de la Convocatoria.
  • 2.- Aquellos proyectos que, aun estando completos y hayan sido baremados, no alcancen un mínimo de 8 puntos en el apartado 1.6 “Coherencia del proyecto” y 18 puntos en la valoración total, serán desestimados.
Forma de Abono:
  • El SCE abonará de forma anticipada, el 100% del importe de la subvención concedida, de acuerdo a los requisitos establecidos.
  • El pago se efectuará una vez presentada la documentación relacionada en el Resuelvo décimo primero de la Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 21 de enero de 1998, de aplicación y desarrollo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997. Dicha presentación se hará de forma electrónica conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el área personal de la sede electrónica.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 1/2/2024 0:0
Fecha Fin: 29/2/2024 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Empleo I

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • La publicación de los actos administrativos relacionados en el Resuelvo Decimoquinto de la Convocatoria se realizará por medio del Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del SCE y surtirán efectos de notificación.

    En virtud de la Disposición Transitoria única del RD 818,/2021 de 28 de septiembre, a la presente Convocatoria, le es de aplicación la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Extracto de la Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria, de forma anticipada, para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2024.

    Normativa estatal

    Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. (BOE nº 233, de 29.09.2021)

    REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4351
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221322

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