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Subvenciones a proyectos de Apoyo a las Mujeres del Ámbito Rural y Urbano (C23I2-MRR)

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Memoria descriptiva del proyecto
    • ANEXO IV Declaración responsable relativa a la cesión y tratamiento de datos
    • ANEXO V Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR
    • ANEXO VI Cumplimiento DNSH (Objetivos medioambientales)
    • ANEXO VII Declaración responsable relativa a cesión de derechos para la lucha contra el fraude

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • La concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la financiación de proyectos para la realización de itinerarios individualizados dentro del programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano, en Canarias, incluidas dentro de la Inversión 2 Empleo Mujer y transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia (PRTR)
A quién está dirigido:
Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de la subvención:
a) Las corporaciones locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, con una población inferior a 5.000 habitantes. Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales supramunicipales que atiendan preferentemente a mujeres residentes en municipios con población inferior a 5.000 habitantes.
b) Entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en el ámbito de la orientación laboral y la formación. Asimismo, éstas podrán ser beneficiarias en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.
En todo caso, se atenderá, preferentemente, a mujeres residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13.2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Realización de itinerarios individualizados, que desarrollen las mujeres participantes en el «Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano» y que comprenderán las siguientes fases:
  • Fase 1: Diagnóstico de empleabilidad.
  • Fase 2: Orientación laboral y acompañamiento.
  • Fase 3: Acciones de formación y talleres de competencias transversales y de empoderamiento e igualdad en el acceso al empleo.
  • Las participantes en el itinerario de inserción, a la finalización del mismo, deberán poseer los conocimientos mínimos de alfabetización digital que se establecen en el Anexo II de la resolución de convocatoria.
Cuantía
  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de las bases reguladoras, la financiación total de la subvención se determinará en función del número de mujeres a atender y los objetivos de inserción previstos. El importe a recibir por mujer atendida será de 1.715 euros como máximo, incluyendo los gastos de materiales, técnicos, de publicidad, formación de las mujeres participantes, becas, ayudas etc.
  • Además podrá adicionarse una cuantía de 2.500 euros a percibir por mujer insertada en el mercado de trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, que previamente tuviera la condición de atendida. Con esta cantidad adicional, sólo se subvencionará el 20% de las participantes que logren insertarse en el mercado laboral.
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Orden TES/1121/2021, de 11 de octubre, el importe total solicitado por cada entidad no podrá superar el 20% de la dotación disponible para la convocatoria.
  • Solamente se podrá presentar un proyecto por entidad para un mínimo de 10 mujeres.
Criterios de valoración y baremación:
  • De acuerdo con el citado Real Decreto-ley 36/2020, y en aplicación de su artículo 62, las subvenciones se tramitarán según el procedimiento de concurrencia no competitiva establecido en dicho artículo, en tanto se trata de subvenciones financiables con fondos europeos, reguladas por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y cuyo objeto es financiar actuaciones concretas que no requieren de valoración comparativa con otras propuestas, por lo que las resoluciones de concesión se dictarán por orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de concurrencia de la actuación subvencionable y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.
Forma de Abono:
  • Una vez dictada la resolución, se procederá al abono anticipado de la totalidad de la subvención concedida, cumpliéndose con las condiciones previstas en el punto 1.1 del Anexo del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, según texto modificado por Acuerdo de Gobierno de 18 de mayo de 2023, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión.
  • Para el abono anticipado de las subvenciones, no será preciso la presentación de las garantías al estar las entidades beneficiarias exoneradas de dicho deber, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, ya citado; debiendo, por el contrario, acreditar estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 27/6/2023 0:0
Fecha Fin: 17/7/2023 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Promoción de la Economía Social

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    2 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • Las subvenciones serán destinadas a la atención personalizada a mujeres de áreas rurales y urbanas participantes en itinerarios individualizados que combinen acciones de diferente naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación, adquisición de competencias y habilidades transversales, facilitación de la inserción laboral y acompañamiento en el empleo, y tengan por objeto su capacitación e inserción laboral, en los ámbitos que se establecen en los artículos 3 y 4 de las bases reguladoras, fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo.

Normativa

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cuál es el tipo de subvención?
    La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la financiación de proyectos para la realización de itinerarios individualizados dentro del programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano, en Canarias, para el ejercicio 2023, incluidas dentro de la Inversión 2 Empleo Mujer y transversalidad de género en las políticas públicas de apoyo a la activación para el empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia (PRTR)
    ¿Cuáles son las entidades beneficiarias de la subvención?
    Podrán ser beneficiarias de la subvención:
    a) Las corporaciones locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, con una población inferior a 5.000 habitantes. Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales supramunicipales, que atiendan preferentemente a mujeres residentes en municipios con una población inferior a 5.000 habitantes.
    b) Entidades sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en el ámbito de la orientación laboral y la formación. Asimismo, éstas podrán ser beneficiarias en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia.
    En todo caso, se atenderá a mujeres residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.
    No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13.2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
    ¿Qué actuaciones son subvencionables?
    Las subvenciones tienen por objeto la financiación de los itinerarios individualizados, que desarrollen las mujeres participantes en el «Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano» y que comprenderán las siguientes fases:
    Fase 1: Diagnóstico de empleabilidad.
    Fase 2: Orientación laboral y acompañamiento.
    Fase 3: Acciones de formación y talleres de competencias transversales y de empoderamiento e igualdad en el acceso al empleo.
    ¿Cuáles son los objetivos del programa de atención e inserción?
    Los objetivos de este programa son los que se detallan a continuación:
    a) Las mujeres desempleadas, que participen, han de residir en municipios de menos de 5.000 habitantes, según datos facilitados por OBECAN y que se recogen en el Anexo III de la resolución de convocatoria.
    b) El número total de mujeres a atender para la convocatoria 2023 es de 284.
    c) El 50% de las participantes deben realizar un itinerario individualizado orientado al desarrollo de competencias y empleos verdes.
    d) El 50% de las participantes en el programa deben realizar un itinerario individualizado orientado al desarrollo de competencias y empleos digitales
    e) El 20% de mujeres participantes en el itinerario individualizado en que se materializa el programa debe lograr su inserción por cuenta propia o ajena.
    ¿Cuál es la duración y fecha límite de finalización de los proyectos?
    Los proyectos deberán iniciarse en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión.
    La acción directa con las personas participantes comenzará como máximo en el plazo de 30 días naturales desde la fecha de inicio del proyecto.
    Los proyectos tienen una duración máxima de 12 meses desde el inicio efectivo del mismo.
    ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7136
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2717219

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