Procedimientos para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación de las unidades de competencia en el procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- Establecer, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias: 1. Procedimiento destinado a la Habilitación para ejercer las funciones de asesoramiento y evaluación en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, reguladas por el RD 1224/2009. 2. Procedimiento para ser inscrito en la “Base de datos de personal experto en asesoría y evaluación para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación”.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-
Requisitos para el trámite de la habilitación.
1. Tener residencia habitual en las Islas Canarias.
2. Los requisitos según los perfiles profesionales que se distinguen a continuación:
a) El Profesorado perteneciente a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Profesores Técnicos de formación profesional con atribución docente en la familia profesional correspondiente, deberá acreditar al menos cuatro años de experiencia docente impartiendo módulos profesionales asociados a cualificaciones profesionales de dicha familia.
b) Los formadores y formadoras de formación profesional, deberán acreditar una experiencia docente de al menos cuatro años impartiendo módulos formativos asociados a cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia son objeto de acreditación.
c) Los profesionales expertos en el sector productivo y en las cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia sean objeto de acreditación deberán acreditar una experiencia laboral en dicho sector de al menos cuatro años. Estos profesionales deberán, asimismo, superar un curso de formación específica organizado o supervisado por las administraciones competentes.
d) Los profesionales de los perfiles a) y b) anteriores cuando cuenten al menos con experiencia docente de dos años impartiendo módulos profesionales o formativos asociados a cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia sean objeto de acreditación deberán acreditar, al menos, dos años de experiencia laboral en el sector productivo y en las cualificaciones profesionales cuyas unidades de competencia sean objeto de acreditación.
Requisitos para la inscripción en base de datos.
1. Tener residencia habitual en las Islas Canarias.
2. Ser personal habilitado por las administraciones competentes para ejercer las funciones de asesoramiento y/o evaluación en las unidades de competencia correspondientes a las cualificaciones profesionales solicitadas.
3. Haber superado un curso de formación específica para personal asesor y evaluador del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales emitido por la administración competente y cuyos contenidos hayan tenido como referente lo establecido en los Anexos IV y V del RD 1224/2009. - Tasas:
- No se exigen
- Órgano que tramita:
-
Instituto de Cualificaciones
- Órgano que resuelve:
-
Instituto de Cualificaciones
- Plazo de resolución:
-
6
meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Recursos:
-
Recurso de Alzada
- Normativa autonómica
- RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS PROCEDIMIENTOS PARA EJERCER LAS FUNCIONES DE ASESORAMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS UNIDADES DE COMPETENCIA DE DISTINTAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES, EN EL PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS POR EXPERIENCIA LABORAL, REGULADO POR EL REAL DECRETO 1224/2009, DE 17 DE JULIO, MODIFICADO POR REAL DECRETO 143/2021, DE 9 DE MARZO.
- Normativa estatal
- Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6931
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2450385
En plazo
Objeto
Medios de presentación
Por internet
- Solicitud
- Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
- Certificado de vida laboral
- Curriculum vitae
Para personal trabajador por cuenta ajena
Para personal trabajador por cuenta ajena
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo
Para autónomos/as o por cuenta propia
- De la Organización donde se haya realizado la asistencia
Para personal voluntario o becario
- Hoja de Servicios expedida por la Dirección Territorial de Educación
Para profesorado perteneciente a los cuerpos catedráticos, profesores de enseñanza secundaria o profesores técnicos de formación profesional
- Documentación acreditativa de impartición de ciclos formativos
Para profesorado perteneciente a los cuerpos catedráticos, profesores de enseñanza secundaria o profesores técnicos de formación profesional
- Certificación de cursos impartidos
Para formadores y formadoras de formación profesional para el empleo.
- Superación del curso de formación específica para personal asesor/evaluador en PEAC
- Documento acreditativo de la habilitación en las unidades de competencia solicitadas como personal asesor y/o evaluador
Presencial
Para personal trabajador por cuenta ajena
- Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo
Para autónomos/as o por cuenta propia
- De la Organización donde se haya realizado la asistencia
Para personal voluntario o becario