Autorización de desocupación temporal de vivienda de promoción pública

En plazo

Objeto

Autorizar la desocupación de una vivienda de promoción pública por causa justificada de su adjudicatario.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Por internet

- Solicitud

- Justificante

Aportación de documentación que sea justificativa de la situación que se alega. (caso de enfermedad: certificados médicos acreditativos; por motivos laborales: aportación del contrato de trabajo de duración determinada; enfermedad grave de un familiar que requiera atención para realizar los actos diarios de la vida cotidiana:certificación médica acreditativa; caso de conflictos vecinales que pongan en peligro la vida o integridad física del solicitante: aportación de denuncias y estado de tramitación vía judicial).

- Puesta en conocimiento de la nueva dirección a efectos de notificaciones.

- Aportación de documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad, alquiler y Seguro Obligatorio de la Vivienda.

Presencial

- Solicitud

- Justificante

Aportación de documentación que sea justificativa de la situación que se alega. (caso de enfermedad: certificados médicos acreditativos; por motivos laborales: aportación del contrato de trabajo de duración determinada; enfermedad grave de un familiar que requiera atención para realizar los actos diarios de la vida cotidiana:certificación médica acreditativa; caso de conflictos vecinales que pongan en peligro la vida o integridad física del solicitante: aportación de denuncias y estado de tramitación vía judicial).

- Puesta en conocimiento de la nueva dirección a efectos de notificaciones.

- Aportación de documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de las cuotas de la Comunidad, alquiler y Seguro Obligatorio de la Vivienda.

Quién tramita

Órgano que tramita:
Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.
Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V.

Quién resuelve

Órgano que resuelve:
Instituto Canario de Vivienda
Plazo de resolución:
3 meses
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Estimatorio
Recursos:
Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 1612
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220711