Autorización de cambio de titularidad de contratos de compraventa en vivienda protegida de promoción pública cuyo plazo de amortización no se halle vencido
- Posibilitar el cambio de titularidad en los contratos de compraventa de viviendas protegidas de promoción pública cuando aún no haya transcurrido el plazo de amortización del préstamo.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-
- Ostentar la condición de causahabiente
- Adjudicación de la vivienda por liquidación de sociedad de gananciales
- Que el plazo de amortización del préstamo no haya finalizado. - Tasas:
- No se exigen
- Electrónico: Acceda a la gestión telemática
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
- Órgano que tramita:
-
Servicio Asesoría Técnica adjudicación
Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.
- Órgano que resuelve:
-
Unidad de Apoyo del Director/a del Instituto Canario de Vivienda
- Plazo de resolución:
-
6
meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Recursos:
-
Recurso de Alzada
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4576
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220940
En plazo
Objeto
Medios de presentación
Por internet
- Solicitud
en su caso
- ultimas voluntades y testamento
- O declaratorio de herederos.En su caso. - De ser negativa habrá que presentar Acta Notarial de Declaración de Herederos Abintestado. - Escritura de Aceptación de Herencia, de los herederos que deseen ser titulares de la vivienda y No Aceptación de herencia de aquellos que no deseen serlo, otorgada ante Notario. ( copia compulsada)
- sentencia firme de separación divorcio o nulidad
en su caso
- Liquidación sociedad de gananciales
en su caso
Presencial
en su caso
- ultimas voluntades y testamento
- O declaratorio de herederos.En su caso. - De ser negativa habrá que presentar Acta Notarial de Declaración de Herederos Abintestado. - Escritura de Aceptación de Herencia, de los herederos que deseen ser titulares de la vivienda y No Aceptación de herencia de aquellos que no deseen serlo, otorgada ante Notario. ( copia compulsada)
- sentencia firme de separación divorcio o nulidad
en su caso
- Liquidación sociedad de gananciales
en su caso
Quién tramita
Quién resuelve
Normativa
Códigos identificativos
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