Subvención destinada a apoyar las inversiones en materia de regadíos de iniciativa privada

Fuera de plazo

Objeto

Mejora de las infraestructuras hidráulicas de iniciativa privada que redunden en beneficio exclusivo de la agricultura de una zona concreta o de un grupo de explotaciones (mínimo a 15 socios beneficiarios). Convocatoria anticipada para el ejercicio 2022.
A quién está dirigido:
Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que sean personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas.
b) Que realicen obras de regadíos de iniciativa privada, que cumplan las exigencias contenida en el artículo 46 del Reglamento (UE) 1305/2013 y además las condiciones recogidas en el Marco Nacional de Desarrollo Rural y en el Programa de Desarrollo Rural de Canarias 2014-2020.
c) Que las inversiones beneficien directamente a un mínimo de quince explotaciones, perteneciente a los socios o partícipes de la entidad o asociación solicitante.
d) Que no estén incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
e) Que se comprometan a cumplir las normas exigibles en materia medioambiental que les sean de aplicación, y fundamentalmente las que se especifiquen en la resolución de concesión.
f) Que realicen las inversiones objeto de subvención con posterioridad a la solicitud de subvención.
Cuantía
El 45% de la inversión aprobada, sin que pueda superar el límite de 6.000 €/ha.
En caso de percibir subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, la acumulación de las mismas no podrá superar el límite del 75% de la inversión aprobada.
Criterios de valoración y baremación:
Los establecidos en el artículo 24 de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020, aprobadas por la Orden Departamental de 15 de septiembre de 2016.
Forma de Abono:
Transferencia bancaria.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado.
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 9/11/2021 0:0
Fecha Fin: 9/12/2021 23:59

Por internet

- Solicitud

- Acuerdo de aprobación del Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos aprobado por el Órgano de Gobierno de la entidad

- Proyecto Técnico completo

copia digital del proyecto de ejecución de la inversión a realizar redactado por técnico competente según los requisitos exigidos en el artículo 22.2.c) de las Bases reguladoras.

- Fichero de los planos del Proyecto Técnico

en formato dxf, dwg, dgn, shape o compatible, y georreferenciados

- Estudio agronómico

Redactado por técnico competente en la materia, con el contenido especificado en el Anexo VI. Dicho estudio podrá incluirse como un anexo al proyecto

- Fichero de los planos del estudio agronómico

en formato dxf, dwg, dgn, shape o compatibles

- Relación nominal de socios o partícipes y superficie beneficiada

Anexo VII

- Fichero en formato dbf, ods o xls de la relación nominal de socios o partícipes y superficie beneficiada (Anexo VII)

- Facturas proforma

detalladas y desglosadas y en los supuestos contemplados en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán presentarse como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores

Cuando se adquiera bienes inmuebles:

• Declaración responsable sobre el valor diferenciado de la edificación y del suelo.

En caso de actuar mediante representante:

• Acreditación de la representación

En el caso de asociaciones sin personalidad jurídica:

• Relacion de integrantes y acuerdos adoptados

Anexo VIII Bases reguladoras

En su caso:

• Declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes

Otra documentación de interés:

- Anexo VI "Modelo de Estudio Agronómico" de las bases reguladoras aprobadas por Orden de 15 de septiembre de 2016

Presencial

- Relación nominal de socios o partícipes y superficie beneficiada

Anexo VII

En el caso de asociaciones sin personalidad jurídica:

• Relacion de integrantes y acuerdos adoptados

Anexo VIII Bases reguladoras

Otra documentación de interés:

- Anexo VI "Modelo de Estudio Agronómico" de las bases reguladoras aprobadas por Orden de 15 de septiembre de 2016

Quién tramita

Órgano que tramita:
Servicio de Planificación de Obras y Ordenación Rural

Quién resuelve

Órgano que resuelve:
Dirección General de Agricultura
Plazo de resolución:
6 meses
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Desestimatorio
Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (B.O.C. nº 244 de 19/12/2006)
Recursos:
Potestativo de Reposición
Recurso contencioso-administrativo

Normativa

Códigos identificativos

Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 4617
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 221317
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Actualizado 30/11/2023