Subvenciones destinadas a la suscripción de seguros agrarios combinados
- Fomentar la suscripción de pólizas de seguros que ayuden al mantenimiento de la renta agraria, en el caso de que se produzcan daños en las explotaciones producidos por las frecuentes variaciones de los agentes naturales.
- A quién está dirigido:
- Pymes
- Inicio del trámite:
- Interesado y de oficio
- Beneficiarios:
- Agricultores y ganaderos canarios que satisfagan la prima de pólizas de seguros agrarios combinados y cumplan los requisitos que se establecen en la presente convocatoria.
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 1: Información
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- El solicitante debe tener la condición de pequeña y mediana empresa de producción (PYME), o entidad cooperativa cualquiera que sea su dimensión.
- Cuantía
-
Se destinan créditos por importe de 3.450.000 € (tres millones cuatrocientos cincuenta mil euros), siendo la cuantía de las subvenciones las siguientes:
- Seguros de Retirada y destrucción de animales muertos en la explotación (bovinos y resto de especies), también en sus opciones renovables, 90 % sobre la prima comercial base neta del seguro.
- Resto de seguros ganaderos 40 % sobre la prima comercial base neta del seguro.
- Seguros de acuicultura marina; 18 % sobre la prima comercial base neta del seguro.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de plátano, 25% sobre la prima comercial base neta del seguro.
- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de tomate en la C.A. de Canarias, 25% sobre la prima comercial base neta del seguro.
- Seguro de explotaciones de producciones tropicales y subtropicales para cultivos de aguacate cuyos productores se encuentren asociados en una Organización de Productores, 60% sobre la prima comercial base neta del seguro.
- Seguro de explotaciones de producciones tropicales y subtropicales, para los cultivos de chirimoyo, chumbera, litchi, mango, papaya, palmera datilera y piña tropical, 45 % de la prima comercial base neta del seguro.
- Resto de seguros agrícolas, 50 % de la prima comercial base neta del seguro.
No obstante lo anterior, en ningún caso la suma total de las subvenciones concedidas por las Administraciones Públicas a la suscripción de la póliza podrá superar los siguientes porcentajes, establecidos como límites por la normativa comunitaria sobre Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C204/01), y por el Reglamento (UE) nº 2022/2473 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, para los seguros acuícolas - Criterios de valoración y baremación:
- De no aplicación.
- Forma de Abono:
- Descuento directo al formalizar la póliza de seguro. El pago de la subvención se hará por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en nombre y por cuenta del beneficiario a la Agrupación de Entidades Aseguradoras.
- Presencial:
- Acceda a la Documentación
- Las pólizas se formalizan ante cualquiera de la entidades Coaseguradoras que participen en el cuadro de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras del Seguro Agrario Combinado AGROSEGURO, S.A.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
- Órgano que tramita:
-
Servicio de Producción y Registros Agrícolas
- Órgano que resuelve:
-
Dirección General de Agricultura
- Plazo de resolución:
-
Se dictará la resolución que proceda antes del 31 de diciembre de 2021.
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- No tiene
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
- No tiene
- Recursos:
-
Potestativo de Reposición
- Observaciones:
- También podrán acogerse a esta convocatoria las pólizas que, reuniendo los requisitos exigidos en el resuelvo cuarto de la Orden, se hayan suscrito con anterioridad a que surta efecto la misma.
- Normativa autonómica
- Decreto 235/1998, de 18 de diciembre, por el que se establece el régimen de subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de seguros agrarios combinados. (BOC nº 14, de 01.02.1999)
- Decreto 56/2008, de 1 de abril, que modifica el Decreto 235/1998, de 18 de diciembre, por el que se establece el régimen de subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de seguros agrarios combinados (BOC nº 74, de 11.04.2008)
- EXTRACTO de la Orden de 15 de mayo de 2022, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones destinadas a la suscripción de Seguros Agrarios Combinados, previstas en el Decreto 235/1998, de 18 de diciembre, que establece el Régimen de subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Seguros Agrarios Combinados
- Normativa estatal
- Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se aprueba el Cuadragésimo Tercer Plan de Seguros Agrarios Combinados. (B.O.E. nº 295, de 10.12.2021)
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 5215
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 1150271
En plazo
Objeto
Medios de presentación
Por internet
Presencial
- La póliza se constituye ante la entidad de seguros y no es necesaria la presentación de documento alguno ante la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias