Cambio de vivienda protegida de promoción pública en régimen de alquiler.

En plazo

Objeto

Facilitar el cambio de vivienda, mediante una nueva adjudicación, a aquellos adjudicatarios de vivienda protegida de promoción pública, en régimen de alquiler, que se hallen incursos en algunas de las circunstancias recogidas en el artículo 31.1 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
Destinatarios:
Adjudicatarios de viviendas protegidas de promoción pública en régimen de alquiler, que precisen un cambio de su vivienda protegida, por hallarse en algunos de los siguientes supuestos:
a.-Que algún miembro de la unidad familiar se viese afectado por una discapacidad sobrevenida, que precise la eliminación de barreras arquitectónicas de imposible realización en su vivienda.
b.-Que la solicitante sea víctima de violencia de género.
c.-Que algún miembro de la unidad familiar haya sido victima de un acto delictivo que implique un riesgo para su integridad física en el caso de permanecer en la vivienda adjudicada.
d.- Que se den circunstancias de movilidad laboral que obligue a fijar la residencia en otra isla del archipiélago canario.
Requisitos:
-Acreditar documentalmente el hallarse en alguno de los cuatro supuestos relacionados.
-Encontrarse al corriente en el pago de las rentas de alquiler y de las cuotas en concepto de comunidad.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Por internet

- Solicitud

La solicitud de cambio que deberá expresar claramente la causa en la que, conforme al articulo 31 del Decreto 138/2007 de 24 de marzo se fundamenta la pretensión.

En caso de discapacidad sobrevenida de algún miembro de la unidad familiar que no sea el solicitante (este documento deberá ser impreso, firmado, escaneado y anexado a la solicitud)

• Autorización a la Administración para consulta de datos

En todos los casos

• Cuotas de la comunidad. (Certificado de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Junta de Administración del inmueble (cuotas de comunidad), así como, de las rentas de alquiler)

En el caso de discapacidad sobrevenida

• Documento del Equipo de Valoración y Orientación (EVO). Documento del EVO acreditativo del grado de discapacidad y la necesidad de eliminar barreras.

En el caso de movilidad por motivos laborales

• Contrato laboral y, en su caso, certificado del domicilio donde se ubica la empresa.

En el caso de víctima de actos delictivos

• Sentencia firme condenatoria

En el caso de víctima de violencia de género

• Sentencia firme condenatoria Violencia de Género (y/o Orden de protección judicial, Informe del Ministerio Fiscal y medidas cautelares y/o informe de los Servicios Sociales.)

En el caso de actuar mediante representante

• Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

Presencial

- Solicitud

La solicitud de cambio que deberá expresar claramente la causa en la que, conforme al articulo 31 del Decreto 138/2007 de 24 de marzo se fundamenta la pretensión.

En caso de discapacidad sobrevenida de algún miembro de la unidad familiar que no sea el solicitante (este documento deberá ser impreso, firmado, escaneado y anexado a la solicitud)

• Autorización a la Administración para consulta de datos

En todos los casos

• Cuotas de la comunidad. (Certificado de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Junta de Administración del inmueble (cuotas de comunidad), así como, de las rentas de alquiler)

En el caso de discapacidad sobrevenida

• Documento del Equipo de Valoración y Orientación (EVO). Documento del EVO acreditativo del grado de discapacidad y la necesidad de eliminar barreras.

En el caso de movilidad por motivos laborales

• Contrato laboral y, en su caso, certificado del domicilio donde se ubica la empresa.

En el caso de víctima de actos delictivos

• Sentencia firme condenatoria

En el caso de víctima de violencia de género

• Sentencia firme condenatoria Violencia de Género (y/o Orden de protección judicial, Informe del Ministerio Fiscal y medidas cautelares y/o informe de los Servicios Sociales.)

En el caso de actuar mediante representante

• Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

Quién tramita

Órgano que tramita:
Servicio Asesoría Técnica adjudicación

Quién resuelve

Órgano que resuelve:
Instituto Canario de Vivienda
Plazo de resolución:
6 meses
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Desestimatorio
artículo 24, ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Recursos:
Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6006
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2447860
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Actualizado 27/03/2024