Permuta de Viviendas de Promoción Pública en régimen de alquiler.
- Facilitar la permuta de viviendas entre adjudicatarios de viviendas protegidas de promoción pública, en régimen de alquiler, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-
Destinatarios:
Titulares de vivienda protegida de promoción pública, en régimen de alquiler, que pretenda realizar una permuta con otro adjudicatario también, en régimen de alquiler.
Requisitos:
- Exponer los motivos por los que se quiere permutar vivienda.
- Encontrarse al corriente en el pago de las rentas de alquiler y de las cuotas en concepto de comunidad.
-Otorgar autorización a favor de la Administración para facilitar sus datos a otros solicitantes de permuta.
-Aportar, en su caso, persona interesada en permutar. - Tasas:
- No se exigen
- Electrónico: Acceda a la gestión telemática
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
- Órgano que tramita:
-
Servicio Asesoría Técnica adjudicación
- Órgano que resuelve:
-
Instituto Canario de Vivienda
- Plazo de resolución:
-
6
meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio artículo 24, ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Recursos:
-
Recurso de Alzada
- Normativa autonómica
- Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el régimen de adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda
- Normativa estatal
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6007
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2893171
En plazo
Objeto
Medios de presentación
Por internet
la solicitud de permuta, que deberá exponer los motivos, conforme al articulo 31 del Decreto 138/2007 de 24 de marzo se fundamenta la pretensión.
para facilitarlos a otros adjudicatarios solicitantes de permuta.
- Cuotas de la comunidad. (Certificado de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Junta de Administración del inmueble (cuotas de comunidad), así como, de las rentas de alquiler).
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
Presencial
la solicitud de permuta, que deberá exponer los motivos, conforme al articulo 31 del Decreto 138/2007 de 24 de marzo se fundamenta la pretensión.
para facilitarlos a otros adjudicatarios solicitantes de permuta.
- Cuotas de la comunidad. (Certificado de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Junta de Administración del inmueble (cuotas de comunidad), así como, de las rentas de alquiler).
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
Quién tramita
Quién resuelve
Normativa
Códigos identificativos
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