Ayudas a la producción láctea de caprino y ovino de origen local: ayuda a la industria láctea y queserías artesanales
- La Acción III.6 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias consiste en conceder una ayuda a la industria láctea o quesería artesanal que adquiera leche de caprino y ovino de origen local para la elaboración de productos lácteos (Subacción III.6.1). El objetivo de esta acción es fomentar la producción láctea procedente del ganado caprino y ovino del archipiélago. (Campaña 2022).
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos y Empresas
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Beneficiarios:
- Las industrias lácteas y queserías artesanales que cumplan con los requisitos establecidos para esta ayuda.
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en esta convocatoria las industrias lácteas y queserías artesanales que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar establecidas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Elaborar los productos referidos en el resuelvo tercero con leche de cabra y oveja producida en el archipiélago.
c) Disponer del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos para los productos que elabora.
d) Cumplir en sus acuerdos comerciales con lo establecido en el Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones de contratación en el sector lácteo y se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y de las organizaciones interprofesionales en el sector y por el que se modifican varios reales decretos de aplicación al sector lácteo (BOE n.º 53 de 02/03/2019).
e) Realizar las declaraciones que les correspondan según lo dispuesto en el Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra (BOE n.º 99 de 25/04/2015).
f) En el caso de que la industria esté ligada a una explotación ganadera de caprino-ovino, deberá además estar correctamente inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (en adelante REGAC), sus animales correctamente identificados y registrados en el Registro de Identificación Individual de Animales (en adelante RIIA) y llevar un registro de la cantidad de leche producida diariamente y utilizada para la elaboración de productos lácteos. - Cuantía
- La cuantía de esta ayuda es de 48 euros por tonelada de leche entera de cabra y oveja de origen local adquirida a los ganaderos locales para elaborar los productos citados en la Orden de convocatoria.
- Criterios de valoración y baremación:
- La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
- Forma de Abono:
- La ayuda se abonará directamente a los que resulten beneficiarios en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, el pago se realizará en los siguientes periodos: entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de junio de 2023, mediante dos abonos, uno por semestre solicitado.
- Electrónico:
- Acceso a la gestión telemática desactivado.
- La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
-
- Fecha Inicio: 1/7/2022 0:0
- Fecha Fin: 25/8/2022 23:59
- Condición: Para cantidades de leche adquiridas a los ganaderos y/o producidas por estos, y utilizadas en la elaboración de productos objeto de ayuda entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2022.
- Observaciones: MUY IMPORTANTE: las solicitudes presentadas a partir del 31/07/2022, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido, las solicitudes presentadas con posterioridad al 25.08.2022 serán desestimadas.
- Fecha Inicio: 1/1/2023 0:0
- Fecha Fin: 25/2/2023 23:59
- Condición: Para cantidades de leche adquiridas a los ganaderos y/o producidas por estos, y utilizadas en la elaboración de productos objeto de ayuda entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022.
- Observaciones: MUY IMPORTANTE: las solicitudes presentadas a partir del 31.01.2023, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido, las solicitudes presentadas con posterioridad al 25.02.2023 serán desestimadas.
Por internet
- Solicitud
Si actúa mediante representante:
• Documentación que acredite la representación
Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios:
• Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda
En el caso de industrias que adquieran leche:
• Relación detallada de facturas que justifiquen dichas compras, según modelo Anexo III
En el caso de industrias con producción propia (ligadas a una explotación ganadera):
• Relación detallada de las facturas de venta (nominativas y de contado) de los productos elaborados, según modelo Anexo III, y relación de cantidad de leche producida y productos elaborados, según modelo Anexo IV
En el caso de industrias mixtas (adquieren y producen leche):
• Relación detallada de facturas que justifiquen las compras, según Anexo III, y relación detallada de las facturas de venta de productos elaborados, según modelo Anexo IV
En el caso de industrias que elaboren productos cuyo proceso de fabricación supere el semestre:
• Declaración del volumen de almacenaje de los productos en proceso de maduración según el modelo del Anexo V.
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente, será necesario presentar la justificación de la venta de estos productos en stock mediante relación detallada de facturas según modelo del anexo III
- Información correspondiente a las devoluciones de mercancía producidas en el semestre en cuestión.
En el caso de que la factura de venta de leche emitida a la industria esté a nombre de una Sociedad Cooperativa o Sociedad Agraria de Transformación:
• Listado certificado de los productores y de las cantidades aportadas correspondientes a cada factura (Anexo VI).
- Anexo III_Relación de Facturas
En formato XLSX
- Anexo IV: Registro de Producción
En formato XLSX
- Anexo V: Declaración de Stock
- Anexo VI- Certificado de Facturas Sociedad Cooperativa o Sat
Formato ODS
Otra documentación de interés:
Presencial
Si actúa mediante representante:
• Documentación que acredite la representación
Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios:
• Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda
En el caso de industrias que adquieran leche:
• Relación detallada de facturas que justifiquen dichas compras, según modelo Anexo III
En el caso de industrias con producción propia (ligadas a una explotación ganadera):
• Relación detallada de las facturas de venta (nominativas y de contado) de los productos elaborados, según modelo Anexo III, y relación de cantidad de leche producida y productos elaborados, según modelo Anexo IV
En el caso de industrias mixtas (adquieren y producen leche):
• Relación detallada de facturas que justifiquen las compras, según Anexo III, y relación detallada de las facturas de venta de productos elaborados, según modelo Anexo IV
En el caso de industrias que elaboren productos cuyo proceso de fabricación supere el semestre:
• Declaración del volumen de almacenaje de los productos en proceso de maduración según el modelo del Anexo V.
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente, será necesario presentar la justificación de la venta de estos productos en stock mediante relación detallada de facturas según modelo del anexo III
- Información correspondiente a las devoluciones de mercancía producidas en el semestre en cuestión.
En el caso de que la factura de venta de leche emitida a la industria esté a nombre de una Sociedad Cooperativa o Sociedad Agraria de Transformación:
• Listado certificado de los productores y de las cantidades aportadas correspondientes a cada factura (Anexo VI).
- Anexo III_Relación de Facturas
En formato XLSX
- Anexo IV: Registro de Producción
En formato XLSX
- Anexo V: Declaración de Stock
- Anexo VI- Certificado de Facturas Sociedad Cooperativa o Sat
Formato ODS
Otra documentación de interés:
Quién tramita
- Órgano que tramita:
-
Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
-
Viceconsejería del Sector Primario
- Plazo de resolución:
-
El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión.
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
- Recursos:
-
Recurso de Alzada
Normativa
- Normativa autonómica
- Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario por la que se da publicidad a las modificaciones efectuadas en las medidas de apoyo a la producción agraria local incluidas en el Programa de Opciones Específicas de Alejamiento e Insularidad para Canarias (POSEI), establecido en virtud del Artículo 3 del Reglamento (UE) Nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Extracto de la Orden de 22 de junio de 2022, por la que se convocan para la campaña 2022 las ayudas de la Acción III.6 “Ayuda a la producción láctea de caprino y ovino de origen local”, Subacciones III.6.1 “Ayuda a la industria láctea y queserías artesanales” y III.6.2 “Ayuda al productor de leche de caprino-ovino”, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
- Orden de 28 de noviembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).
- Normativa estatal
- Real Decreto 95/2019, de 1 de marzo, por el que se establecen las condiciones de contratación en el sector lácteo y se regula el reconocimiento de las organizaciones de productores y de las organizaciones interprofesionales en el sector, y por el que se modifican varios reales decretos de aplicación al sector lácteo.
- Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.
- Normativa europea
- Reglamento de ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del consejo por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión. (L 63/13 de 04.03.2014)
- Reglamento (UE) Nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de marzo de 2013 por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 247/2006 del Consejo (L 78/23 de 20.03.2013)
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 6073
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 2101624
Actualizado 01/06/2023© Gobierno de Canarias