Convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios de postgrados por estudiantes africanos en las universidades canarias.

Fuera de plazo

Objeto

Concesión de un máximo de 16 becas de formación dentro del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ) para el período 2024-2025, que tiene como objetivo la realización de estudios universitarios de postgrado por estudiantes de nacionalidad de Cabo Verde, Senegal, Mauritania, Marruecos, Ghana, Costa de Marfil, Gambia, Guinea Ecuatorial , Togo y Benín, en las universidades públicas canarias.
A quién está dirigido:
Extranjeros
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Estudiantes de nacionalidad de Cabo Verde, Senegal, Mauritania, Marruecos, Ghana, Costa de Marfil, Gambia, Guinea Ecuatorial, Togo y Benín, que estén en posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria o grado universitario, con nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculte en el país expedido el acceso a enseñanzas de postgrado y reúnan los requisitos exigidos en la base séptima de la Orden de 31 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras que rigen la presente convocatoria, modificada por la Orden nº 14, de 8 de febrero de 2023, (BOC n.º 34, de 17 de febrero de 2023).
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
Para ser admitido en el proceso selectivo previsto, los aspirantes deberán cumplir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad de Cabo Verde, Senegal, Mauritania, Marruecos, Ghana, Costa de Marfil, Gambia, Guinea Ecuatorial, Togo y Benín .
b) Estar en posesión de pasaporte nacional con validez mínima de 12 meses en el momento de incorporarse al centro de estudios de destino.
c) Tener residencia en su país durante los dos últimos años a la fecha de publicación de la convocatoria y no encontrarse en situación de estancia por estudios o trabajo fuera de su país de residencia.
d) Estar en posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria o grado universitario expedida por una Universidad del país de la nacionalidad del solicitante de la beca, obtenida en los cuatros (4) años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, que acredite un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculte en el país expedido, el título para el acceso a enseñanzas de postgrado.
e) No haber superado los 30 años de edad a la fecha de finalización del período de solicitud de la beca.
f) Poseer los requisitos exigidos de acceso al Máster.
g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, así como ante la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
h) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con la beca.
i) No haber recibido subvenciones ni ayudas por el mismo objeto por parte de cualquier administración o ente público.
j) No estar incurso en ninguna de las circunstancias impeditivas de la obtención de la condición de beneficiario prevista en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
k) No haber sido persona beneficiaria de otra beca en convocatorias anteriores.
Cuantía
Para la presente convocatoria se destinan créditos por importe total de doscientos cuarenta y ocho mil novecientos sesenta euros (248.960,00 €), distribuidos en dos anualidades.
El desglose por anualidad es el siguiente:
Anualidad 2024: 116.720,00€
Anualidad 2025:132.240,00€
La cuantía máxima de cada beca no podrá superar los 15.560,00 € por beneficiario.
Criterios de valoración y baremación:
Criterios de valoración de méritos y capacidad:
El procedimiento de selección constará de dos fases, siendo la primera de ellas eliminatoria, debiendo superar la prueba de ambos idiomas:
Primera Fase: prueba de idioma/s.
La prueba de idioma tendrá por objeto evaluar los conocimientos de español e inglés de las personas aspirantes a las becas.
El nivel de idioma requerido para superar la prueba será el correspondiente a B1 (usuario independiente) del Marco Común Europeo de Referencia.
Se valorará con un máximo de 10 puntos, la prueba de ambos idiomas, 5 puntos por cada idioma.
Para la realización de las pruebas de idioma el Comité de Selección contará con la asistencia de las entidades colaboradoras.
Las pruebas constarán de 2 partes: a) Test de gramática y b) Entrevista oral.
La entrevista oral se realizará solo en el caso de que se haya superado el test de gramática. Se supera una parte de la prueba cuando se obtiene al menos 2,5 puntos en esa parte.
Segunda Fase; El Comité de selección procederá a la valoración de méritos de las personas aspirantes atendiendo a su expediente académico y a la formación complementaria alegada, conforme a los siguientes criterios y con un máximo de 90 puntos:
1. Valoración del currículum académico de la persona solicitante, acreditativo de su nivel de excelencia académica con una puntuación máxima de 70 puntos.
Las calificaciones obtenidas se computarán según el siguiente baremo:
Mención de matrícula de honor (sobresaliente y mención) = 10 puntos cada una.
Sobresaliente (entre 9 y 10 puntos) = 9 puntos cada uno.
Notable (entre 7 y 8 puntos) = 7,5 puntos cada uno.
2. Otras titulaciones universitarias:
La titulaciones adicionales que acredite la persona aspirante se valorará con 2 puntos cada una hasta un máximo de 4 puntos.
3. Otros cursos;
La acreditación de realización de cursos relacionados con el máster solicitado y con una duración mínima de 20 horas se valorarán con un máximo de 6 puntos a razón de 1 punto por curso.
4. Experiencia laboral:
La Comisión de Selección valorará con un máximo de 4 puntos la experiencia laboral y las practicas realizadas, debiendo estar, en ambos casos, relacionadas con la titulación universitaria realizada. La valoración se realizará a razón de 1 punto por experiencia laboral y practica realizada y acreditada. En la documentación acreditativa de las mismas deberá constar: el tipo de actividad, fecha de inicio y finalización y el tipo de funciones.
5. Investigación y publicaciones:
La Comisión de Selección valorará con un máximo de 1 punto, la participación en proyectos de investigación y las publicaciones relacionadas con la titulación universitaria.
6. Otros idiomas:
Se valorará con un máximo de 1 punto, conocimientos en cualquiera de los demás idiomas oficiales de la Unión Europea no exigidos en la convocatoria, siempre que estén debidamente acreditados. Los puntos se asignarán de la siguiente forma:
Por cada idioma en el que se tenga acreditado un nivel B1: 0,25 puntos.
Por cada idioma en el que se tenga acreditado un nivel B2: 0,5 puntos.
Por cada idioma en el que se tenga acreditado un nivel C1: 0,75 puntos.
Por cada idioma en el que se tenga acreditado un nivel C2: 1 punto.
Si se acreditaran varios niveles de un mismo idioma, solo se valorará el de máximo nivel.
7. Carta de motivación de solicitud de beca en la que deberá hacer referencia a su situación familiar (padres, hermanos, situación laboral de los progenitores). Se valorará con un máximo de 4 puntos.
El Comité de Selección podrá, eventualmente, recabar información más precisa sobre los méritos alegados en las solicitudes.
Forma de Abono:
La Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas (FULP) y La Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna (FULL) como entidades colaboradoras, previa transferencia de la Dirección General de Relaciones con África, realizarán por anticipado el traslado del importe de la beca a los beneficiarios para el pago de los gastos correspondientes a la formación relativa al título oficial de Máster con arreglo a lo establecido en cada una de las universidades.
Al tratarse de un gasto plurianual, el pago de los gastos del ejercicio siguiente se abonará de forma anticipada, una vez justificados los gastos correspondientes a la anualidad anterior mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes del gasto.
No se podrá realizar el pago de la beca en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado.
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 15/3/2024 0:0
Fecha Fin: 15/4/2024 23:59
Condición: Se establece un plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, para la presentación de solicitudes.

Por internet

Solicitud (ANEXO II)

• Solicitud

de beca para realización de estudios de postgrado en universidades canarias. Anexo II.

• Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte)

• Curriculum vitae

• Título oficial de estudios

Certificación académica de los estudios realizados expedida por la universidad extranjera en la que conste, entre otros extremos, la duración en años de los estudios cursados, relación de asignaturas cursadas y aprobadas con la carga horaria de cada una de ellas, sistema universitario de calificaciones indicando la nota mínima para aprobar y los puntos en los que se basa la escala de intervalos de puntuación.

• Certificación expedida por la universidad extranjera que acredite que los estudios realizados facultan el Acceso a enseñanzas Máster.

• Declaración responsable incluidas en el del Anexo II.

• Documentación acreditativa de los méritos alegados en el curriculum vitae.

• Certificado y/o declaración de residencia en el país de origen en los últimos 2 años.

• Carta de motivación de beca en la que deberá hacer referencia a su situación familiar (padres, hermanos, situación laboral progenitores).

Presencial

Solicitud (ANEXO II)

• Solicitud

de beca para realización de estudios de postgrado en universidades canarias. Anexo II.

• Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte)

• Curriculum vitae

• Título oficial de estudios

Certificación académica de los estudios realizados expedida por la universidad extranjera en la que conste, entre otros extremos, la duración en años de los estudios cursados, relación de asignaturas cursadas y aprobadas con la carga horaria de cada una de ellas, sistema universitario de calificaciones indicando la nota mínima para aprobar y los puntos en los que se basa la escala de intervalos de puntuación.

• Certificación expedida por la universidad extranjera que acredite que los estudios realizados facultan el Acceso a enseñanzas Máster.

• Declaración responsable incluidas en el del Anexo II.

• Documentación acreditativa de los méritos alegados en el curriculum vitae.

• Certificado y/o declaración de residencia en el país de origen en los últimos 2 años.

• Carta de motivación de beca en la que deberá hacer referencia a su situación familiar (padres, hermanos, situación laboral progenitores).

Quién tramita

Órgano que tramita:
Servicio de Asuntos Generales y Política Exterior

Quién resuelve

Órgano que resuelve:
Dirección General de Relaciones con África
Plazo de resolución:
3 meses
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Desestimatorio
Artículo 25 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Recursos:
Potestativo de Reposición
Recurso contencioso-administrativo
Observaciones:
Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General de Relaciones con África y podrán presentarse en el registro, ya sea de la Comunidad Autónoma de Canarias, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de Ayuntamientos adheridos al correspondiente Convenio, y en las Oficinas de Correos y en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, de conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2.10.2015)
Posteriormente se enviará a la Dirección General de Relaciones con África a través del correo electrónico: asuntosafrica@gobiernodecanarias.org
Con la nueva estructura organizativa se han adaptado las sedes electrónicas con lo que el aplicativo informático de gestión de esta convocatoria está ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma: https://sede.gobiernodecanarias.org.
La documentación requerida que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base décima de la referida Orden por la que se aprueban las bases que rigen la presente convocatoria, deberá estar fechada a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En la solicitud se consignará el consentimiento de tratamiento de datos personales de conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales.
De conformidad con el articulo 15.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, de las Administraciones Públicas se establece que la lengua de los procedimientos tramitados por las administraciones será el español. En consonancia con ésto, toda la documentación que se presente en otro idioma debe venir acompañada de una traducción al español.

Normativa

Códigos identificativos

Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 8203
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 3004373

Actualizado 11/09/2024