Informe al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre la Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)
- Analizar e informar sobre el expediente de la solicitud de emisión e informar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de la emisión del CAE.
- A quién está dirigido:
- Empresas
- Inicio del trámite:
- De oficio
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
En plazo
Objeto
Medios de presentación
Quién tramita
- Órgano que tramita:
-
Servicio Eficiencia Energética y Nuevas Energías
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
-
Dirección General de Energía
- Plazo de resolución:
-
El Gestor Autonómico dispondrá para este trámite de un plazo de quince días para el caso de actuaciones estandarizadas y de treinta días para el caso de actuaciones singulares, a contar desde la fecha de la solicitud de emisión de CAE.
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
- Estimatorio
- Recursos:
-
No cabe recurso
Normativa
- Normativa estatal
- Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético
- Orden TED/815/2023, de 18 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un Sistema de Certificados de Ahorro Energético.
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 9233