Subvenciones destinadas al establecimiento de personas jóvenes ganaderas
- El establecimiento de personas jóvenes ganaderas, mediante la concesión de subvenciones con el fin de contribuir a la mejora estructural y a la modernización de las explotaciones, tanto en el momento de su instalación como con posterioridad a ella. (Convocatoria 2024 - 2028).
- A quién está dirigido:
- Jóvenes
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Beneficiarios:
- Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas con 18 años o más, y que no tengan más de 40 años de edad en el año de presentación de la solicitud de ayuda, que cumplan con los requisitos generales recogidos en la Base 7 de la Orden de 5 de febrero de 2024 reguladora de estas subvenciones, y con los requisitos específicos recogidos en la Orden de convocatoria de estas subvenciones.
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
-
Además de los recogidos por las Bases de la convocatoria, los siguientes:
1. Ser jóven, mayor de 18 y no más de 40 en el año de presentación de la solicitud de ayuda, y residir en la misma isla donde pretende instalarse.
2. Acceder por 1ª vez como titular o cotitular de una explotación agraria prioritaria, o alcancen tal consideración al finalizar el plan empresarial.
3. La fecha de inicio de la actividad ha de ser posterior a la presentación de la solicitud.
4. Presentar y ejecutar un plan empresarial viable técnica y económicamente.
5. Si el plan empresarial prevé actividad agrícola y ganadera, la actividad ganadera deberá alcanzar una dimensión igual o mayor al 50% de las UTAS asignadas.
6. La explotación en la que se instale deberá generar una renta unitaria de trabajo (RUT) de entre el 35% y el 120% de la renta de referencia a que se refiere el artículo 2.12 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, a la finalización del plan empresarial.
7. Que el plan empresarial contemple la instalación de una persona física, en la modalidad individual, y un máximo de dos personas en modalidad dual en una explotación agraria. Las personas que se instalen deberán ser jefas de explotación de la misma.
8. En el caso de instalación de 2 personas jóvenes en una misma explotación deberán cumplirse los requisitos recogidos en el punto 8 del apartado Sexto de la Orden de convocatoria.
9.- No deber haber causado alta en el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias de Canarias, con anterioridad a la presentacción de la solicitud.
10. Las personas solicitantes deberán contar con la capacidad, formación y/o competencia o experiencia en materia agraria, de acuerdo con la orientación productiva de la explotación, para desarrollar la actividad objeto de subvención. En caso de no tenerla, se comprometerán adquirirla a más tardar con la finalización de ejecución del plan empresarial y dentro del plazo que se establezca para la realización de la actividad aprobada en la última anualidad de la subvención concedida.
11. Que la explotación agraria tenga una dimensión de al menos una unidad de trabajo agrario (en adelante UTA) por persona que se instala calculada según se apruebe mediante resolución del Director General de Agricultura, en su condición de Autoridad de Gestión de fondos FEADER antes del periodo de solicitud.
12. Comprometerse a ejercer la actividad en la explotación durante al menos 5 años contados desde el último pago de la subvención concedida como persona jefa de la explotación, así como mantener la condición de explotación agraria prioritaria, y en su caso, la actividad como operador ecológico reconocido por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. En caso de la instalación de dos jóvenes en la misma explotación, además, ejercer el control de explotación en la misma proporción.
13. Realizar una exposición oral, clara y estructurada del Plan Empresarial presentado sobre su viabilidad tanto técnica como económica ante el Comité de Valoración y ser valorado como apto.
14. Si solicita incremento de la prima básica por crear una UTA adicional en la explotación agrícola, debe comprometerse a contratar a una persona adicional durante un periodo mínimo de 20 meses y a darle de alta en el Sistema Especial de Trabajadores por cuenta ajena agrarios dentro del plazo de realización de la actividad establecida en la resolución de concesión.
15. Si solicita incremento de la prima básica por instalarse en explotación de producción ecológica, debe comprometerse a comunicar el inicio de actividad como operador ecológico ante el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria antes del plazo de justificación de la primera anualidad y mantener ese sistema de gestión ganadera ecológico al menos 5 años desde el último pago de la subvención concedida.
16. Comprometerse a no causar un daño significativo ambiental y cumplir las normas exigibles en materia medioambiental, higiénico-sanitaria, de ordenación sectorial y de bienestar de los animales. - Cuantía
-
El crédito a asignar para cada uno de los periodos de selección será el siguiente:
Procedimiento de selección---------- Importe
2024 --------------------------------------- 250.000,00
2025-----------------------------------------250.000,00
2026-----------------------------------------250.000,00
2027-----------------------------------------250.000,00
2028-----------------------------------------250.000,00
Importe total (euros)------------------1.250.000,00
Los créditos asignados a cada procedimiento de selección, excepto el de 2024, quedará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada periodo, y a la aprobación de dicho gasto en los términos establecidos en el apartado 2, del Resuelvo primero de esta Orden.
La cofinanciación del 80% de la Unión Europea, no se determina en esta convocatoria, sino que se abonará directamente a los que resulten beneficiarios de las subvenciones que se convocan, a través del Organismo Pagador de Fondos Europeos Agrícola.
Cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y queden solicitudes pendientes de conceder por agotamiento del crédito presupuestario se podrá constituir una lista de reserva e incrementar, siempre que existan disponibilidades presupuestarias, el crédito de ese procedimiento para atender las solicitudes en lista. - Criterios de valoración y baremación:
- La Valoración de las solicitudes se llevará a cabo asignando a las solicitudes presentadas los criterios establecidos en Anexo 2.5 de la Orden de 5 de febrero de 2024, reguladora de estas subvenciones.
- Forma de Abono:
- La fase de abono se iniciará con carácter general, previa justificación por la persona beneficiaria, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad o adopción de la conducta objeto de subvención, de cualquiera de las fases en que se pueda dividir la misma o de la anualidad vigente, en los términos establecidos en la Base 33 de la Orden de 5 de febrero de 2024, reguladora de estas subvenciones.
- Electrónico: Acceda a la gestión telemática
- Plazo de presentación:
-
- Fecha Inicio: 15/6/2024 0:0
- Fecha Fin: 15/7/2024 23:59
- Condición: Para el ejercicio 2024
- Fecha Inicio: 1/2/2025 0:0
- Fecha Fin: 28/2/2025 23:59
- Condición: Para el ejercicio 2025
- Fecha Inicio: 1/2/2026 0:0
- Fecha Fin: 28/2/2026 23:59
- Condición: Para el ejercicio 2026
- Fecha Inicio: 1/2/2027 0:0
- Fecha Fin: 28/2/2027 23:59
- Condición: Para el ejercicio 2027
- Fecha Inicio: 1/2/2028 0:0
- Fecha Fin: 29/2/2028 23:59
- Condición: Para el ejercicio 2028
Por internet
Cumplimentada en todos sus apartados
Si actúa mediante representante:
• Documentación que acredite la representación con que actúa.
En caso que dos personas se instalen en la misma explotación
• Acuerdo donde se haga constar lo establecido en las letras b), c), d) y e) del punto 8 del Resuelvo Sexto de la Orden de convocatoria
Resuelvo Sexto, punto: b) La persona que presente la solicitud actuará como representante ante la Administración y será el responsable de exponer oralmente el plan empresarial. c) Ejecutar un único plan empresarial que abarque todas las actuaciones a realizar en la explotación por las personas jóvenes que se instalen. d) Ejercer por igual, esto es en la misma proporción, el control de la explotación. e) Constituirse como una agrupación de personas físicas reconocida legalmente.
- Plan empresarial, ajustado al modelo que se apruebe mediante resolución del Director General de Agricultura en su condición de Autoridad de Gestión de fondos FEADER
Otra documentación de interés:
Quién tramita
- Órgano que tramita:
-
Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
-
Viceconsejería del Sector Primario
- Plazo de resolución:
-
6
meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19/12/2006)
- Recursos:
-
Recurso de Alzada
Normativa
- Normativa autonómica
- Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Orden de 5 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones que se corresponden con determinadas intervenciones de desarrollo rural previstas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) para el periodo 2023-2027 en Canarias.
- Extracto de Orden de 11 de Junio de 2024 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria por el que se convocan para el periodo 2024 a 2028, las subvenciones destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el ámbito de la ganadería, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027, previstas en la Orden de 5 de febrero de 2024, de este Departamento
- Resolución de la Dirección General de Ganadería por la que se aprueba el modelo normalizado de solicitud de las subvenciones destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras en el ámbito de la ganadería, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023 – 2027, previstas en la Orden de 5 de febrero de 2024, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria.
- Resolución de la Dirección General de Agricultura por la que se aprueba unidades de trabajo agrario por cultivos para su aplicación en las intervenciones destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras en el ámbito de la agricultura y ganadería del PEPAC 2023-2027
- Resolución de la Dirección General de Agricultura por la que aprueba el modelo de Plan empresarial para su aplicación en el establecimiento de personas jóvenes, en el ámbito de la agricultura y ganaderia, del PEPAC 2023-2027.
- Resolución de la Dirección General de Agricultura por la que se aprueban los valores por tipo de ganado de las unidades de ganado mayor para su aplicación en la intervención al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en los ámbitos de la agricultura y ganadería, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027.
- Resolución del Viceconsejero de Sector Primario por la que se aprueban unidades de trabajo agrario para el ganado y se incrementan las UTAS en agricultura y ganadería ecológica para su aplicación en las intervenciones destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el ámbito de la agricultura y ganadería, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027, previstas en la Orden de 5 de febrero de 2024, de este Departamento.
- Orden de 18 de diciembre de 2024 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, por la que se modifica la Orden de 11 de junio de 2024, por la que se convocan para el periodo 2024 a 2028 las subvenciones destinadas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras, en el ámbito de la ganadería, del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) 2023-2027, previstas en la Orden de 5 de febrero de 2024 de este Departamento.
- Normativa estatal
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.
- Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.
- Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
- Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
- Real Decreto 1050/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, que establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Normativa europea
- Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 1306/2013.
- Tratado de la Unión Europea y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Versiones consolidadas. Protocolos. Anexos. Declaraciones anejas al Acta Final de la Conferencia intergubernamental que ha adoptado el Tratado de Lisboa.
Quién resuelve
Preguntas frecuentes- Aportación de documentación a expediente electrónico a través de la sede electrónica
- Tutorial de aportación de documentación a expediente electrónico.
Códigos identificativos
- Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 9346
- Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 3115839
Actualizado 13/02/2026© Gobierno de Canarias