Autorización de Núcleos Zoológicos

En plazo

Objeto

Solicitar para los núcleos zoológicos la autorización zoosanitaria, siendo de oficio el alta en la sección correspondiente del Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, con la finalidad última de fomentar la protección de los animales.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática
Plazo de presentación:
Todo el año

Por internet

- Solicitud

- Memoria detallada de la actividad a realizar o proyecto en su caso

IMPORTANTE: en este procedimiento no se autorizan o inscriben proyectos sin ejecutar

- Plano de situación

Plano o croquis simple

- Planos de instalaciones

Plano o croquis simple, incluyendo los accesos a las instalaciones

- Listado de las especies animales que se piensan comercializar criar, o albergar.

Se especificará: Listado de las especies animales que se piensan comercializar criar, o albergar. Indicando sus nombres científicos, y vulgar, biología y procedencia de los ejemplares. Indicando expresamente si se considera que en caso de fuga o suelta accidental pudieran suponer un riesgo para las personas o los ecosistemas insulares.

- Informe técnico

Informe técnico, (realizado por veterinario colegiado) que describa y desarrolle los aspectos indicados en el punto 3 de la Orden de 28 de julio de 1980, acreditando que se cumple con las exigencias allí definidas.

- Fotos de todas las instalaciones vinculadas a la actividad

Quién tramita

Órgano que tramita:
Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal

Quién resuelve

Órgano que resuelve:
Dirección General de Ganadería
Plazo de resolución:
3 meses
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Estimatorio
Recursos:
Potestativo de Reposición
Observaciones:
Se informa a los solicitantes que, en este procedimiento, no se autorizan el mantenimiento de animales en instalaciones, ya que resulta imprescindible comprobar la idoneidad de las mismas y el grado de cumplimiento de las mismas en lo referente a normativa zoosanitaria y de bienestar animal.

Normativa

Códigos identificativos

Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC): 974
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA): 220837

Actualizado 06/06/2023