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Reconocimiento de Agrupaciones de Productores de Plantas Vivas y Productos de la Floricultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Certificado del Acta de la Asamblea o Junta General, en la que se toma el acuerdo de solicitar el reconocimiento como Agrupación de Productores, y de acogerse a la normativa que las regula.
    • Descripción de la estructura, medios y planteamiento económico de la organización.
    • Estatutos de funcionamiento, visados por el Organismo competente.
    • Documentación acreditativa de que el número de socios y el volumen mínimo de producción comercializable alcanza los mínimos exigidos.
    • Programa de Actuación.
    • Relación de socios con referencia SIGPAC.
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Certificado del Acta de la Asamblea o Junta General, en la que se toma el acuerdo de solicitar el reconocimiento como Agrupación de Productores, y de acogerse a la normativa que las regula.
    • Descripción de la estructura, medios y planteamiento económico de la organización.
    • Estatutos de funcionamiento, visados por el Organismo competente.
    • Documentación acreditativa de que el número de socios y el volumen mínimo de producción comercializable alcanza los mínimos exigidos.
    • Programa de Actuación.
    • Relación de socios con referencia SIGPAC.
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Reconocer a entidades cuya actividad sea la producción de plantas vivas y productos de la floricultura como agrupaciones de productores, con la finalidad de su posterior inscripción en el correspondiente Registro y que las mismas puedan acogerse a los posibles beneficios que dicho reconocimiento pueda conllevar.
A quién está dirigido:
Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Asociacionismo Agrario

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería del Sector Primario
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto 233/2002, de 1 de marzo , por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura y se establecen medidas de apoyo a su constitución y funcionamiento. (BOE nº 61, de 12.3.2002)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    2184
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220519
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