Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Modificación de datos de Terceros Acreedores "Persona Física"

Documentación

Por internet

Presencial

  • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Tramitar la modificación de datos bancarios o identificativos de personas físicas que figuran en la Base de Datos de Terceros Acreedores a los efectos de recibir pagos de la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio del Tesoro

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General del Tesoro y Política Financiera
    Plazo de resolución:
    Al ser una modificación de datos telemática automática con respuesta inmediata, no cabe emisión de Resolución ni plazo.
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Observaciones

  • Las "Personas Físicas" pueden optar por presentar la comunicación de la ¨modificación¨ de sus datos bancarios y personales identificativos en la base de datos de Terceros Acreedores, a efectos de la percepción de pagos de la tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, bien de forma "Electrónica", o bien de forma "Presencial".

    No obstante, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2, del artículo 14, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo señalado en el apartado 2, del artículo 2, de la Orden de 17 de enero de 2019, será obligatoria la presentación electrónica y telemática, de la solicitud de las altas y modificaciones de los datos de terceros, para las siguientes personas físicas:
    -Que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para la realización de aquellos trámites y actuaciones con las Administraciones públicas en ejercicio de su actividad profesional.
    -El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para los trámites y actuaciones que realicen con ella por razón de su condición de empleado o empleada del sector público, excluido el alta o modificación de los datos bancarios para el pago de las nóminas.

    Modalidad presencial:

    El formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado, así como la documentación a aportar deben de ser presentados en los lugares previstos en el apartado ¨Medios de presentación¨/Presencial.
    En la pestaña ¨Documentación¨, se encuentra disponible la solicitud para su descarga, así como el detalle de la documentación a aportar.
    Nota 1:
    Si desea comprobar si ya figura en la citada Base de Datos, así como la información que consta en ella, puede consultarlo desde la propia SEDE mediante el procedimiento "4001-Consulta de datos de Terceros Acreedores y del IBAN”, debiendo acceder al mismo con el "Certificado Digital de Persona Física".
    Nota 2:
    Cuando los datos a modificar sean distintos a la cuenta corriente, deberá cumplimentar también los datos bancarios de la cuenta que ha de figurar en el sistema aunque sea la misma, ya que son campos obligatorios a cumplimentar en la solicitud.

    Modalidad Electrónica:

    Mediante la tramitación electrónica, las ¨Personas Físicas¨ interesadas que actúen en nombre propio y que dispongan de ¨Certificado Digital de Persona Física¨, podrán modificar sus datos bancarios y personales en la Base de Datos de Terceros Acreedores. En este caso, la modificación telemática será inmediata. Para la tramitación electrónica no es necesario aportar ninguna documentación adicional.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 17 de enero de 2019, por la que se regulan los procedimientos de alta y modificación telemática de los datos bancarios y personales identificativos para la percepción de pagos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC Nº 17, 25.01.2019)

    Orden de 6 de octubre de 2004, de gestión de los datos de terceros en el sistema de información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, denominado P.I.C.C.A.C. (BOC Nº 208, de 27.10.2004).

    Orden de 21 de febrero de 2005, por la que se modifica la Orden de 6 de octubre de 2004, de gestión de los datos de terceros en el sistema de información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, denominado P.I.C.C.A.C. (BOC Nº 045, de 4.3.2005).

Preguntas Frecuentes

  • En el caso de presentación electrónica ¿Cómo puedo saber si la modificación se ha realizado correctamente?
    El resultado de la presentación de la modificación de sus datos puede ser correcta y quedar registrada, pero "no la tramitación de la Modificación" de sus datos de tercero. Se ha de confirmar, por tanto, que "no" se ha producido un "Error en la tramitación" de la modificación, y descargar "siempre" el informe del resultado de la tramitación: "Documento de Respuesta Inmediata", en el cual se le informa si se ha producido la modificación o no y de los datos grabados, o del error producido, en su caso.
    ¿Qué ocurre si no puedo descargar el documento de respuesta inmediata?
    Si no pudiera descargar dicho documento por error de conexión le saldrá el mensaje: "Se ha producido un error al obtener el documento Ari¨, pasadas 24/48 horas podrá descargar el documento de respuesta al momento desde su Área Personal, apartado Documentos de Respuesta al Momento". Por tanto, podrá descargarlo al día siguiente desde la propia SEDE, accediendo a su Área Personal, y dentro del área personal, accediendo al apartado "Documentos de Respuesta al Momento".
    ¿Qué ocurre si hay problemas de conexión con la Sede electrónica?
    Si durante la presentación electrónica se producen problemas de "conexión con la SEDE" , le saldrá el siguiente el mensaje: `El servicio de Actuaciones de Respuesta al momento no está disponible actualmente, por favor póngase en contacto con el servicio técnico". Deberá entonces "iniciar de nuevo" su solicitud pasado un tiempo, porque el alta no se ha realizado. De persistir el mismo problema, y mensaje, deberá entonces "contactar" con la SEDE. Para contactar con la SEDE, deberá pulsar el botón: ¨¿Necesita ayuda?, que se encuentra a la derecha de la pantalla del trámite. Una vez ahí, podrá, bien formular una consulta, o realizar una sugerencia o una reclamación, así como solicitar otro tipo de información relacionada con el procedimiento, cumplimentando los formularios previstos para cada caso.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    5539
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    1997887

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