Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Ayuda al almacenamiento privado de carne de ovino y caprino

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Documento de constitución de garantía En el texto del modelo de constitución de la garantía deberán indicarse las obligaciones asumidas por el agente económico, concretándose lo siguiente:
- Categoría de producto.
- Cantidad, en toneladas con 3 decimales, del producto que se avala.
- Compromiso de mantener almacenado el producto durante el período contractual, respetando las obligaciones adquiridas.
- Autoridad ante la que se presenta y a favor de quien se constituye, en ambos casos será el órgano competente de la comunidad autónoma.
- Importe garantizado, y que vaya referido a 100€/tonelada.
    • Contrato de almacenamiento
    • En el supuesto de imposibilidad de presentación de certificados de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:
      • Declaración responsable indicando tales circunstancias.
    • En el supuesto de actuar mediante representación:
      • Documentación que acredite la representación

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Documento de constitución de garantía En el texto del modelo de constitución de la garantía deberán indicarse las obligaciones asumidas por el agente económico, concretándose lo siguiente:
- Categoría de producto.
- Cantidad, en toneladas con 3 decimales, del producto que se avala.
- Compromiso de mantener almacenado el producto durante el período contractual, respetando las obligaciones adquiridas.
- Autoridad ante la que se presenta y a favor de quien se constituye, en ambos casos será el órgano competente de la comunidad autónoma.
- Importe garantizado, y que vaya referido a 100€/tonelada.
    • Contrato de almacenamiento
    • En el supuesto de imposibilidad de presentación de certificados de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:
      • Declaración responsable indicando tales circunstancias.
    • En el supuesto de actuar mediante representación:
      • Documentación que acredite la representación

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Paliar las consecuencias económicas del descenso en la demanda de determinados productos de carne de ovino y caprino, motivado por la pandemia del COVID-19, y la paralización de los sectores productivos, fruto de la declaración del estado de alarma y que ha tenido como consecuencia un descenso en la demanda de determinados productos de carne de ovino y caprino, mediante la concesión de una ayuda para el almacenamiento privado de carne de ovino y caprino.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes, en el tiempo y la forma establecidos ante la autoridad competente. Dichos agentes económicos, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238, deberán estar establecidos y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Requisitos de la carne:
  • El inmueble donde se vaya a realizar el almacenamiento debe de radicar en la Comunidad Autónoma Canaria.
  • El producto ha de ser carne de ovino y de caprino, fresca o refrigerada, de menos de doce meses de edad en el momento del sacrificio.
  • Dicho producto ha de pertenecer a una de las categorías establecidas en el Anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/595.
  • Los productos por los que se solicita la ayuda deberán cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) nº 1308/2013, también deberán cumplir los requisitos de calidad establecidos en la sección III del Anexo VI del Reglamento Delegado 2016/1238.
  • Requisitos del solicitante:
  • Los agentes económicos, según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1238, deberán estar establecidos y registrados a efectos del IVA en la Unión Europea.
Tasas:
No se exigen
Cuantía
  • Los importes de ayuda para el almacenamiento son los siguientes:
  • - 866 €/tonelada para el periodo de almacenamiento de 90 días.
  • - 890 €/tonelada para el periodo de almacenamiento de 120 días
  • - 915 €/tonelada para el periodo de almacenamiento de 150 días.
Criterios de valoración y baremación:
  • Una vez registradas las solicitudes de ayuda se procederá a realizar un control administrativo completo y sistemático de cada una de ellas, comprobando el cumplimiento de todos los requisitos en la documentación presentada, así como el cumplimiento de los criterios de admisibilidad del agente económico y de los productos por los que se solicita ayuda. Se comprobará que ha sido presentada, según el modelo y plazo requeridos, que se ha cumplimentado íntegramente y que se ha firmado.
Forma de Abono:
  • Para el pago de la ayuda el interesado deberá presentar una solicitud de pago, ante el Organismo Pagador, a más tardar, en un plazo de tres meses calculados a partir del último día del almacenamiento contractual, La ayuda indicada en la solicitud de pago no será en ningún caso superior a la correspondiente a la cantidad almacenada que figura en el contrato de almacenamiento. El pago de la ayuda será efectuado por los Organismos Pagadores en los 120 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de pago. Siempre que se hayan cumplido las obligaciones contractuales y se haya efectuado el control al término del periodo de almacenamiento contractual. En el caso de haber observado irregularidades en el período de almacenamiento o a la salida de la mercancía, el pago no se realizará hasta que se haya reconocido el derecho a la ayuda.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
  • El plazo de presentación de solicitudes comienza el 07.05.2020 y se presentará cumplimentada en todos sus apartados, conforme al modelo de solicitud disponible para la presentación en forma presencial como telemática.

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería del Sector Primario
    Plazo de resolución:
    No existe un plazo de resolución establecido. El pago de la ayuda será efectuado por el Organismo Pagador en los 120 días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de pago. Siempre que se hayan cumplido las obligaciones contractuales y se haya efectuado el control al término del periodo de almacenamiento contractual. En el caso de haber observado irregularidades en el período de almacenamiento o a la salida de la mercancía, el pago no se realizará hasta que se haya reconocido el derecho a la ayuda.
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Observaciones

  • Los agentes económicos interesados en participar en el régimen de ayuda podrán presentar cuantas solicitudes de ayuda consideren oportunas, y se acompañará una garantía, por cada solicitud de ayuda que se presente por un importe de 100 euros por tonelada. La cantidad mínima admisible por la que se puede presentar una solicitud de ayuda al almacenamiento privado es de 5 toneladas y la ayuda sólo se concederá para las cantidades de carne fresca o refrigerada que aún no hayan sido almacenadas y que vayan a almacenarse congeladas. Una vez presentada cada solicitud de ayuda no podrá retirarse, ni modificarse, ni subsanarse. Tampoco será posible la transferencia entre agentes económicos de los derechos y obligaciones derivados de la aceptación de la solicitud.

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6432
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2306497

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