Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones 2021 para la modernización y diversificación del sector industrial.

Documentación

Por internet

    • Escritura de constitución Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Balance y cuenta de resultados ejercicio 2020
    • Impuesto de Sociedades de los 2 ejercicios anteriores: 2020, 2019
    • Ampliación de capital
    • Tres ofertas diferentes proveedores Cuando el importe gasto subvencionable alcance: 40.000 € en caso de obras y 15.000 € en caso de otros bienes
    • Escritura de constitución Borrador
    • Proyectos de la Linea I (Inversiones productivas)
      • Memoria (línea I) Dispone de un modelo de esta memoria en:  https://www.gobiernodecanarias.org/industria/temas/subvenciones/
    • Proyectos Linea II (Apoyo a la calidad e Incorporacion intangibles)
      • Memoria (Línea II) Dispone de un modelo de esta memoria en: https://www.gobiernodecanarias.org/industria/temas/subvenciones/
    • Cuando la entidad para la que se solicita la subvencion sea una persona física (personas empresarias autonomas...)
      • IRPF de los 2 ejercicios anteriores: 2020 y 2019
    • Documentación voluntaria: proyectos incorporacion de diseño y de auditorias energeticas
      • Certificado implantación de normas Calidad y Medio Ambiente
    • Cuando el solicitante muestre su oposicion en la solicitud a que la Adminsitracion recabe documentos de los organismos competentes (resuelvo sexto, punto 3, de la convocatoria)
      • Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
      • Informe de plantilla media relativa al mes de diciembre 2020 y al periodo enero-diciembre 2020 y relación de trabajadores (vida laboral) dicho periodo

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Se contemplan dos grandes líneas de actuación:
  • I. Apoyo a la inversión productiva para: crear un nuevo establecimiento industrial, traslado, ampliación de su capacidad de producción, diversificación de la producción, transformación fundamental del proceso productivo (incluyendo en esta última la transformación digital). No serán subvencionables en esta convocatoria los proyectos de ahorro y eficiencia energética en la industria
  • II. Apoyo a la calidad en la producción y a la incorporación de intangibles que refuercen los factores creadores de ventajas competitivas: capacitación técnica (mediante acreditación) de los laboratorios de ensayo o de calibración industrial, certificación productos industriales, creación o modernización de los laboratorios de control de calidad de las pymes industriales, o implantación de sistemas de inocuidad de los alimentos, incorporación de diseño al producto (funcional o estético) y mejora de los procesos (transformación digital, reingeniería de procesos..), auditorías energéticas, implantación de normas de reconocido prestigio.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
PYMES industriales (base general 2ª, con las exclusiones de la base 3ª). También podrán acogerse agrupaciones sin personalidad jurídica, siempre que la empresa se constituya válidamente como sociedad sujeta a Derecho Mercantil en el plazo que medie hasta la aceptación de la subvención. Dichas agrupaciones podrán ser de personas físicas, o bien de jurídicas privadas, donde figure una persona física en representación de sociedad a constituir. La persona representante aludida deberá figurar como socia o accionista en la sociedad constituida
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Las pymes con actividad subvencionable en la fecha de publicación de la convocatoria, deberán estar inscritas en el Registro Integrado Industrial o, al menos, haber presentado la declaración responsable pertinente con anterioridad a la fecha de solicitud de la subvención (Base general 2ª, apartado 3).
  • - Para acogerse a la línea de actuación II, las pymes deben tener actividad y personal asalariado en la fecha de publicación de la convocatoria (Base general 2ª, apartado 3).
  • - Deben tenerse en cuenta las exclusiones de la base general 3ª.
Cuantía
  • Línea de Actuación I: El porcentaje de subvención es variable (puede oscilar entre el 20% y el 40%) en función del tipo de empresa y el importe de la inversión. Si hay compromiso de creación de empleo fijo puede obtener una prima adicional de 5 puntos porcentuales de porcentaje de subvención. (vease Base especifica 3ª)
  • Línea de actuación II: El porcentaje de subvención puede alcanzar hasta el 50%, con un límite de 30.000 euros para las acciones del subtipo apoyo a la calidad en la producción y de 10.000 euros para las del subtipo de incorporación de intangibles
Criterios de valoración y baremación:
  • Se establecen unos criterios de valoración para priorizar aquellos proyectos que, cumpliendo los requisitos de admisión, obtengan una mayor puntuación. En general dichos criterios son: mayor efecto incentivador de la subvención para que se pongan en marcha (por menor dimensión de empresa, por situarse en islas no capitalinas); por su mayor interés estratégico para la economía regional; por ser más eficientes en el uso de los recursos monetarios públicos (preferencia por tramos de inversión no atendidos por otros instrumentos de ayuda o bien por sinergia entre actuaciones). Para la línea I, de inversiones productivas, se contempla un plus por creación y/o mantenimiento de empleo (véase base específica 4ª)
Forma de Abono:
  • Abono previa justificación y abono anticipado

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 15/10/2021 0:0
Fecha Fin: 28/10/2021 23:59
  • Observaciones: Plazo de presentación de aceptación de la subvención y de solicitud de abono anticipado.

  • Fecha Inicio: 15/11/2021 0:0
    Fecha Fin: 26/11/2021 23:59
  • Observaciones: Plazo de presentación de aceptación de la subvención y de solicitud de abono anticipado de los expedientes indicados en la Resolución nº 607/2021, de 12 de noviembre.

  • Fecha Inicio: 31/1/2022 0:0
    Fecha Fin: 31/12/2022 23:59
  • Condición: Plazo de presentación de documentación.

  • Fecha Inicio: 16/2/2023 0:0
    Fecha Fin: 31/8/2023 23:59
  • Condición: Plazo de subsanaciones o de justificaciones.

  • Fecha Inicio: 24/11/2023 0:0
    Fecha Fin: 30/11/2023 23:59
  • Condición: Devolucuones

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Fomento Industrial y Artesanal

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio de Fomento Industrial y Artesanal
      Plazo de resolución:
      5 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Observaciones

    • Las solicitudes deben presentarse obligatoriamente de forma electrónica. Todos los impresos normalizados necesarios se encuentran disponibles en https://www.gobiernodecanarias.org/industria/temas/subvenciones/

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden, 17 mayo 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 68, de 8.04.2009)

      ORDEN de 14 de abril de 2020, por la que se modifican las bases reguladoras de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial.

      Resolución 243/2021, de 12 de mayo, de la Dirección General de Industria, por la que se convoca para el año 2021 la concesión de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial.

      Resolución n.º 514/2021, de 6 de octubre, de la Directora General de Industria, por la que se modifica el crédito destinado a la convocatoria de concesión de subvenciones para la modernización y diversificación del sector industrial para el año 2021, convocadas por resolución nº 243/2021, de 12 de mayo

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25/07/2006)

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003)

      Normativa europea

      Reglamento (UE) Nº 651//2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187, de 26.6.2014)

      Reglamento (UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 651/2014 en lo relativo a las ayudas a infraestructuras portuarias y aeroportuarias, los umbrales de notificación para las ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio y para las ayudas a infraestructuras deportivas y recreativas multifuncionales, así como los regímenes de ayudas de funcionamiento de finalidad regional, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 702/2014 en lo relativo al cálculo de los costes subvencionables

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      6809
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2410924
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