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Ayudas de concesión directa a las explotaciones ganaderas destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma

Documentación

Por internet

Tramitación

Objeto

  • Paliar los gastos extraordinarios producidos por la actividad volcánica y soportados por aquellas explotaciones ganaderas que se han visto obligadas a desplazarse al encontrarse dentro de la zona de exclusión del volcán
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
De oficio
Beneficiarios:
Las personas titulares de explotaciones ganaderas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias y actualizadas en el año de concesión de la subvención, que se hayan visto obligadas a desplazarse por la actividad volcánica de la isla de La Palma.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1) Que las explotaciones ganaderas se encuentren inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, con censo actualizado al año en que se conceda la ayuda..
  • 2) Que la persona o entidad beneficiaria figure inscrita en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma (artículo 9 del Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre).
Cuantía
  • Para los gastos extraordinarios de las explotaciones ganaderas un máximo de 20.000 euros por persona o entidad beneficiaria en tres años, ya que se acoge a lo indicado en el Reglamento (UE) nº 1408/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola.
Criterios de valoración y baremación:
  • La ayuda se calculará en base a los daños ocasionados como consecuencia directa de la erupción volcánica evaluados por personal funcionario de la Dirección General de Ganadería.
Forma de Abono:
  • Las subvenciones concedidas se abonarán a las personas o entidades beneficiarias una vez presenten las declaraciones responsables referidas en los puntos 2) de las letras a) y 4) de la letra d) del artículo 7, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 10 de la Orden, se materializarán mediante transferencias de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias, salvo que el mismo se lleve a cabo por la Entidad Colaboradora en los términos establecidos en el artículo 17 del citado Decreto ley.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Ganadería
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
    Desestimatorio
    Artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Reclamación Económica Administrativa

Normativa

  • Normativa autonómica

    DECRETO ley 14/2021, de 28 de octubre, por el que se regula el marco general para la tramitación de los procedimientos de concesión de ayudas con carácter de emergencia, destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma

    ORDEN de 23 de noviembre de 2021, por la que se regula la concesión directa de ayudas al sector agrario y pesquero, destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

    ORDEN de 25 de noviembre de 2021, por la que se delega en las Direcciones Generales de Agricultura, de Ganadería y de Pesca la competencia para conceder las ayudas y subvenciones previstas en el Decreto ley 13/2021, de 28 de octubre, y en la Orden de 23 de noviembre de 2021, que regulan la concesión directa de ayudas y subvenciones a los sectores agrícola, agroalimentario, ganadero y pesquero, destinadas, respectivamente, a paliar la difícil situación económica que atraviesan, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7121
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2650704

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