Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones en materia de eficiencia energética en PYME y Gran Empresa del sector industrial de Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del representante (DNI, NIE o pasaporte)
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Número de identificación fiscal
    • Escritura de constitución
    • Agrupaciones de empresas: Acuerdo de colaboración Documento de acuerdo de colaboración o instrumento análogo formalizado por el representante (debidamente facultado de las mismas que especifique la aceptación y designación expresa del representante único de todas ellas, que formule la solicitud y reciba el importe total de la ayuda otorgada (no obstante la aportación de copia del documento acreditativo de las facultades de representación del mismo), así como la aceptación expresa de participación de todas ellas en el Programa de ayudas establecido por esta convocatoria)
    • Empresas de Servicios Energéticos: Copia del contrato o contratos formalizados con la empresa o empresas propietarias de las dependencias industriales donde se vaya a realizar la actuación, en el que se acredite la actuación como empresa de servicios energéticos y la responsabilidad a cargo del solicitante de la realización de la inversión correspondiente.
    • Plan de financiacion o previsión de ingresos y gastos, en caso de no cumplimentarlo junto con la solicitud.
    • Alta de datos de terceros presentada ante la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, según el procedimiento habilitado a tal fin.
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Certificado Tributario de Residencia Fiscal
    • Acreditación de circunstancias de condición de PYME (Según resuelvo Octavo de Resolución 1236/2022 de la Directora General de Energía)
    • Memoria técnica

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del representante (DNI, NIE o pasaporte)
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Número de identificación fiscal
    • Escritura de constitución
    • Agrupaciones de empresas: Acuerdo de colaboración Documento de acuerdo de colaboración o instrumento análogo formalizado por el representante (debidamente facultado de las mismas que especifique la aceptación y designación expresa del representante único de todas ellas, que formule la solicitud y reciba el importe total de la ayuda otorgada (no obstante la aportación de copia del documento acreditativo de las facultades de representación del mismo), así como la aceptación expresa de participación de todas ellas en el Programa de ayudas establecido por esta convocatoria)
    • Empresas de Servicios Energéticos: Copia del contrato o contratos formalizados con la empresa o empresas propietarias de las dependencias industriales donde se vaya a realizar la actuación, en el que se acredite la actuación como empresa de servicios energéticos y la responsabilidad a cargo del solicitante de la realización de la inversión correspondiente.
    • Plan de financiacion o previsión de ingresos y gastos, en caso de no cumplimentarlo junto con la solicitud.
    • Alta de datos de terceros presentada ante la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, según el procedimiento habilitado a tal fin.
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Certificado Tributario de Residencia Fiscal
    • Acreditación de circunstancias de condición de PYME (Según resuelvo Octavo de Resolución 1236/2022 de la Directora General de Energía)
    • Memoria técnica

Tramitación

Objeto

  • Procedimiento de concesión por razones de interés público de las subvenciones para promover la realización de actuaciones en PYME y gran empresa del el sector industrial que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética 2022
A quién está dirigido:
Autónomos y Pymes y Grandes empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a) las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los nombrados en el artículo 2.2.a) de las bases reguladoras.
b) Las empresas de servicios energéticos.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • La cuantía de las ayudas se incluye en el anexo I de las bases reguladoras, y será, para cada una de las actuaciones, la menor de las dos siguientes:
  • a) El 30 % de la inversión elegible del proyecto, y con los límites particulares que para cada tipología de actuación se indican en el anexo IV de las bases reguladoras.
  • b) La cuantía máxima que, en función de la región donde radique el proyecto, en este caso Canarias, y la tipología de la empresa promotora, se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014.
Criterios de valoración y baremación:
  • Orden de presentación de las solicitudes, sin distinción entre líneas de actuación.
Forma de Abono:
  • Previa justificación

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 16/8/2022 9:0
Fecha Fin: 30/6/2024 23:59
  • Observaciones: El plazo de presentación de solicitudes termina el 30/06/2024 o hasta que se acabe el crédito. La aplicación está abierta para trámites posteriores de los beneficiarios con subvención concedida

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio Eficiencia Energética y Nuevas Energías

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Energía
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7601
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2896152

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    Actualizado 05/12/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto