Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Solicitud de autorización de uso u ocupación del dominio público marítimo-terrestre o sus zonas de servidumbre, sin instalaciones o con instalaciones desmontables

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Acreditación de la representación en los términos del artículo 5.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su caso.
    • Abono de tasas por prestación del servicio requerido.
    • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte) y, en su caso, de la persona representante.
    • Memoria técnica de acuerdo al artículo 66 del Reglamento General de Costas, aprobado por el RD 876/2014
    • Plano de situación con líneas de deslinde y servidumbres marítimo-terrestre vigentes con delimitación de las zonas a ocupar por las distintas instalaciones, a escala mínima 1:500.
    • Estudio económico y financiero según lo previsto en el artículo 89 del Reglamento General de Costas
    • Declaración responsable de compatibilidad con las estrategias marinas, en caso de instalación de balizamientos a los que se refiere el artículo 7.6 del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas, modificado por el Real Decreto 218/2022, de 29 de marzo.
    • Acreditación de la titularidad de la propiedad o disponibilidad sobre la misma

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

  • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Obtener la autorización para el uso u ocupación del dominio público marítimo-terrestre o sus zonas de servidumbre, cuando concurran circunstancias especiales de intensidad, peligrosidad o rentabilidad, ya sea sin instalaciones de ningún tipo o con instalaciones desmontables o con bienes muebles, a la que se refiere la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y su normativa de desarrollo.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • No podrán ser titulares de autorizaciones o concesiones en el dominio público marítimo-terrestre las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones de contratar previstas en el normativa de Contratos del Sector Público (art. 152.3 del Reglamento General de Costas).
  • Por otra parte, el otorgamiento de concesiones o autorizaciones en el dominio público marítimo-terrestre a extranjeros estará condicionado a la prueba de reciprocidad en sus países de origen para los nacionales españoles. En todo caso, deberán concurrir los siguientes requisitos: tener domicilio fiscal en España, cumplir las condiciones que la legislación de contratos del Estado requiere para contratar con extranjeros, y manifestar su sometimiento a la jurisdicción de los Tribunales españoles para todas las incidencias derivadas del título administrativo que se le otorgue, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales para el otorgamiento de concesiones y autorizaciones a extranjeros. Se exceptúan de lo anterior los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, a reserva de las limitaciones que por razones de orden público, seguridad y salud pública puedan establecerse (artículos 153 y 154 del Reglamento General de Costas).
Tasas:
(163) Tasa por informes y demás actuaciones facultativas
  • (1) AUTORIZACIONES PREVISTAS EN EL ART. 49 DEL REGLAMENTO GENERAL DE COSTAS APROBADO POR EL RD 876/2014

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería de Planificación Territorial y Reto Demográfico
    Plazo de resolución:
    4 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 39/2015, en su artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 171/2006, de 21 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de autorizaciones en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre.

    Normativa estatal

    Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

    Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

    Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, modificado por el Real Decreto 668/2022, de 1 de agosto.

    Real Decreto 713/2022, de 30 de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de ordenación y gestión del litoral.

    Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero, por el que se regula el informe de compatibilidad y se establecen los criterios de compatibilidad con las estrategias marinas, modificado por el Real Decreto 218/2022, de 29 de marzo.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cómo incorporar nueva documentación o responder a un requerimiento de un procedimiento ya iniciado?
    Accediendo al Registro General Electrónico, a través del siguiente enlace, haciendo referencia al número de expediente asignado al procedimiento e indicado en la comunicación de inicio.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8061
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2986116

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