Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias (Convocatoria extraordinaria para el ejercicio 2022)

Documentación

Por internet

    • Solicitud Solicitud
    • Si actúa mediante representante:
      • Documentación que acredite la representación
    • Previsión de ingresos y gastos y plan de financiación de la actividad.
    • Facturas proforma, con el desglose de IRPF y del IGIC.
    • Fotocopia de la póliza de seguro de responsabilidad civil o renovación con justificante de pago.
    • Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público para el contrato menor:
      • La documentación justificativa del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Si solicita subvención para lucha contra la varroosis:
      • Plan de tratamiento a seguir, suscrito por veterinario responsable, indicando fecha y producto a utilizar
      • Contrato o documento acreditativo de la relación contractual
    • Otra documentación no obligatoria con la solicitud:
      • Anexo II. Aceptación expresa de la subvención
      • Anexo III. Cuenta justificativa
      • Anexo IV. Medidas publicitarias

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud Solicitud
    • Si actúa mediante representante:
      • Documentación que acredite la representación
    • Previsión de ingresos y gastos y plan de financiación de la actividad.
    • Facturas proforma, con el desglose de IRPF y del IGIC.
    • Fotocopia de la póliza de seguro de responsabilidad civil o renovación con justificante de pago.
    • Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público para el contrato menor:
      • La documentación justificativa del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Si solicita subvención para lucha contra la varroosis:
      • Plan de tratamiento a seguir, suscrito por veterinario responsable, indicando fecha y producto a utilizar
      • Contrato o documento acreditativo de la relación contractual
    • Otra documentación no obligatoria con la solicitud:

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Esta convocatoria extraordinaria, para el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2022, contempla las siguientes actuaciones:
  • 1) Tratamientos quimioterápicos contra varroosis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.
  • 2) Tratamientos contra varroosis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, compatibles con la apicultura ecológica.
A quién está dirigido:
Asociaciones
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Titulares de explotaciones apícolas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre, así como con los requisitos recogidos en la convocatoria extraordinaria de estas subvenciones.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Además de los requisitos establecidos en el artículo 5 del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, los siguientes:
  • a) Llevar realizando la actividad apícola anterior al 1 de enero del año de presentación de la solicitud en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • b) Estar correctamente inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, y sus datos debidamente actualizados, con fecha anterior al 1 de marzo de 2023.
  • c) No estar incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • d) Si la subvención la solicita una persona jurídica se requerirá que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma.
  • e) Que se cumpla por los facultativos intervinientes en la aplicación del programa sanitario de lucha contra la varroosis lo dispuesto en el Real Decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios, y en concreto, lo previsto en sus artículos 85 y 86 respecto a la dispensación de medicamentos veterinarios.
Cuantía
  • Se destinan créditos por importe global de treinta y ocho mil doscientos cincuenta (38.250,00) euros, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2023. Dicha cuantía podrá incrementarse con créditos que pudieran destinarse a tales fines, por parte de esta Consejería, sin que dicho incremento requiera de nueva convocatoria, ni de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
  • La cuantía subvencionable será de 2,5 euros por colmena para el tratamiento de otoño del 2022
Criterios de valoración y baremación:
  • La preferencia en el otorgamiento se obtendrá aplicando, los criterios establecidos en el apartado 3 del artículo 6 del Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, con la siguiente distribución respecto del criterio recogido en la letra a):
  • Dimensión de las explotaciones atendiendo al número de colmenas según los siguientes tramos (máximo 5 puntos):
  • - Más de 4.000 colmenas, 5 puntos.
  • - De 3001 a 4.000 colmenas, 4 puntos.
  • - De 2001 a 3.000 colmenas, 3 puntos.
  • - De 1001 a 2.000 colmenas, 2 puntos.
  • - De 1 a 1.000 colmenas, 1 punto.
  • Además de los criterios del apartado 3 del artículo 6 del Real Decreto 930/2017, serán de aplicación los siguientes:
  • a) Asociaciones de apicultores de las islas no capitalinas, 3 puntos.
  • b) Asociaciones de apicultores de las islas capitalinas, 1 punto.
  • En caso de empate en la puntuación total obtenida entre las solicitudes presentadas se procederá a prorratear el crédito presupuestario de manera proporcional a la cuantía concedida
Forma de Abono:
  • Con carácter general, el pago de las subvenciones se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad para la cual se concedió, en los términos establecidos en la Orden de convocatoria.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 9/6/2023 0:0
Fecha Fin: 8/7/2023 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio Sanidad Animal y Laboratorio

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería del Sector Primario
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8243
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3016545
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