Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para la puesta en marcha de nuevas rutas aéreas internacionales directas hacia las Islas Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de que quien firma la solicitud ostenta poder de representación suficiente respecto a la aerolínea
    • Documento nacional de identidad o equivalente de la persona que firma la solicitud en caso de no ser de nacionalidad española
    • Documento acreditativo del C.I.F. o equivalente de la aerolínea
    • Licencia de explotación de servicios aéreos en vigor, expedida por un Estado miembro de la UE
    • Plan de negocio en el que se establezca que la ruta tiene perspectivas de ser rentable una vez finalizado el período de puesta en marcha de la ruta, sin subvención
    • Certificación del Registro Mercantil Donde conste que las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto de la subvención y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución de la subvención
    • Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea
      • Certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales de Estados miembros de la Unión Europea y signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
    • Restantes empresas extranjeras
      • Informe expedido por la Misión Diplomática Permanente y Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa En el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto de la subvención, así como, el informe de reciprocidad de la respectiva Misión Diplomática Permanente Española que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la administración pública y con los entes, organismos o entidades del sector público, en forma sustancialmente análoga o en su caso, que dicho estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Fomentar la conectividad de las Islas Canarias mediante la puesta en marcha de nuevas rutas aéreas internacionales directas, de transporte comercial de pasajeros, incluidas dentro del Programa de Desarrollo de Vuelos, que se realicen hacia los aeropuertos canarios.
A quién está dirigido:
Grandes empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Todas aquellas aerolíneas, que presenten solicitud y sean seleccionadas en el marco del procedimiento establecido en las bases reguladoras para la apertura de una nuevas rutas aéreas internacionales directas de transporte comercial de pasajeros hacia las Islas Canarias.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Que sean aerolíneas titulares de una licencia de explotación, en los términos definidos por la normativa europea, o de una licencia de explotación de servicios aéreos o cualquier otro documento equivalente expedido por una autoridad competente de su país de origen.
  • - Que no figuren en la lista europea de compañías aéreas prohibidas en la UE, por incumplir las normas de seguridad.
  • - Que estén en posesión de un certificado de operador aéreo válido que especifique las actividades que cubre dicha licencia de explotación.
Cuantía
  • 682.888,00 €
Criterios de valoración y baremación:
  • 1º.-Plan de negocio: 40 puntos. Se evaluará el contenido, la coherencia y el nivel de detalle del plan de negocio. Para ello, se procederá de la siguiente forma:
  • Se calificará el plan de negocio de 1 a 10 puntos en orden ascendente: 1 punto= cumple con los requisitos mínimos; 10 puntos= una calificación excelente.
  • Se asignará al plan de negocio los puntos que correspondan en aplicación de la siguiente formula:
  • Puntuación = (Calificación del 1 al 10 x 40)/10.
  • 2º.- Capacidad total: 40 puntos. Se valorará la capacidad total (asientos en los vuelos hacia el aeropuerto de destino), para el período de dos (2) años, que la aerolínea proponga en su solicitud. Los puntos se otorgarán de la siguiente forma:
  • Solicitud con mayor número de asientos= 40 puntos.
  • Resto de solicitudes:
  • Puntuación=Número de plazas/Número de plazas de la mejor solicitud) x 40.
  • 3º.- Semana de inicio de la ruta: 20 puntos. La aerolínea que ofrezca comenzar con la operación de la nueva ruta en la fecha (semana) más temprana recibirá el máximo de puntuación de 20 puntos, en tanto que las restantes solicitudes verán su puntuación reducida gradualmente hasta la décima semana, a partir de la cual se atribuirán cero puntos. La fórmula aplicable a estos efectos sería la siguiente:
  • Puntuación=(10-número de semanas de diferencia entre la semana establecida por la aerolínea en su solicitud y la establecida por la aerolínea que ofrece comenzar la operación en la fecha más temprana) x 2.
Forma de Abono:
  • El pago de la subvención se realizará una vez presentada la justificación, que se efectuará en la modalidad de Acreditación de Módulos.
  • No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario :
  • a) No se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • b) Sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.
  • No podrá realizarse el pago de la subvención, cuando concurran cualquiera de las siguientes circunstancias:
  • 1.-Cuando la aerolínea beneficiaria no pueda operar la nueva ruta por no estar en posesión de los derechos de tráfico al tratarse de rutas sometidas a acuerdos bilaterales.
  • 2.-Cuando la aerolínea beneficiaria no pueda operar la nueva ruta por limitaciones técnicas o de seguridad del aeropuerto canario de destino.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 29/7/2025 0:0
Fecha Fin: 29/8/2025 23:59

Fecha Inicio: 30/8/2025 0:0
Fecha Fin: 30/12/2025 23:59
  • Condición: ampliación plazo automática según resuelvo séptimo ORDEN de 9 de julio de 2025.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      PROMOTUR

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejero/a
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Decreto 151/2022, de 23 de junio, que modifica el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Orden de 9 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del programa de desarrollo de vuelos para puesta en marcha de nuevas rutas aéreas internacionales, directas hacia las Islas Canarias.

      Extracto de la Orden de 9 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del programa de desarrollo de vuelos para puesta en marcha de nuevas rutas aéreas internacionales, directas hacia las Islas Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      10203
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3203703

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