Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones Directas de la Dirección General de Autónomos

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación relativa a la acreditación de la personalidad de la entidad solicitante y, en su caso, de la persona que actúa en su representación (nombramiento publicado en diario oficial).
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal en caso de que la entidad solicitante no autorice expresamente la consulta de datos y antecedentes a que se refiere el apartado sexto.
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social en caso de que la entidad solicitante no autorice expresamente la consulta de datos y antecedentes a que se refiere el apartado sexto.
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Memoria detallada de actividades
    • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
    • Memoria económica Memoria de insuficiencia de medios
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 8.	Documentación acreditativa del cumplimiento de los plazos de pago que se establecen en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Esta documentación acreditativa es la que consta en el artículo 13.3 bis de la LGS letras a) o b), según corresponda.
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 9.	Declaración responsable de no haber solicitado la declaración de concurso, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, no estar sujetos a intervención judicial o no hallarse inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso, no haber sido declarados en quiebra, en concurso de acreedores, insolvente fallido en cualquier procedimiento o sujeto a intervención judicial, no haber iniciado expediente de quita y espera o de suspensión de pagos o presentado solicitud judicial de quiebra o de concurso de acreedores, mientras, en su caso, no fueran rehabilitados. Todo ello de conformidad con lo expuesto en el art. 37.4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Concesión de subvenciones directas de la Dirección General de Autónomos con el objetivo de promover el emprendimiento, la consolidación y la sostenibilidad de los negocios autónomos y el impulso del empleo por cuenta propia.
A quién está dirigido:
Empresas y Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Tendrán la condición de beneficiarias las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • La cuantía de la subvención vendrá determinada en la correspondiente Orden de concesión directa de subvención.
Criterios de valoración y baremación:
  • No existen criterios de valoración y baremación pues las subvenciones directas no existe la concurrencia.
Forma de Abono:
  • El abono del importe de subvención concedida podrá ser anticipado (previo a la justificación) o posterior a su justificación, siendo en la correspondiente Orden de concesión directa de subvención en la que se especificará este extremo.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 7/11/2025 0:0
Fecha Fin: 14/11/2025 23:59

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Art. 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

    Decreto 127/2014, de 23 de diciembre, de aprobación e implantación del Sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la denominación SEFLOGIC.

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

    Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

    Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD).

    Normativa europea

    Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    10580

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