Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Subvenciones destinadas a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Canarias para el sostenimiento de sus gastos
de explotación

Documentación

Por internet

    • Solicitud

    Otra documentación de interés:
    • Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, donde constará el alta del epígrafe de la actividad empresarial. Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, donde constará el alta del epígrafe de la actividad empresarial.
    • Acreditación de la residencia fiscal en territorio español.
    • Declaración responsable inscripción Declaración responsable de la inscripción de la persona solicitante en la
Sección 3ª “exhibidores” del Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias o
acreditación mediante certificado de la inscripción en el Registro Administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA). Se podrá presentar, en el  omento de la solicitud, declaración responsable de figurar inscrita en el Registro del ICAA, si bien, de resultar beneficiaria, deberá  acreditarse tal condición mediante la correspondiente certificación.
    • Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento con las obligaciones tributarias de la Administración estatal y canaria, así como con la Seguridad Social.
    • En el caso de personas jurídicas: · Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde debe constar el alta del epígrafe de la actividad empresarial. En el caso de personas jurídicas:
· Certificado de situación censal emitido por la Agencia Estatal de
Administración Tributaria donde debe constar el alta del epígrafe de la actividad
empresarial.
    • Copia de la escritura pública de constitución, debidamente autorizada, y de los estatutos sociales, debidamente inscritos en el Registro mercantil. Para el caso de asociaciones, copia de los estatutos vigentes debidamente inscritos.
    • Para el caso de las asociaciones, certificado de inscripción en el registro correspondiente de la Administración pública.
    • a) Identificación de la sala o complejo cinematográfico, con domicilio o dirección en Canarias.
    • Certificación ICAA Certificado emitido por el ICAA que acredite la actividad de exhibición cinematográfica continuada de la sala o el complejo cinematográfico desde al menos 12 meses anteriores a la fecha de
la publicación de la presente convocatoria o declaración responsable de la presentación de la solicitud de dicho certificado ante el ICCA, si bien de resultar beneficiaria, deberá acreditarse tal condición  Mediante la correspondiente certificación.
    • Presupuesto detallado de los gastos y de los ingresos previstos para las actividades subvencionables (IGIC excluido). Cuantía solicitada
    • Detalle de los gastos específicos para los que se solicita la subvención, debidamente identificados y cuantificados.
    • Relación e importe de otras ayudas o recursos públicos o privados con los que se prevean financiar las actividades, indicando expresamente aquellas subvenciones sobre las que haya recaído resolución de concesión.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Sostenimiento de los gastos de explotación de las salas de exhibición cinematográfica establecidas en Canarias
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los apartados l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente. Asimismo, las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

- Tener su domicilio fiscal está en el Estado español.
- Ser titulares o llevar la gestión de un local o recinto, de la sala de exhibición o complejo cinematográfico, con domicilio o dirección en la Comunidad Autónoma de Canarias y que se encuentre en funcionamiento y en desarrollo de una programación continua y estable de exhibición cinematográfica desde al menos 12 meses anteriores a la fecha de la publicación de la presente convocatoria.
- Figurar inscritas en la Sección 3ª “exhibidores” del Registro de Empresas y Obras Audiovisuales de Canarias o del Registro Administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), debiendo acreditar en este último caso su inscripción.
- Figurar de alta, con anterioridad a la publicación de la convocatoria, en el epígrafe de actividad empresarial 963.1 “Exhibición de películas cinematográficas y vídeos” del Impuesto de Actividades Económicas, con indicación del establecimiento ubicado en Canarias y, en el caso de personas jurídicas, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de actividades de exhibición cinematográfica.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Base 7.
  • 7.1. Las actividades subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • a) Desarrollarse en salas de exhibición cinematográfica situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y cumplir los requisitos previstos en la base 6.
  • b) La salas y complejos deben mantener la actividad de exhibición cinematográfica durante el periodo de ejecución de la subvención.
  • c) Consistir en actividades de mantenimiento o actividades de explotación tal y como se definen en la base 2.
  • 7.2. Se desestimarán aquellas solicitudes que no cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases o que no se ajusten a la finalidad prevista en la convocatoria.
Cuantía
  • El importe de la convocatoria es de doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (264.444,44 €),
  • 16.1. La cuantía individual de la subvención se determinará conforme a la fórmula expresada en la Base 11, procediendo así al prorrateo, entre las personas beneficiarias de la subvención, de la totalidad del crédito disponible, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.5 del Decreto 36/2009, de 31 de
  • marzo.
  • 16.2. En ningún caso la subvención podrá superar el 80% de los gastos subvencionables de la actividad. Si la cantidad inicialmente asignada excediera dicho porcentaje, se ajustará automáticamente al importe máximo permitido. 16.3. En todo caso, la subvención concedida, de forma aislada o en concurrencia con otras ayudas, no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada. Si del resultado de la justificación se derivara un exceso sobre el coste total, se procederá a la minoración o reintegro de la diferencia correspondiente.
Criterios de valoración y baremación:
  • El procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de estas bases se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva. A efectos de prelación de las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan los requisitos determinados en las presentes bases se establece su fecha de presentación.
Forma de Abono:
  • El abono de la subvención se realizará de forma anticipada sin necesidad de constituir garantía al efecto.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 2/1/2026 0:0
Fecha Fin: 10/2/2026 23:59
  • Condición: quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente corrección en el Boletín Oficial de Canarias,
  • Observaciones: BOC. 12 20.01.2026

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      SERVICIO DE CULTURA
      SERVICIO DE ASUNTOS GENERALES

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Ley 39/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público
      Ley 37/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      LEY 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      ORDEN de 29 de diciembre de 2025, por la que se aprueba el gasto, las bases reguladoras específicas y se convocan subvenciones destinadas a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Canarias para el sostenimiento de sus gastos de explotación, en régimen de concurrencia no competitiva, por importe de doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (264.444,44 euros), ejercicio 2025.

      Orden de 8 de enero de 2026, por la que se procede a la corrección de error en la Orden de 29 de diciembre de 2025, que aprueba el gasto, las bases reguladoras específicas y convoca subvenciones destinadas a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Canarias para el sostenimiento de sus gastos de explotación, en régimen de concurrencia no competitiva, por importe de doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (264.444,44 euros), y se otorga nuevo plazo de presentación de solicitudes (BOC n.º 258, de 31.12.2025).

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      10774
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3234928

    INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

    La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.