La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Artículo 18 del Reglamento de Casinos de Juego, aprobado por Decreto 204/2001, de 3 de Diciembre.
Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.
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