Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Ayuda al consumo humano de carne fresca de vacuno, porcino, conejo, caprino, ovino, pollo y gallina de origen local

Documentación

Por internet

    • Solicitud Cumplimentado en todos sus apartados
    • En el supuesto de representación
      • Documentación que acredite la representación
    • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda que pudiera corresponderle. Salvo que dicha documentación haya sido aportada con posterioridad a la campaña 2020.
    • Certificación emitida por el matadero donde consten los datos de propietario de las canales, explotaciones de origen, nº identificación reglamentario, fecha de sacrificio y peso en canal
    • Para acreditar las canales de raza oveja canaria de pelo
      • Certificado emitido por entidad autorizada por el Ministerio de Agricultura, para el uso del logotipo de raza autóctona, en la que se indique el nº de animales, peso e identificación animal según normativa vigente y el pliego de condiciones aprobado

    Otra documentación de interés:
    • A los efectos del control administrativo y sobre el terreno, pondrán a disposición del órgano instructor o de control cualquier otra información adicional que le sea requerida al inicio o en el transcurso de dichos controles.
    • Certificación emitida por entidad autorizada para el uso del logotipo de raza autóctona indicando el nº animales, peso, e identificación animal Entidad autorizada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y  Alimentación para el uso del logotipo de raza autóctona, en la que se indique el nº de animales, peso e identificación animal de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente y el pliego de condiciones aprobado.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud Cumplimentado en todos sus apartados
    • En el supuesto de representación
      • Documentación que acredite la representación
    • Certificación emitida por el matadero donde consten los datos de propietario de las canales, explotaciones de origen, nº identificación reglamentario, fecha de sacrificio y peso en canal

    Otra documentación de interés:

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Convocatoria para la campaña 2025. La Acción III.5 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias tiene como objetivo fomentar el consumo de carne fresca de vacuno, porcino, conejo, caprino, ovino, pollo y gallina de origen local, sacrificada en los mataderos autorizados de Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
El beneficiario de la ayuda será el propietario de las canales a la salida del matadero en todas las subacciones.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Para acreditar la propiedad de las canales se deberá aportar documentación de sacrificio emitida por el matadero, en la que el solicitante figure como titular.
  • Serán admisibles las cantidades de carne sacrificada durante el año 2025 en mataderos autorizados de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondientes a las especies vacuna, porcina, cunícola, caprina, ovina, pollo y gallina. Las cantidades objeto de ayuda se refieren al peso en canal y, en su caso, cabeza sacrificada.
Tasas:
No se exigen
Cuantía
  • 1. Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Agrícola Europeo de Garantía (FEAGA) y, de acuerdo con la ficha financiera del Programa, se le asigna a cada Subacción los siguientes importes:
  • - Subacción III.5.1 Carne de bovino: trescientos mil euros (300.000,00 euros)
  • - Subacción III.5.2 Carne de porcino: un millón trescientos noventa y dos mil euros. (1.392.000,00 euros)
  • - Subacción III.5.3 Carne de conejo: cuarenta y seis mil quinientos euros (46.500,00 euros)
  • - Subacción III.5.4 Carne de caprino-ovino: seiscientos sesenta mil euros (660.000,00 euros).
  • - Subacción III.5.5 Carne de pollo y gallina: doscientos ochenta y siete mil veinte euros (287.020,00 euros).
  • 2. El importe unitario de la ayuda es:
  • - Subacción III.5.1 Carne de bovino: 144 euros por tonelada de peso canal.
  • - Subacción III.5.2 Carne de porcino: 300 euros por tonelada de peso canal.
  • - Subacción III.5.3 Carne de conejo: 300 euros por tonelada de peso canal.
  • - Subacción III.5.4 Carne de caprino-ovino: La cuantía de la ayuda será de 300 euros por tonelada de peso canal más 8,40 euros por cabeza sacrificada de caprino y 22,80 euros por cabeza sacrificada de ovino, excepto para la oveja de la raza canaria de pelo, para las cuales se abonarán 28,80 euros por cabeza sacrificada, además de la cuantía correspondiente por peso canal.
  • - Subacción III.5.5 Carne de pollo y gallina: 96 euros por tonelada de peso canal.
Criterios de valoración y baremación:
  • La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
Forma de Abono:
  • 1. La ayuda se abonará directamente a las personas que resulten beneficiarias en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, una vez que se haya verificado que se cumplen las condiciones de admisibilidad a través de los preceptivos controles administrativos y sobre el terreno.
  • 2. El pago se realizará de una sola vez antes del 30 de junio de 2026.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 15/1/2026 0:0
Fecha Fin: 25/2/2026 23:59
  • Condición: Las solicitudes presentadas después del 31.01.2026, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido. En el caso de que la presentación se realice después del 25.02.2026, se desestimará la solicitud.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, contados desde la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      2487
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      221353

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