Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Concesión del carné de maestro artesano

Documentación

Por internet

Presencial

    • Fotocopia del carné de artesano en vigor.
    • Curriculum vitae Currículum vitae en el que se reflejen los trabajos realizados, titulaciones académicas y profesionales, premios o distinciones obtenidas, cursos de formación, publicaciones así como cualquier otro mérito que pudiera ser acreditado, relativo a la práctica o fomento de su oficio.
    • Documentos que demuestren la antigüedad en el oficio durante al menos quince años.
    • Solicitud Concesión del carné de maestro artesano

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Reconocimiento de la condición de maestro artesano por la Comunidad Autónoma de Canarias
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Disponer del carné de artesano
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/2/
Fecha Fin: 1/3/

Fecha Inicio: 1/9/
Fecha Fin: 30/9/
  • Observaciones: Todos los años en los meses de febrero y septiembre.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Fomento Industrial y Artesanal

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 176/2005, 20 julio, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de la condición de empresa artesana, artesano y maestro artesano en la Comunidad Autónoma de Canarias

      Ley 10/2009, 30 septiembre, de modificación de la Ley 3/2001, 6 junio (BOC 83, 6.7.2001; BOE 176, 24.7.2001), de Artesanía de Canarias

      Orden de 7 de noviembre de 2006, por la que se establecen los procedimientos de obtención del carné de artesano, del documento de calificación de empresa artesana y del carné de monitor artesano o maestro artesano.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      3883
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      220657

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