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Subvenciones destinadas a apoyar las inversiones en explotaciones ganaderas

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Facturas proforma o presupuesto detallado de las inversiones a realizar en los que se reflejen las distintas unidades de obra o elementos que la integran Deberán presentarse tres presupuestos siempre y cuando la inversión a realizar no esté modulada según Anexo II de la Orden de convocatoria. Se admitirá la presentación de una sola oferta cuando por la especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que los suministren o presten, en cuyo caso deberá justificarse.
    • En el caso de que el peticionario actúe mediante representante:
      • Acreditación de la representación
    • Cuando el beneficiario no esté obligado a presentar declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social:
      • Declaración responsable
    • En el caso de personas físicas que sean socios de una SAT, y quieran imputar las remuneraciones percibidas de la misma como renta agraria:
      • Certificado de ingresos y retenciones a cuenta del peticionario emitido por dicha SAT, correspondiente al último ejercicio fiscal declarado

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Mejorar los resultados económicos de las explotaciones y facilitar la reestructuración y modernización de las mismas, o dirigirlas a retos relacionados con el medio ambiente, cambio climático o bienestar animal; mejorar el uso de los factores de producción incluida la introducción de nuevas tecnologías y de innovación, centrándose en la calidad, productos ecológicos y diversidad; ayudar a los agricultores y ganaderos a cumplir con nuevos requisitos impuestos por el derecho de la Unión Europea. (Convocatoria 2022).
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Los peticionarios que cumplan con los requisitos y adquieran los compromisos establecidos en las Bases Reguladoras de estas subvenciones (Orden de 15 de septiembre de 2016).
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Ser agricultor activo.
  • - En el caso de personas jurídicas, tener como actividad principal la agrícola.
  • - En el caso de las Comunidades de Bienes estar censada en la Agencia Tributaria de Canarias.
  • - No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
  • - Poseer la persona o personas responsables de la gestión y/o administración de la explotación la capacidad agraria adecuada.
  • - Cumplir con las normas exigibles en materia medioambiental, higiene y bienestar de los animales.
  • - No encontrarse la explotación o empresa objeto de subvención, en situación de crisis.
  • - Explotación inscrita en REGA, actividad debidamente actualizada previo a la solicitud de subvención, salvo que sea creada con posterioridad a la solicitud de subvención.
  • - En el caso de inversiones destinadas a reestructuración de explotaciones, aplicar las subvenciones de acuerdo con el análisis DAFO.
  • - Haber solicitado licencia de obras, en su caso, sometida a evaluación ambiental cuando sea preceptiva según legislación vigente.
Cuantía
  • Se destinan a esta convocatoria créditos por un importe global de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CATORCE EUROS CON TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS (341.914,39 €), distribuidos en las siguientes anualidades:
  • • Anualidad 2022: 34.191,44 €
  • • Anualidad 2023: 307.722,95 €
Criterios de valoración y baremación:
  • Los criterios de valoración y baremación son los establecidos en la Bases Reguladoras de estas subvenciones (Artículo 18 de la Orden de 15 de septiembre de 2016).
Forma de Abono:
  • El pago de las subvenciones se realizará por transferencia bancaria, previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el cual se concede, en los términos establecidos en las Bases Reguladoras de estas subvenciones (Orden de 15.09.2016).

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 11/6/2022 0:0
Fecha Fin: 11/7/2022 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería del Sector Primario
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244 de 19/12/2006).
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

    Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Orden de 15 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020.

    Orden de 17 de julio de 2017, por la que se corrigen los errores materiales detectados en la Orden de 15 de septiembre de 2016, que aprueba las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias, para el periodo 2014-2020

    Extracto de la Orden de 3 de junio de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones destinadas a apoyar las inversiones en explotaciones ganaderas

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Normativa europea

    Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo (DOUE núm. 347, de 20 de diciembre de 2013).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4152
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221376
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