Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Adjuntos a la solicitud
      • Anexo 2 Certificación acreditativa de la representación legal Anexo 2 Certificación acreditativa de la representación legal. Las personas jurídicas han de presentar la documentación telemáticamente.
      • Anexo 3 Declaración responsable del número de personas asociadas Las personas jurídicas han de presentar la documentación telemáticamente.
      • Anexo 4 Memoria del proyecto para funcionamiento y mantenimiento Anexo 4 Memoria del proyecto para funcionamiento y mantenimiento
Las personas jurídicas han de presentar la documentación telemáticamente.
      • Anexo 5 Memoria del proyecto para la participación social Anexo 5 Memoria del proyecto para la participación social
Las personas jurídicas han de presentar la documentación telemáticamente.
      • Anexo 6 Previsión de ingresos y gastos para proyectos de funcionamiento y mantenimiento Anexo 6 Previsión de ingresos y gastos para proyectos de funcionamiento y mantenimiento
Las personas jurídicas han de presentar la documentación telemáticamente.
      • Anexo 7 Previsión de ingresos y gastos para proyectos de participación social Anexo 7 Previsión de ingresos y gastos para proyectos de participación social
Las personas jurídicas han de presentar la documentación telemáticamente.

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Convocatoria para 2023: Fomentar el asociacionismo de mujeres, subvencionando el funcionamiento y mantenimiento de las entidades que puedan resultar beneficiarias.
  • Además, promover la participación social de las mujeres, subvencionando proyectos de difusión de los derechos de las mujeres, desde la diversidad, de la historia del movimiento de mujeres y del pensamiento feminista; proyectos de información y sensibilización social sobre la igualdad de mujeres y hombres.
A quién está dirigido:
Asociaciones y Federaciones
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro, que estén constituidas a la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, o la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias y:
a) tener entre sus fines estatutarios la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos de las mujeres en aquellos ámbitos en que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género.
b) Tener establecido su domicilio social en Canarias y desarrollar su actividad social en esta comunidad autónoma.
c) Las mujeres socias deben representar, como mínimo, un 80% del total de personas asociadas.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Podrán ser beneficiarias las asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro, que estén constituidas a 25 de mayo de 2017, con arreglo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, o la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias y:
  • a) tener entre sus fines estatutarios la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos de las mujeres en aquellos ámbitos en que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género.
  • b) Tener establecido su domicilio social en Canarias y desarrollar su actividad social en esta comunidad autónoma.
  • c) Las mujeres socias deben representar, como mínimo, un 80% del total de personas asociadas.
Cuantía
  • No hay límite indicado: Base reguladora 15ª: se determinarán según los importes propuestos. En el supuesto de que el gasto aprobado, con cargo al que se efectúe la convocatoria, no resulte suficiente para estimar todas las solicitudes de subvención por los importes propuestos, se subvencionarán las solicitudes que hayan alcanzado la puntuación mínima establecida en la base reguladora 14ª para ser subvencionables, en la cuantía propuesta por la Comisión de Evaluación, en función de la puntuación obtenida por los mismos y en orden decreciente de clasificación, hasta agotar la dotación presupuestaria.
Criterios de valoración y baremación:
  • Base 14ª:
  • Para proyectos destinados al funcionamiento y mantenimiento de la asociación: antigüedad, ámbito de actuación territorial, número de personas socias, experiencia de la entidad en el desarrollo de actividades y cofinanciación.
  • Para proyectos destinados a la participación social:
  • a) Calidad del proyecto para el que se solicita la subvención, que deviene de la claridad descriptiva en los objetivos fijados, las actividades previstas, la justificación de su necesidad, y el proceso de trabajo y de la adecuación de los indicadores de evaluación establecidos y del presupuesto presentado, así como, del carácter innovador de las actividades propuestas
  • b) Grado de adecuación de las actividades propuestas al objeto de las subvenciones convocadas
  • c) Capacidad de gestión de la entidad
  • d) Experiencia de la entidad en el desarrollo de actividades
  • e) Cofinanciación
Forma de Abono:
  • Con carácter general, el pago de las subvenciones se realizará previa justificación por parte de la entidad beneficiaria de la realización de la actuación o proyecto subvencionado y se hará efectivo en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada en el plazo y con los medios establecidos en las bases 17ª y 20ª, respectivamente. El punto 2, de la Base 19ª, señala que si no se dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad o proyecto subvencionado, la resolución de concesión de la subvención podrá establecer el abono anticipado total o parcial de la subvención concedida.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 20/7/2023 0:0
Fecha Fin: 8/8/2023 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Planificación y Programas

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Instituto Canario de Igualdad (ICI)
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    En la Base 11ª, punto 5º, de la Orden de 20 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las subvenciones a conceder por el Instituto Canario de Igualdad, destinadas a fomentar el movimiento asociativo de mujeres de Canarias. (B.O.C. nº 187, de 26 de septiembre de 2016)
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Observaciones

  • - Debe presentarse una solicitud de subvención por cada proyecto para el que se solicite la misma.
    - Cada solicitud deberá ir acompañada de los anexos que correspondan, según sea la finalidad del proyecto:
    1) Fomento del asociacionismo: solicitud más anexos 2,3,4 y 6, debidamente cumplimentados.
    2) Promoción de la participación social de las mujeres: solicitud más anexos 2, 3, 5 y 7, debidamente cumplimentados.

Normativa

  • Normativa autonómica

    DECRETO 5/2015, de 30 de enero, que modifica el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Decreto 5/2015, 30 enero, que modifica el Decreto 36/2009, 31 de marzo (BOC 68, 8.4.2009), por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. 68, de 8.4.2009)

    ORDEN de 20 de septiembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones del Instituto Canario de Igualdad, de vigencia indefinida, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en Canarias.

    Resolución de 11 de julio de 2023, de la directora por la que se aprueba el gasto y se convocan las subvenciones a conceder por el instituto Canario de igualdad, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar el asociacionismo y promover la participación social de las mujeres en canarias para el año 2023.

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué gastos puedo imputar a un proyecto destinado a promover la participación social de las mujeres en Canarias?
    Los gastos subvencionables están relacionados en la base 18.2 b) de las que rigen la convocatoria.

    En general, los gastos subvencionables han de responder a la naturaleza de la actividad subvencionada, es decir, debe tener una relación lógica con el proyecto para el que se solicita subvención y, en concreto, con las actividades que se van a desarrollar; asimismo, se debe tener en cuenta lo dispuesto en las en el punto 3 de la base reguladora 18 respecto a los costes indirectos que se imputen al proyecto (a modo de ejemplo: suministros de agua, luz, etc. cuando no se destinen íntegramente al proyecto subvencionado)
    ¿Qué gastos puedo imputar a un proyecto destinado a fomentar el asociacionismo de mujeres?
    Los gastos subvencionables son los que están relacionados en la base 18.2 a) de las que rigen la convocatoria.

    Incluye gastos de mantenimiento de las instalaciones y de las asesorías y los aplicativos necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad, el cumplimiento de la normativa de riesgos laborales, contabilidad, informatización y calidad en los procesos, protección de datos de carácter personal, primas de seguros de responsabilidad civil...

    En todo caso, ha de tratarse de gastos generados durante el periodo de ejecución del proyecto.
    ¿Qué anexos deben acompañar a la solicitud de subvención para un proyecto destinado a fomentar el asociacionismo de mujeres?
    Los anexos 2, 3, 4 y 6. Se rellenan online.
    ¿Qué anexos deben acompañar a la solicitud de subvención para un proyecto destinado a promover la participación social de las mujeres en Canarias?
    Los anexos 2, 3, 5 y 7. Se rellenan online.
    ¿El importe solicitado es el coste total del proyecto?
    El importe solicitado debe corresponder con el que se presupuesta como financiación por parte del Instituto Canario de Igualdad en la previsión de ingresos y gastos del proyecto.

    En todo caso, deben coincidir el importe de la cuantía solicitada (solicitud de subvención) y el importe que figura en la previsión de ingresos y gastos como financiación ICI (anexos 6 o 7)
    En la fase de justificación ¿cómo se practica la notificación?
    En cumplimiento de la normativa de aplicación, en la presente convocatoria la tramitación del procedimiento de concesión será electrónica. Las notificaciones que se efectúen se harán mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, exclusivamente en aquellos casos previstos en las bases reguladoras (requerimiento subsanación de la solicitud de subvención, resolución de concesión provisional, resolución de concesión que pone fin al procedimiento); el resto de las notificaciones se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, incluidas las que se dispongan en la fase de justificación y comprobación de la justificación de la subvención.
    ¿La denominación del proyecto debe coincidir con el objeto de las subvenciones?
    La denominación del proyecto es libre, pero debe coincidir la denominación puesta en la solicitud con la que se haga constar en la memoria explicativa y en la previsión de ingresos y gastos.

    En todo caso, lo que debe coincidir con el objeto de las subvenciones es la finalidad del proyecto para el que se solicita subvención.
    ¿Cuál es el plazo de ejecución del proyecto?
    El plazo de ejecución de la convocatoria de subvenciones correspondiente al año 2023 es el que la entidad solicitante haga constar en el proyecto para el que pide la subvención que, necesariamente, ha de estar comprendido entre los días 1 de enero de 2023 y 15 de noviembre de 2023, ambos inclusive.
    ¿Cuándo finaliza el plazo para presentar la justificación concedida?
    El plazo para la presentación de la justificación finaliza el 30 de noviembre de 2023.
    ¿Cuántos proyectos se pueden presentar por entidad?
    La entidad puede presentar tantos proyectos como considere
    ¿Cómo se debe presentar la justificación de la subvención?
    La base reguladora 20ª establece la forma y los documentos que se deben presentar para justificar la subvención concedida:

    a) Memoria de actuación justificativa

    b) Memoria económica justificativa: que contendrá

    b.1. Relación clasificada de los gastos (hay un modelo publicado en la página web del ICI), en la que figurará el coste total de la actividad o conducta subvencionada

    b.2. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico

    b.3. Documento de pago con justificante bancario o, si no es posible, el recibí de la empresa proveedora con indicación de la fecha
    b.4. Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia

    b.5. En su caso, carta de pago de reintegro de remanentes no aplicados, así como los intereses correspondientes

    c. Declaración responsable de no haber concertado la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con ninguna de las personas o entidades relacionadas en la base reguladora 18ª.5

    d. Acreditar la difusión de la actividad subvencionada, incluyendo en la información y publicidad la identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias
    Y en los proyectos cofinanciados ¿Cómo se presenta la Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto?
    Sería conveniente que en la relación clasificada de los gastos de la actividad se incluyera, en el supuesto de que se imputara al proyecto subvencionado un gasto por importe inferior al importe por el que se emite la factura, esta información; importe imputado. También sería conveniente, en los casos de que existan varias fuentes de financiación que se desglosaran los importes que se imputan a cada uno de ellas. Con ello se facilitaría la verificación de la justificación de las subvenciones
    ¿Y si mi entidad está obligada a auditar las cuentas anuales?
    La obligación de auditar las cuentas anuales es un dato que solo conoce la entidad beneficiaria, por ello debe comunicarse a este organismo ese dato, en el momento de la aceptación de la subvención concedida.
    El alcance de la revisión de la cuenta justificativa por auditor de cuentas será el establecido en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal, en los términos del artículo 7 de la citada Orden, y conforme al modelo establecido en dicho precepto, e incluirá, entre otros extremos: Indicación de si la entidad beneficiaria está o no obligada a presentar las cuentas anuales y, en caso afirmativo, de quién realiza dicha auditoría.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4156
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221342
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