Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Ayudas para la realización de tesis doctorales. Convocatoria 2017.

Documentación

Por internet

    • JUSTIFICACIÓN
      • Memoria justificativa Modelo 12. Memoria anual de las ayudas del programa de formación del personal investigador (a completar en la aplicación)
      • Memoria justificativa Modelo 12.a. Memoria anual
      • Memoria justificativa Modelo 12.b. Informe del director
      • Memoria justificativa Modelo 12.c. Informe del tutor de la empresa
      • Ayuda complementaria para financiar los gastos relacionados con la presentación de la tesis, así como con la obtención del título de doctor (Modelo 10.)
    • SOLICITUD
      • Certificado de participación del solicitante en el proyecto de investigación Modelo 9
      • Carta de aceptación Modelo 11
      • Certificado de reconocimiento de discapacidad
      • Solicitud Modelo 1. SOLICITUD AYUDAS TESIS DOCTORALES. (Se rellena a través de la aplicación)
      • Curriculum vitae Modelo 6
      • Certificado de estar inscrito en un programa de doctorado Modelo 2
      • Certificado de director de tesis doctorales en empresas Modelo 3
      • Memoria detallada de actividades Modelo 5.1. Memoria de la tesis a realizar
      • Acreditación vinculación laboral del director Modelo 7
      • Conformidad del director a la memoria del proyecto de tesis doctoral Modelo 5.2
      • Certificado de la empresa en la que se realizará la tesis doctoral Modelo 4
      • Memoria del proyecto en el que se integra la tesis Modelo 8

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Subvenciones destinadas a la formación del personal investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias (Modalidad A)
A quién está dirigido:
Estudiantes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Personal investigador que vaya a realizar una tesis doctoral en Canarias.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Solo se subvencionarán aquellas tesis doctorales que ayuden a cumplir con los objetivos de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3).
  • Requisitos de los solicitantes.
  • - Ser residente en Canarias y estar en posesión del correspondiente permiso de residencia cuando se trate de personas extracomunitarias.
  • - Acreditar la admisión a un Programa de Doctorado oficial en una universidad canaria.
  • - No haber sido sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incurso en prohibición legal que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • - No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de Doctor por cualquier universidad española o extranjera.
  • - Que el centro de adscripción al que pretenda incorporarse la persona beneficiaria esté radicado en Canarias y sea bien una Universidad o bien un Organismo de investigación con capacidad y actividad demostrada en investigación.
  • - Los solicitantes extranjeros cuya lengua materna sea diferente del español, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar en posesión de una acreditación oficial de nivel de idiomas de B2.
  • - Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 6 puntos en cada una de las titulaciones que le dan acceso a su programa de doctorado.
  • - No haber finalizado los estudios que le dan acceso al programa de doctorado con anterioridad al 1 de enero de 2012.
  • - Para los solicitantes que posean una discapacidad igual o superior al 50 por ciento, el periodo de finalización de estudios precedentes quedará ampliado en dos años.
  • - La fecha de terminación de los estudios indicados podrá ser anterior al 1 de enero de 2012 pero posterior al 1 de enero de 2007, para los/as licenciados/as o graduados/as en medicina, farmacia, biología, química y psicología que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR) o psicología (PIR).
  • - Para los solicitantes que se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años, la fecha de terminación de los estudios indicados en el apartado b) podrá ser anterior al 1 de enero de 2012 pero posterior al 1 de enero de 2007. Este requisito deberá acreditarse con una declaración jurada de la persona solicitante acompañada de la partida de nacimiento de los hijos menores correspondientes.
  • Requisitos de los Directores de tesis.
  • - Los directores de tesis serán doctores con vinculación de funcionario de carrera de los cuerpos docentes de las universidades públicas españolas, o pertenecerán a las escalas de investigación del CSIC o de los OPIs, o tendrán vinculación laboral indefinida de carácter docente o investigador, con la entidad de adscripción del solicitante.
  • - La vinculación contractual del director de la tesis deberá cumplirse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse durante todo el tiempo de duración de la ayuda. En el caso de que el director de la tesis no cumpliera con este requisito, será obligatoria la colaboración de un codirector que lo cumpla.
  • - En una solicitud podrán figurar, como máximo, dos personas directoras del proyecto de Tesis, en calidad de directora y codirectora, en igualdad de derechos y obligaciones a todos los efectos. El codirector asumirá las tareas del director cuando este cause baja por cualquier motivo.
  • - En el caso de que un director avale a más de un solicitante en una misma convocatoria, sólo se considerará un segundo candidato una vez se hayan cubierto todas las primeras peticiones avaladas por el resto de directores.
Cuantía
  • Se estima para esta convocatoria un crédito que asciende a la cantidad de dos millones quinientos noventa y siete mil quinientos ochenta y ocho euros (2.597.587,20 €).
  • La cuantía total anual que recibirá el centro de aplicación por cada persona investigadora para cada contrato será de 16.422,00 euros más los costes de Seguridad Social, distribuida en doce o catorce mensualidades.
Criterios de valoración y baremación:
  • Las solicitudes presentadas serán clasificadas por área de conocimiento, de modo que existirá una lista de solicitantes por cada área.
  • La valoración de los candidatos se llevará a cabo atendiendo a la suma de los siguientes criterios:
  • a. Puntuación de la nota académica hasta un máximo de 4 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes. El procedimiento para la puntuación de este apartado se publicará en la convocatoria correspondiente.
  • b. Currículum vitae del solicitante hasta un máximo de 2 puntos asignados por una graduación lineal entre los participantes: formación académica, participación en proyectos de I+D y publicaciones.
  • b.1 Formación académica:
  • b.1.1 Premio extraordinario en la licenciatura, grado o master (0,4 puntos). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
  • b.1.2 Otra titulación superior de segundo ciclo distinta de la evaluada en el certificado académico (0,3 puntos por titulación). Documentación a presentar: certificado expedido por la Universidad correspondiente.
  • b.2 - Participación en Proyectos de I+D financiados en convocatorias públicas, distintos del evaluado en el apartado c (0,2 puntos por proyecto). Documentación a presentar: resolución de concesión del proyecto y certificado de su director donde conste su vinculación al mismo.
  • ¿ Tiene consideración de convocatoria pública competitiva, aquellas convocadas por organismos públicos (internacionales, nacionales y autonómicos) en concurrencia competitiva.
  • ¿ Para acreditar los proyectos de investigación se dará por válido su inclusión en las resoluciones provisionales de las convocatorias correspondientes.
  • b.3 - Publicaciones
  • b.3.1 ¿ Capítulo de libro o Documentos científico técnico restringido (0,1 punto por capítulo o documento). Documentación a presentar: Copia de la portada, índice y primera página del capítulo o documento, donde conste el nombre de los autores.
  • b.3.2 ¿ Artículos en revistas científicas (0,2 puntos por artículo). Documentación a presentar: copia de la primera página de la publicación. Los libros de actas de congresos no puntúan como publicaciones.
  • c. Integración de la tesis doctoral en proyectos de investigación financiados en convocatorias públicas competitivas (2 puntos). Documentación a presentar: memoria del proyecto conforme al modelo disponible en la sede electrónica habilitada. Para valorar que la tesis está incluida en un proyecto de investigación este deberá estar vigente al menos durante los 2 primeros años del contrato de la tesis.
  • d. Desarrollo de la tesis doctoral en una empresa (2 puntos).
  • Del resultado de la valoración se obtendrá una relación de posibles beneficiarios por cada área de conocimiento ordenados de mayor a menor puntuación.
  • En caso de empate se tendrá en cuenta:
  • 1º Que la tesis sea desarrollada en empresa (apartado d)
  • 2º La puntuación obtenida en el apartado proyecto de investigación financiado (apartado c)
  • 3º La puntuación obtenida en el apartado currículum vitae (apartado b)
  • 4º La fecha y hora de la solicitud presentada por el solicitante ordenando la relación de posibles beneficiarios en función de su orden de entrada.
  • Si el número de ayudas por rama de conocimiento no pudiera ser cubierto por falta de candidatos que reúnan las condiciones requeridas, podrán ser acumuladas a otras ramas, en función de los criterios de distribución establecidos en cada convocatoria, donde los solicitantes reúnan los méritos suficientes.
Forma de Abono:
  • Por anticipado a las entidades colaboradoras.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 1/1/2017 0:0
Fecha Fin: 31/12/2021 23:59
  • Condición: Presentación de documentación
  • Observaciones: En los siguientes casos:
  • - Solicitud de ausencias temporales y otras incidencias
  • - Aportación de Documentación de Justificación
  • - Documentación requerida por la ACIISI

  • Fecha Inicio: 14/2/2017 9:0
    Fecha Fin: 15/2/2017 14:0

    Fecha Inicio: 11/1/2022 0:0
    Fecha Fin: 31/12/2022 23:59

    Más nformación

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Extracto de la Orden de 22 de diciembre de 2016, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se convocan ayudas del Programa Predoctoral de Formación del Personal Investigador dentro de programas oficiales de doctorado en Canarias en tramitación anticipada para el ejercicio 2017, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo

      Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación

      Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento por la que se aprueban las bases que regirán en las convocatorias de ayudas del programa predoctoral de formación del personal investigador, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo

      Normativa estatal

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, de 2.10.2015)

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015)

      Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

      Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación (BOE nº 29, de 3.2.2006)

      Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. (BOE 10.2.2011)

      LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo

      Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1081/2006 del Consejo. (DO L 347/470 de 20.12.2013).

      Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95, del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas. (DO L 312 de 23.12.1995)

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      4349
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      221166
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