Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Segundas o posteriores adjudicaciones de Viviendas Protegidas de Promoción Pública

Documentación

Por internet

Tramitación

Objeto

  • Adjudicar en segunda o posteriores adjudicaciones las viviendas vacantes titularidad del Instituto Canario de la Vivienda, una vez agotada la correspondiente lista de reserva.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
De oficio
Grado de administración electrónica:
Nivel 1: Información
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Las viviendas protegidas de Promoción Pública que hubieran quedado vacantes, serán adjudicadas por sorteo, en segunda o posteriores adjudicaciones, teniendo en cuenta los siguientes requisitos:
  • a) Estar inscrito en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.
  • b) Que los ingresos de la unidad familiar no excedan 0,75 veces el IPREM.
  • c) y reunir el resto de los requisitos establecidos en el artículo 3 del decreto 138/2007, de 24 de mayo.
  • Excepcionalmente, una vivienda vacante podrá ser adjudicada, directamente a una familia, cuando exista una situación de perentoria o extrema necesidad acreditada mediante informe social tanto de los técnicos del ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique la vivienda como de los técnicos del Instituto Canario de la Vivienda, siempre que los ingresos de la unidad familiar sean inferiores a 0,5 veces el IPREM.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Pendiente convocatoria

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V.
    Servicio de Promoción Pública S/C de Tenerife I.C.V.

Quién resuelve

  • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
    No tiene
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    5911
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2085456
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