Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Admisión de alumnado en Ciclos Formativos de Grado Básico

Documentación

Por internet

    • Solicitud de plaza en Ciclos Formativos de Grado Básico

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Convocar el procedimiento de admisión del alumnado en Ciclos Formativos de Grado Básico, en centros sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Se deben cumplir las condiciones de edad y escolarización previstos en la norma, así como haber sido propuesto por el equipo docente y contar con el consentimiento de los padres, madres o tutores legales.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
La solicitud se podrá presentar por medio electrónico o por medio presencial, ofreciendo mecanismos que faciliten la presentación sin necesidad de acudir a los centros docentes, evitando desplazamientos y aglomeraciones: a) Por medio electrónico, será requisito indispensable disponer de alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Una vez firmada electrónicamente la solicitud, deberá registrarse por el procedimiento telemático establecido, y quedará presentada a todos los efectos. Como resultado de esta presentación se permitirá obtener el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma y poder acceder a su solicitud en el plazo y forma establecidos. b) Por medio presencial, en cuyo caso se deberá cumplimentar una solicitud mediante la aplicación “Generador de Solicitudes”, disponible en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. La aplicación informática permite remitir la solicitud al centro educativo, para que no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido. Una vez generado el documento, deberá descargarlo, firmarlo y custodiarlo. La aplicación informática permitirá remitir la solicitud al centro educativo, para que la persona solicitante no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido, si fuese necesario. Las personas solicitantes que no cuenten con dispositivos o alguna de las formas de identificación necesarias para cumplimentar la solicitud y se encuentren escolarizadas, presentarán la misma en el centro donde estén matriculadas. Quienes no estén escolarizados deberán solicitar la propuesta del consejo orientador en el último centro donde estuvieron escolarizados, y presentar su solicitud en el centro elegido como primera opción.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 10/4/2023 8:0
Fecha Fin: 28/4/2023 23:59
  • Observaciones: Plazo ordinario de solicitud de plazas

  • Fecha Inicio: 9/6/2023 13:0
    Fecha Fin: 13/6/2023 23:59
  • Observaciones: Reclamación a las listas provisionales y renuncia a la solicitud

  • Fecha Inicio: 24/7/2023 8:0
    Fecha Fin: 28/7/2023 23:59
  • Observaciones: Periodo extraordinario de solicitud de plaza

  • Fecha Inicio: 1/9/2023 8:0
    Fecha Fin: 4/9/2023 23:59
  • Observaciones: Periodo extraordinario de solicitudes de plaza

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Centro Educativo

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      El Director del centro o el titular del centro concertado
      Plazo de resolución:
      Publicación de las listas definitivas de admitidos, reservas y excluidos: 28 de junio de 2023.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      No tiene
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • La solicitud se podrá presentar por medio electrónico o por medio presencial, ofreciendo mecanismos que faciliten la presentación sin necesidad de acudir a los centros docentes, evitando desplazamientos y aglomeraciones:
      a) Por medio electrónico, será requisito indispensable disponer de alguno de los sistemas de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Una vez firmada electrónicamente la solicitud, deberá registrarse por el procedimiento telemático establecido, y quedará presentada a todos los efectos. Como resultado de esta presentación se permitirá obtener el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma y poder acceder a su solicitud en el plazo y forma establecidos.
      b) Por medio presencial, en cuyo caso se deberá cumplimentar una solicitud mediante la aplicación “Generador de Solicitudes”, disponible en la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. La aplicación informática permite remitir la solicitud al centro educativo, para que no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido. Una vez generado el documento, deberá descargarlo, firmarlo y custodiarlo. La aplicación informática permitirá remitir la solicitud al centro educativo, para que la persona solicitante no tenga que acudir presencialmente al mismo hasta que le sea requerido, si fuese necesario.
      Las personas solicitantes que no cuenten con dispositivos o alguna de las formas de identificación necesarias para cumplimentar la solicitud y se encuentren escolarizadas,
      presentarán la misma en el centro donde estén matriculadas. Quienes no estén escolarizados deberán solicitar la propuesta del consejo orientador en el último centro donde estuvieron escolarizados, y presentar su solicitud en el centro elegido como primera opción.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      ORDEN de 3 de marzo de 2022, por la que se desarrolla el Decreto 9/2022, de 20 de enero, que regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 49, de 10/03/2022).

      DECRETO 9/2022, de 20 de enero, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias(BOC nº 20, de 28/01/2022).

      Resolución de 1 de marzo de 2023, por la que se dictan instrucciones sobre el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Resolución de 28 de febrero de 2023, por la que se convoca el procedimiento de admisión del alumnado en centros docentes que oferten enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, para el curso escolar 2023/2024, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Normativa estatal

      Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 04/05/2006).

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      6298
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2276819
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