Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Comunicaciones de estaciones de Inspección Técnica de Vehículos a la Dirección General de Industria

Documentación

Por internet

    • Comunicación de actuaciones o modificaciones de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos

    Otra documentación de interés:
    • Documentación que proceda de la actuación y modificación
      • Modificaciones de horario Comunicación de las modificaciones en el horario de la estación, especificando el número y tipo de líneas de inspección que, al menos, estarán abiertas al público en los periodos en los que la estación no opere con todas sus líneas autorizadas, conforme establece el artículo 15 del Reglamento .
      • Campañas con unidades móviles Comunicación de la realización de cada campaña de inspección, conforme establece el artículo 16 del Reglamento.
      • Recursos humanos Comunicación de la incorporación de nuevo personal en una estación ITV deberá ser previamente comunicada a la Dirección General, adjuntando a dicha comunicación, cuando proceda, la documentación justificativa del cumplimiento de lo establecido en la normativa de aplicación, en función del puesto de trabajo a desempeñar, conforme establece el artículo 24 del Reglamento.
      • Dirección Técnica Comunicación de la ausencia del Director Técnico de la estación por causas de fuerza mayor, por razones de urgencia médica, para asistencia a cursos de formación o a reuniones de coordinación con la Administración, conforme establece el artículo 26.3 del Reglamento.
      • Otras situaciones especiales Comunicación de que por razones de fuerza mayor o de urgencia médica alguna persona inspectora o persona que ostente la jefatura de equipo no pueda desempeñar sus funciones, conforme establece el artículo 27 del Reglamento
      • Comunicación mensual de las estaciones ITV Remisión mensual de la documentación indicada en el artículo 41.1 del Reglamento
      • Memoria anual de la actividad Memoria anual detallada de la actividad conforme establece el artículo 41.2 del Reglamento.
      • Modificaciones de las entidades de formación Comunicación de las modificaciones en el personal formador, programa formativo o medios didácticos de la entidad de formación,  junto con la documentación pertinente, conforme establece el artículo 28 del Reglamento

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Comunicar al centro directivo con competencias en materia de Industria las actuaciones o modificaciones de las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos en lo que se refiere a horario y líneas de inspección operativas, unidades móviles, recursos humanos, dirección técnica, otras situaciones especiales, entidades de formación y control documental de la estaciones.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Automóviles

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Industria
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    DECRETO 47/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento que regula la Inspección Técnica de Vehículos en Canarias. .

    Normativa estatal

    Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.

    Normativa europea

    Directiva 2010/48/UE de la Comisión, de 5 de julio de 2010, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 2009/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la inspección técnica de los vehículos a motor y de sus remolques .

    Directiva2014/45/UEdel Parlamento Europeo y del Consejo,de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6522
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3015500

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