Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones a Cabildos y Ayuntamientos y demás entidades locales de Canarias para la formación de su propio personal y con sus medios propios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP)

Documentación

Por internet

    • Memoria detallada de actividades Plan de Formación
    • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos Anexo II
    • Solicitud Solicitud según modelo normalizado

    Otra documentación de interés:
    • Acreditación de negociación e información previstas en el artículo 14 del AFEDAP
    • Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente de pago de deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma
    • Certificado de estar al corriente del pago de deudas tributarias con la AEAT
    • Certificado de estar al corriente del pago de deudas tributarias con la ATC
    • N.I.F. del representante de la Entidad Local y acreditación nombramiento
    • CIF de la Entidad solicitante
    • En caso de Plan agrupado, los documentos de adhesión a dicho plan.
    • Federaciones o agrupaciones, documentación que acredite las facultades de representación

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Constitución de planes de formación, entendiéndose por tales aquellas actividades formativas que se caracterizan por afectar al personal de una o varias Administraciones con, al menos 200 empleados públicos, independientemente de las unidades y órganos que incluyan.
A quién está dirigido:
Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Cabildos y Ayuntamientos de Canarias
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Las subvenciones objeto de esta convocatoria, estarán destinadas a financiar planes de formación a desarrollar en el ejercicio en curso.
Cuantía
  • El gasto autorizado, por el que se efectúa la convocatoria de subvenciones, asciende a CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y SIETE EUROS (449.057,00 €), con cargo al crédito consignado en el presupuesto de gasto del ICAP, en la aplicación presupuestaria 4301 921G 4500300 Transferencia a Ayuntamientos y sus OO.AA, fondo 4043003 y línea de actuación 43400003-Formación empl. Púb. CCLL Canarias.
Criterios de valoración y baremación:
  • 1.- De acuerdo con lo previsto en la base 14 de las bases reguladoras, los criterios de valoración serán los siguientes:
  • A.- Criterios cuantitativos:
  • Número total de empleados públicos de la entidad, potenciales destinatarios de la formación, que integran la plantilla. De 0 a 70 puntos.
  • B.- Criterios cualitativos:
  • 1.- El grado o porcentaje de ejecución de la última subvención concedida. De 0 a 8 puntos.
  • 2.- El diseño de los planes de formación se valorará de 0 a 6.5 puntos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
  • a) La integración del plan de formación en la planificación estratégica de la entidad promotora y la adecuación de su contenido a los objetivos de esta.
  • b) La respuesta del plan a las necesidades de formación detectadas en la organización a través de la aplicación de técnicas de evaluación de necesidades formativas.
  • c) La incorporación, en el plan presentado, de los resultados de la evaluación del plan de formación del año anterior.
  • 3.- El contenido del plan de formación se valorará de 0 a 6.5, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
  • a) Inclusión de acciones formativas vinculadas a la promoción profesional y a la carrera administrativa.
  • b) Incorporación de actividades formativas que sean instrumento de motivación y compromiso de los empleados públicos.
  • c) Acciones formativas tendentes a mejorar la cualificación y adquisición de competencias de los empleados públicos.
  • d) Inclusión de acciones formativas relativas a la Administración electrónica.
  • 4.- El grado de la participación de los sindicatos en la elaboración del plan de formación y, en su caso, en su gestión y ejecución. De 0 a 5 puntos.
  • 5.- El volumen de recursos presupuestarios y humanos propios destinados a la formación en el ejercicio anterior al de la convocatoria: De 0 a 2 puntos.
  • 6.- El seguimiento y evaluación del plan de formación se valorará de 0 a 2 puntos, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
  • a) Previsiones para el seguimiento de las acciones formativas.
  • b) Aplicación de técnicas para la evaluación de los resultados y, en su caso, del impacto de la formación.
  • 2.- Por la Comisión de Formación para el Empleo Local de la Comunidad Autónoma de Canarias no podrán aprobarse planes de formación que no alcancen, al menos, una puntuación mínima de dos puntos en cada uno de los apartados B.2 y B.3) anteriores, referidos al diseño y contenido de los mismos.
Forma de Abono:
  • El abono de la subvención se efectuará en la forma prevista en la base 21 de las Bases Reguladoras.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 18/6/2024 0:0
Fecha Fin: 8/7/2024 23:59

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Instituto Canario Administración Pública
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6641
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3030760

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Actualizado 13/09/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto