Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Convocatoria del Programa de Becas en Negocios Internacionales, periodo 2021-2022, en sus dos modalidades: formación teórica de posgrado y formación práctica especializada como Export Manager.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Curriculum vitae Añadir fotografía reciente
    • Título oficial de estudios Título universitario o en su defecto la acreditación de haber pagado las tasas para su expedición; en el caso de títulos extranjeros deberán estar acompañados de una traducción oficial al castellano
    • Título oficial de estudios Título de Postgrado Universitario   (o en su defecto haber pagado las tasas para su expedición; en el caso de títulos extranjeros deberán estar acompañados de una traducción oficial al castellano)
    • expedido en el año en curso que acredite un nivel de castellano (C2), de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas Para aquellos solicitantes que no tengan nacionalidad española
    • En el caso de tener conocimiento de otro idioma distinto del inglés, francés, portugués y alemán los anteriores (Certificado oficial perteneciente al año en curso de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas)

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial


    Otra documentación de interés:

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Tramitación

Objeto

  • La formación en materia de internacionalización empresarial y atracción de inversiones, para así facilitar la creación de una red de agentes especializados que presten sus servicios tanto a las empresas canarias, en sus procesos de internacionalización, como a las empresas extranjeras interesadas en invertir en el Archipiélago Canario, para cuyo objeto se concederán, para cada modalidad de formación del Programa de Becas en Negocios Internacionales, el número de becas siguientes:
  • 1.- Un máximo de sesenta (60), para la Formación teórica de posgrado, consistente en la realización on-line de un Máster Universitario en Negocios Internacionales.
  • 2.- Un máximo de veintidós (22) para la Formación práctica especializada como Export Manager (Gestor de exportación), en el destino que se les asigne de entre los siguientes: Oficinas Económicas y Comerciales en el Exterior (Ofecomes), adscritas a la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio competente en esa materia del Gobierno de España; oficinas de FUCAEX o de PROEXCA en el exterior; Embajada de España en Mauritania; empresas internacionales en el exterior; Organismos Económicos Internacionales en el exterior; otras instituciones internacionales de interés económico para Canarias.
A quién está dirigido:
Jóvenes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Jóvenes canarios/as titulados/as universitarios/as que reúnan los requisitos exigidos en la base tercera, apartado 1, de las reguladoras de la convocatoria.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Para ser admitidos al proceso selectivo, y poder obtener la condición de beneficiario, los aspirantes deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
  • a) No tener más de 29 años durante el año en curso en el que se publique la correspondiente convocatoria.
  • b) Estar en posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria, o grado universitario, preferentemente en el área de Economía.
  • c) Dominio de la lengua castellana.
  • d) Nivel de inglés intermedio alto (B2), de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Se valorará el conocimiento de otros idiomas como el francés, portugués, alemán u otros.
  • e) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones como Export Manager en el momento de aceptación de la beca de formación teórica o en el de la aceptación de la beca de prácticas.
  • f) Estar empadronado/a o acreditar la residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias al menos durante los dos últimos años.
  • g) No haber sido beneficiario/a de ninguna otra ayuda o beca de prácticas en el exterior de una duración superior a seis meses tras finalizar los estudios universitarios.
  • h) No haber sido beneficiario/a ni haber renunciado a alguna de las becas de internacionalización convocadas o gestionadas por PROEXCA, o por otras entidades, en convocatorias anteriores cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
  • i) No haber suspendido alguno de los módulos de la formación teórica que forma parte del proceso de selección de los programas de becas gestionados o convocados por PROEXCA en convocatorias anteriores cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
  • j) No estar expedientado/a por la Administración Pública.
  • k) Poseer nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • l) Dedicación exclusiva durante el periodo formativo en prácticas en el extranjero. Durante ese período no podrán estar recibiendo prestación alguna por ninguna Administración Pública.
  • m) Haber procedido a la justificación en plazo de las subvenciones que, eventualmente, se le hubiesen concedido con anterioridad por cualquier órgano de la Administración Pública.
  • n) No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias impeditivas de la obtención de la condición de beneficiario previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuantía
  • 1. La cuantía total máxima aprobada para esta convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 2021.15.12.431A.480.02, Línea de Actuación 154G0172, Programa de Becas en Negocios Internacionales, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, es de 719.690,00 euros distribuidos en las siguientes anualidades:
  • Anualidad 2021: 73.500,00 euros para el período de formación teórica.
  • Anualidad 2022: 646.190,00 euros para el período de formación práctica.
  • Este programa de becas está cofinanciado en un 85% por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Canarias FSE 2014-2020, en el Eje 3, Prioridad de Inversión 10.2 destinada a la Mejora de la calidad, la eficacia y la accesibilidad de la educación superior y ciclos equivalentes con el fin de mejorar la participación y el nivel de instrucción, especialmente para los grupos desfavorecidos, objetivo específico 10.2.1.
  • 2. La dotación económica de las becas estará dirigida a cubrir los gastos necesarios para cumplir el objetivo formativo exigido en cada modalidad de formación, de la siguiente forma:
  • - Becas para la formación teórica: dada su naturaleza de becas en especie, es por lo que los beneficiarios de estas no percibirán remuneración alguna, siendo la entidad colaboradora la que sufragará el coste total del máster a la entidad formadora que seleccionarán al efecto.
  • - Becas para la formación práctica: en el periodo de realización de las prácticas en destino y conforme a la duración de este, cada becario recibirá una dotación económica bruta comprendida entre los 20.000 (veinte mil) y 36.000 (treinta y seis mil) euros en función del país y ciudad de destino, que se concretará en la resolución única y definitiva de concesión. Para la determinación de estos importes se tomará como referencia la dotación económica establecida por ICEX España Exportación e Inversiones, en la última resolución publicada en el momento de la convocatoria.
  • Los/as becarios/as que se incorporen, sea cual sea la causa, en fecha posterior a la que figure como prevista en la resolución de concesión única y definitiva, verán reducida su dotación en la parte proporcional que corresponda al periodo de formación práctica no desarrollado.
Criterios de valoración y baremación:
  • 1. La Fase 1 del proceso de selección consistirá en la realización de tres pruebas que se efectuarán en el orden que se recoge a continuación:
  • A.- Valoración del Currículum Vítae (prueba no eliminatoria), con una puntuación total máxima de 25 puntos.
  • B.- Pruebas de idiomas (prueba eliminatoria), con una puntuación total máxima de 38 puntos y mínima de 5.
  • La puntuación máxima para el inglés, francés, alemán y portugués será de 9 puntos en cada uno de esos idiomas. En el caso del conocimiento de otros idiomas, la puntuación máxima será de 2 puntos para el conjunto de los idiomas distintos de los anteriores.
  • El aspirante deberá superar la prueba de inglés (escrito y oral) con un nivel mínimo de conocimiento Intermedio Alto (B2), de acuerdo con el estándar europeo, lo que otorgaría la puntuación mínima de 5 puntos exigida para superar esta prueba del proceso de selección y poder ser convocado para la siguiente (entrevista personal).
  • C.- Entrevista personal con el Comité de Selección (prueba eliminatoria), con una puntuación total máxima de 37 puntos y mínima de 20.
  • La superación de la Fase 1 determinará la selección de los becarios de formación teórica, en un número igual al de las becas convocadas, para la realización del Máster Universitario en Negocios Internacionales.
  • 2. La Fase 2 del proceso de selección se evaluará de la siguiente manera:
  • A.- Expediente académico del máster universitario, con una puntuación total máxima de 80 puntos. La valoración la realiza la entidad formadora de la siguiente forma. Evaluación de las actividades y trabajos entregados en plazo: máximo 60 puntos; Evaluación del proyecto final escrito: máximo 20 puntos.
  • Aquellos becarios de la formación teórica que hubiesen suspendido uno de los módulos, tendrán una recuperación para continuar con el máster y así obtener el título del postgrado universitario, no pudiendo optar a ninguna beca de prácticas.
  • B.- Presentación oral del proyecto final, con una puntuación total máxima de 20 puntos y mínima de 10.
  • El resultado de las dos fases anteriores determinará la selección de los becarios de formación práctica como Export Manager, en un número igual al de las becas convocadas, quedando en reserva el resto de los aspirantes, por lo que la puntuación final de los aspirantes se obtendrá de la suma de los resultados de aplicar los siguientes porcentajes en cada fase del proceso de selección:
  • A.- 50% de la puntuación obtenida en la Fase 1 del proceso de selección. La puntuación total es de 100 puntos distribuidos de la siguiente forma: Currículum Vítae: máximo 25 puntos; Pruebas de idiomas: máximo 38 puntos; Entrevista personal: máximo 37 puntos.
  • B.- 50% de la puntuación obtenida en la Fase 2 del proceso. La puntuación total es de 100 puntos distribuidos de la siguiente forma: Evaluación de cada módulo, actividades y trabajos entregados en plazo: máximo 60 puntos; Evaluación del proyecto final escrito (máximo 20 puntos) y presentación oral (máximo 20 puntos): máximo 40 puntos.
  • Para obtener información más detallada del proceso de selección se acudirá a las bases decimosegunda y decimotercera de las reguladoras de la presente convocatoria.
Forma de Abono:
  • 1. Debido a la naturaleza de la beca de formación, de beca en especie, es por lo que el beneficiario de la misma no percibirá remuneración alguna, siendo la entidad colaboradora la que sufragará el coste total del máster a la entidad formadora que seleccionarán al efecto.
  • 2. La dotación económica de la beca de prácticas será abonada a cada Export Manager por la entidad colaboradora, mediante transferencia bancaria a una cuenta corriente española, abierta a nombre del beneficiario como titular, de forma fraccionada como a continuación se indica:
  • a) El 20%, una vez incorporado en destino, con la finalidad de que pueda sufragar los gastos iniciales de instalación en el país.
  • b) El 65%, se efectuará una vez justificada la realización de la actividad en la forma expuesta en la base vigesimosegunda, apartado 1, letra b), por mensualidades vencidas de igual cuantía, salvo que se trate del inicio o del final de la beca y no sea un mes entero, en cuyo caso el pago se efectuará de forma proporcional al número de días que se haya disfrutado de la beca,
  • c) El 15% restante, se hará efectivo tras la finalización satisfactoria de las prácticas, y una vez justificada la realización de la actividad en la forma expuesta en la base vigesimosegunda, apartado 1.c).
  • En caso de renuncia el Export Manager no percibirá el porcentaje indicado en el apartado c) anterior y además deberá proceder al reintegro de la parte del anticipo percibido, teniendo en cuenta el periodo de tiempo que le hubiera faltado por desempeñar las prácticas respecto de la duración total de la misma.
  • A las cantidades percibidas por los beneficiarios se aplicarán los descuentos y retenciones que procediesen de acuerdo con lo expuesto en la base quinta, apartado 3.
  • Asimismo, no podrá realizarse el pago de la beca en tanto el beneficiario o la entidad colaboradora no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea persona deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 19/3/2021 0:0
Fecha Fin: 29/3/2021 23:59
  • Observaciones: Plazo de diez días naturales desde el día siguiente a la publicación para presentación de solicitud de Beca.

  • Fecha Inicio: 15/4/2021 0:0
    Fecha Fin: 28/4/2021 23:59
  • Condición: Plazo 10 días hábiles subsanación de solicitudes Becas Negocios Internacionales.
  • Observaciones: Décima. - Evaluación de las solicitudes.
  • 1. La entidad colaboradora, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, revisará las mismas y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base tercera. El resultado de dicha evaluación se publicará en la web de PROEXCA (https://www.proexca.es/becas) mediante la relación provisional de aspirantes admitidos y/o excluidos para participar en el proceso de selección, la causa de exclusión y, si procediera, el plazo de subsanación que será de diez (10) días hábiles con la indicación de que, si el aspirante no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
  • administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Finalizado ese plazo, se publicará por el mismo medio la relación definitiva de aspirantes admitidos al proceso de selección.

  • Fecha Inicio: 9/12/2021 0:0
    Fecha Fin: 23/12/2021 23:59
  • Condición: Apertura de plazo de 10 días para la aceptación de la Beca de Negocios Internacionales en fase de Formación Práctica en Destino.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Coordinación y Asuntos Generales
      PROEXCA (Entidad colaboradora para la gestión de convocatorias de subvenciones)

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos
      Servicio de Coordinación y Asuntos Generales
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Art. 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Observaciones

    • Una vez cumplimentados los documentos normalizados (solicitud y declaración responsable) la presentación de la solicitud junto con la documentación relacionada en el apartado 3 de la base novena, deberá efectuarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo https://sede.gobcan.es/ece/procedimientos_servicios/tramites/6729, lo que requerirá que el solicitante disponga para la firma electrónica de documentos de certificado digital aceptado en la sede electrónica, disponibles en la página https://sede.gobcan.es/ece/procedimientos_servicios/tramites/6729.
      Como resultado de esta presentación se permitirá obtener el resguardo de la solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de la misma en el plazo y forma establecidos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido obteniendo un número de registro de entrada que saldrá en un recuadro en la parte inferior del documento, donde se indica que el documento ha sido registrado telemáticamente.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      DECRETO 5/2015, de 30 de enero, que modifica el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      ORDEN de 22 de mayo de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las convocatorias del Programa de Becas de Negocios Internacionales, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

      EXTRACTO de la Orden de 3 de marzo de 2021, por la que se efectúa convocatoria en el ejercicio 2021 del Programa de Becas en Negocios Internacionales para el ejercicio 2021-2022 cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

      ORDEN de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes.

      ORDEN nº 281/2021 de 17 de junio, por la que se resuelve la Convocatoria para la concesión de Becas destinadas a la realización en el ejercicio 2021 de la formación teórica incluida en el programa de Becas en Negocios Internacionales para el periodo 2021-2022 cofinanciado por el Fondo Social Europeo

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el período de programación 2014-2020.

      Normativa europea

      Reglamento de Ejecución (UE) nº 821/2014, de la Comisión, de 28 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos.

      Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeon Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.

      Reglamento (UE, EURATOM) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1296/2013, (UE) nº 1301/2013, (UE) nº 1303/2013, (UE) nº 1304/2013, (UE) nº 1309/2013, (UE) nº 1316/2013, (UE) nº 223/2014 y (UE) nº 283/2014 y la Decisión nº 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, EURATOM) nº 966/2012.

      Reglamento Delegado (UE) nº 480/2014, de la Comisión, de 3 de marzo de 2014, que complementa el Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca.

      Reglamento (UE) nº 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/2006, del Consejo (DOUE L 347, de 20 de diciembre de 2013).

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      6729
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2406897
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