Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral para personas con especiales dificultades de apoyo o de inserción laboral, en situación de exclusión o en riesgo de padecerla, inmigrantes, personas con discapacidad

Documentación

Por internet

    • Solicitud Solicitud de subvención
    • Proyecto técnico Proyecto de itinerario integrado de inserción laboral
    • Previsión de ingresos y gastos Plan de financiación y la previsión de ingresos y gastos
    • Acreditación de la experiencia de la entidad beneficiaria y de los mecanismos de inserción. Acreditación de la experiencia de la entidad beneficiaria y de los mecanismos de inserción en los últimos tres años en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Acreditación de la pertenencia a alguna/as red/es de entidad/es sin fin de lucro. Acreditación de la pertenencia a Red/es de entidad/es sin ánimo de lucro
    • Documentación acreditativa de la identidad del representante (DNI, NIE o pasaporte)
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta) Poder bastante en derecho o documento en donde se acredite las facultades de representación de la persona/s firmante/s de la solicitud para representar
    • Escritura de constitución
    • Estatutos Estatutos en vigor de la entidad beneficiaria solicitante, legalizados e inscritos en el registro correspondiente.
    • Certificado Entidad Colaboradora Prestación Servicios Sociales
    • Declaración responsable exención IGIC
    • Número de inscripción en el registro de solicitantes Certificado de inscripción en el Registro de solicitantes de Subvenciones del SCE
    • Declaración responsable motivada Declaración responsable motivada de cumplimiento de criterios obligatorios de selección de operaciones del FSE+

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Mejorar la empleabilidad y la inserción laboral, aumentar la competitividad y proporcionando a las personas desempleadas con especiales dificultades de apoyo o de inserción laboral el apoyo que necesitan, favoreciendo la generación de empleo y oportunidades
A quién está dirigido:
Asociaciones y Fundaciones
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, que cuenten con un centro de trabajo, delegación o establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención, que tengan entre sus fines la formación e inserción laboral de personal en situación de desventaja social, que cumplan con los requisitos establecidos en estas bases y en la convocatoria respectiva, y que figuren acreditadas e inscritas en el Registro de Centros de Formación Profesional para impartir oferta formativa de Grado C, Certificados Profesionales del Sistema de Formación Profesional.
No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1) Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, que cuenten con un centro de trabajo, delegación o establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo de la actividad objeto de la subvención, que tengan entre sus fines la formación e inserción laboral de personal en situación de desventaja social.
  • 2) Tener capacidad suficiente de medios materiales, humanos y organizativos para cumplir los objetivos establecidos en el PIIIL y ejecutar por sí mismas las acciones subvencionadas, sin que pueda subcontratarse con terceros su realización.
  • 3) Estar inscritas en el Registro Regional de Entidades Colaboradoras en la prestación de Servicios Sociales de la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración, Dirección General de Dependencia y/o Dirección General de Protección a la Infancia y Familia del Gobierno de Canarias.
  • 4) Las entidades beneficiarias solicitantes deberán estar acreditadas e inscritas en el Registro de Centros y Entidades de Formación del SCE para impartir los correspondientes Certificados Profesionales (Grado C del Sistema de Formación Profesional), conforme a lo dispuesto en el artículo 20.3 de la LO 3/2022.
  • 5) Cumplir las prescripciones que se establecen en la disposición adicional segunda y disposiciones transitorias de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones de Canarias, y artículo 41 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero de Asociaciones de Canarias. Estos requisitos deberán cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud, y aportarse en el caso de que la entidad beneficiaria solicitante no esté inscrita en el Registro de solicitantes de subvenciones del SCE, registro de carácter voluntario.
  • 6) De conformidad con el artículo 73.1 del Reglamento (UE) 2021/1060, todas las operaciones se seleccionarán mediante procedimientos transparente y no discriminatorios, que garanticen la accesibilidad a las personas con discapacidad, la igualdad de género y que tengan en cuenta la Carta de Derechos Fundamentes de la Unión Europea, el principio de desarrollo sostenible y la política de la Unión en materia de medio ambiente de conformación con el artículo 11 y el artículo 191, apartado 1 del TFUE, por lo que la entidad beneficiaria deberá cumplir con los criterios obligatorios de selección trasladables a las entidades beneficiarias de las presentes subvenciones, en concreto los criterios 8, 9,10, 16, 17, 18 y 19, respectivamente. Los criterios de selección pueden ser consultados en el siguiente enlace:(Metodología, Procedimiento y Criterios de Selección de operaciones aprobado por el Comité de Seguimiento del Programa del FSE+ Canarias 2021-2027, que se puede consultar en el siguiente enlace: periodo 2021-2027).
  • Los requisitos señalados en los apartados anteriores deberán cumplirse en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Canarias del extracto de la resolución de convocatoria correspondiente.
  • El incumplimiento de los requisitos previstos en las bases reguladoras y en la convocatoria de subvenciones darán lugar a la inadmisión de la solicitud.
  • No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Cuantía
  • Las subvenciones previstas en la Resolución de la Presidenta del SCE de 21 de agosto de 2026 para la realización de los PIIIL por importe de ocho millones quinientos mil (8.500.000,00 €) euros, con cargo al crédito consignado en el presupuesto de gasto del SCE en la partida presupuestaria 2026.50.01.241L.480.02.00 Línea de actuación 504G1460 FSE+ 21-27 "INSERCIÓN SOCIOLABORAL DE PERSONAS EN EXCLUSIÓN Y DIFICULTADES ESPECIALES".
Criterios de valoración y baremación:
  • Los criterios de valoración y baremación de las solicitudes recogidos en la base reguladora Vigésima octava y Anexo Criterios de Valoración de la Orden de Bases Reguladoras de los PIIIL
Forma de Abono:
  • Las subvenciones podrán abonarse anticipadamente de conformidad con el artículo 37 del D 36/2009, de 31 de marzo, y del Acuerdo que adopte el Gobierno de Canarias por el que se autoricen las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión que resulte de aplicación en cada momento de acuerdo con la Base reguladora Trigésima primera de la Orden de Bases Reguladoras de los PIIIL y el resuelvo Decimoséptimo de la Resolución de la Presidenta del SCE de convocatoria de subvenciones para los PIIIL de 21 de agosto de 2026.
  • El abono podrá ser de forma y por el 100%, previa solicitud de entidad beneficiaria, sin prestación de garantía, al estar estas entidades exoneradas de dicho deber según lo dispuesto en el artículo 38.8.d) del Decreto 36/2009 de 31 de marzo.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 2/9/2026 0:0
Fecha Fin: 15/9/2026 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Formación

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Subdirección de Formación
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Art. 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6752
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2407092

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