Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Ayuda por superficie a los productores de papa de mesa. Subacción I.4.1 de la Acción I.4 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Tener la consideración de Agricultor Activo conforme al modelo normalizado publicado en el BOC nº3 de 04.01.2018 Sólo se presentará si no se ha aportado anteriormente para la campaña 2022
    • Documento de la entidad financiera que acredite la titularidad de la cuenta corriente en caso de nuevo solicitante a esta ayuda
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Para ejercer representación de la persona física o jurídica

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Tener la consideración de Agricultor Activo conforme al modelo normalizado publicado en el BOC nº3 de 04.01.2018 Sólo se presentará si no se ha aportado anteriormente para la campaña 2022
    • Documento de la entidad financiera que acredite la titularidad de la cuenta corriente en caso de nuevo solicitante a esta ayuda
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Para ejercer representación de la persona física o jurídica

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Conceder para la Campaña 2022 la ayuda a los productores de papa de mesa, prevista en la Acción I.4 y su Subacción I.4.1 de ayuda a la superficie, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Agricultores productores de papa de mesa
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • a) Ser titular de una explotación dedicada al cultivo de papa de mesa, ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias, en la que se realicen las labores habituales de cultivo, incluida la recolección y cuya superficie sea igual o superior a 1.000 m2
  • b) Que las parcelas y/o recintos solicitados estén debidamente identificados en el Sistema de Información Geográfica (SIGPAC) determinado en el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 352/78, (CE) nº 165/94, (CE) nº 2799/98, (CE) nº 814/2000, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 485/2008 del Consejo, y correctamente referenciados a la última actualización publicada en el momento de la presentación de la solicitud.
  • c) Para acceder al importe del complemento de ayuda por superficie destinado a los productores agrupados, los solicitantes deben estar afiliados a una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH) o a una Agrupación de Productores de patatas de consumo no destinadas a la industria feculera, reconocidas por la Viceconsejería de Sector Primario, hacerles entrega de la totalidad de su producción de papa y alcanzar un rendimiento mínimo de 5.000 kg/ha, salvo casos debidamente justificados a juicio del órgano instructor
Cuantía
  • Los importes unitarios de la ayuda, como máximo, ascenderán a:
  • - Ayuda básica: 950 euros por hectárea.
  • - Complemento de ayuda para productores agrupados: 1.700 euros por hectárea
  • Se abonará un complemento de ayuda de un 10% a los beneficiarios que hayan percibido ayuda para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (PDR) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantenga dicha condición en la campaña 2022.
Criterios de valoración y baremación:
  • La Dirección General de Agricultura llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
Forma de Abono:
  • La ayuda se abonará directamente a los productores, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, el pago de la ayuda se realizará en un único abono en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de junio de 2023

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 28/1/2022 0:0
Fecha Fin: 11/3/2022 23:59
  • Condición: Para las superficies con cultivo de papa de mesa
  • en el primer semestre de 2022 (fechas de siembra desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de mayo de 2022)

  • Fecha Inicio: 12/3/2022 0:0
    Fecha Fin: 5/4/2022 23:59
  • Condición: Las solicitudes con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto, las presentadas con posterioridad al 5 de abril de 2022, serán desestimadas

  • Fecha Inicio: 1/6/2022 0:0
    Fecha Fin: 30/6/2022 23:59
  • Condición: Para las superficies con cultivo de papa de mesa en el
  • segundo semestre de 2022. (fecha de siembra desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2022)

  • Fecha Inicio: 1/7/2022 0:0
    Fecha Fin: 25/7/2022 23:59
  • Condición: Las solicitudes con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto, las presentadas con posterioridad al 25 de julio de 2022, serán desestimadas

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      El plazo de resolución no superará el 30 de junio de 2023.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7113
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2839853
    Ayúdenos a mejorar

    INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

    La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.


    Actualizado 27/03/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto