Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones del programa de bonos de innovación (INNOBONOS)

Documentación

Por internet


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Subvenciones del programa de bonos de innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2022
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por estas bases, empresas válidamente constituidas, de acuerdo con la definición que figura en el Anexo II, y los profesionales
autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1. Podrán acogerse a estas subvenciones, las empresas, de acuerdo a la definición que figura en el Anexo II de la ORDEN de 27 de abril de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • 2. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la reseñada Ley General de Subvenciones.
  • 3. No podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que a su vez figuren como prestadores de servicios en el programa de bonos de innovación.
  • No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades o personas físicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artº. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cuantía
  • Con carácter general, la intensidad de la ayuda será de un 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros.
  • En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se mantendrá el importe de la subvención concedida siempre que no se supere el % máximo establecido.
  • Las empresas que se acojan a estas ayudas habrán de tener en cuenta que podrán optar a ellas siempre y cuando no excedan el importe máximo contabilizado durante el periodo
  • de tres ejercicios fiscales dado el carácter de mínimis de este régimen de ayudas.
Criterios de valoración y baremación:
  • Procedimiento simplificado: fecha de presentación de solicitud.
Forma de Abono:
  • Previa justificación mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 5/4/2022 9:0
Fecha Fin: 20/4/2022 14:0

Fecha Inicio: 21/4/2022 9:0
Fecha Fin: 29/4/2022 14:0

Fecha Inicio: 23/5/2022 9:0
Fecha Fin: 23/5/2022 14:0
  • Condición: Para las entidades que tuvieron problemas técnicos el día 29 de abril, de acuerdo con la Resolución publicada el día 17 de mayo https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/anuncios/03d79476-c937-413d-bd3d-3ab4e146493e

  • Fecha Inicio: 11/7/2022 9:0
    Fecha Fin: 29/7/2022 23:59
  • Condición: Las personas/entidades solicitantes a las que ha sido emitido un requerimiento, disponen de 5 días hábiles para responder al mismo.

  • Fecha Inicio: 15/9/2022 9:0
    Fecha Fin: 3/10/2022 23:59
  • Condición: Se habilita acceso a sede electrónica para que las personas/entidades solicitantes a las que se les requiera, aporten sus certificados de AEAT, ATC y Seguridad Social, actualizados, entre otros.

  • Fecha Inicio: 15/10/2022 0:0
    Fecha Fin: 21/10/2022 23:59
  • Condición: Aportación de documentación de aceptación y/o documentación requerida.

  • Fecha Inicio: 24/10/2022 9:0
    Fecha Fin: 28/10/2022 23:59
  • Condición: Aportación de solicitud de abono anticipado

  • Fecha Inicio: 3/11/2022 0:0
    Fecha Fin: 9/11/2022 23:59
  • Condición: Subsanación de solicitud en el segundo procedimiento

  • Fecha Inicio: 15/11/2022 0:0
    Fecha Fin: 31/12/2022 23:59
  • Condición: Se habilita la sede

  • Fecha Inicio: 3/1/2023 10:30
    Fecha Fin: 31/3/2023 23:59
  • Condición: Se habilita sede para la aportación de Justificaciones del Primer Procedimiento y Aceptaciones del Segundo.

  • Fecha Inicio: 4/4/2023 13:23
    Fecha Fin: 30/6/2023 23:59
  • Condición: Se habilita para aportación de justificaciones

  • Fecha Inicio: 10/7/2023 9:0
    Fecha Fin: 31/8/2023 23:59
  • Condición: Aportación de alegaciones y/o recursos

  • Fecha Inicio: 1/9/2023 0:0
    Fecha Fin: 1/11/2023 23:59
  • Condición: Aportación alegaciones y/o recursos

  • Fecha Inicio: 7/11/2023 0:0
    Fecha Fin: 31/3/2024 23:59
  • Condición: Apertura de plazo para presentación alegaciones

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Área de Coordinación e Interrelación, Investigación, Innovación y Sociedad de la Información

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
      Plazo de resolución:
      12 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
      Artículo 152.2 de la Ley Territorial 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Observaciones

    • Las instancias, solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a la actuación objeto de la ayuda se realizará desde la aplicación informática de gestión creada para este fin en la sede electrónica.
      El plazo de inicio de la actividad a subvencionar comienza a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7217
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2860802
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