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Renuncia a la subvención de la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas formativos con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas

Documentación

Por internet

    • renuncia total o parcial a subvención concedida
    • Presentar solo en el caso de renuncia parcial
      • Relación de acciones formativas o itinerario completo a las que renuncia Las renuncias deberán ser por acción formativa o itinerario completo, no pudiéndose renunciar a una acción formativa que forme parte de un itinerario.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Comunicar la renuncia total o parcial a la subvención concedida en la convocatoria de concesión de subvenciones de programas formativos para fomentar la contratación de personas desempleadas para los ejercicios 2022 y 2023
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Empresas, entidades que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación y centros de formación inscritos en el registro de centros y entidades colaboradoras del SCE
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria:
  • a) Las empresas o entidades que adquieran para sí mismas el citado compromiso de contratación, que se comprometan a desarrollar la formación y a la realización de los correspondientes contratos para sí mismas e incorporarlos a su plantilla en los términos que se establecen en las presentes bases.
  • En este caso, para el desarrollo de las acciones formativas podrán utilizar sus propios medios si se hallan inscritos o en su caso acreditados conforme a la normativa vigente o bien recurrir a su contratación, siempre que resulten adecuados para este fin.
  • b) Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas que efectuarán la contratación. En todo caso, será la entidad de formación beneficiaria quien asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
  • Las instalaciones inscritas o en su caso acreditadas deberán encontrarse en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuantía
  • Se aprueba el gasto por importe de ocho millones , 8.000.000,00, de euros, de ellos 4.000.000,00 de euros para el ejercicio 2022 y 4.000.000,00 de euros para el ejercicio 2023.
Criterios de valoración y baremación:
  • La valoración de las solicitudes se realizará mediante la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en el resuelvo séptimo para ser beneficiarios.
  • En el caso de que la disponibilidad presupuestaria sea inferior al importe total de solicitudes presentadas que reúnan los requisitos por cada periodo establecido en la convocatoria, el SCE priorizará las propuestas atendiendo a los siguientes criterios de prelación que se aplicarán sucesivamente en caso de empate en el criterio anterior:
  • 1) Las empresas o entidades solicitantes que asuman para sí mismas el compromiso de contratación del alumnado formado.
  • 2) Mayor compromiso de contratación asumido por encima del 40%.
  • 3) Mayor número de contrataciones a realizar por solicitud.
  • 4) Tipología de los contratos laborales que se celebrarán, priorizando los contratos indefinidos sobre los contratos temporales.
  • 5) Eficacia o menor coste de la acción formativa, entendiendo por tal el coste medio del alumno.
  • 6) Fecha de presentación de la solicitud.
Forma de Abono:
  • Se podrán realizar abonos o pagos anticipados de hasta el 60% del importe concedido para la actividad formativa.
  • .- Un primer pago anticipado, después de la concesión, hasta el 25 por ciento del importe concedido.
  • .- Un segundo pago, hasta el 35 por ciento adicional del importe concedido, una vez acreditado el inicio del programa formativo.
  • .- El resto, un mínimo del 40 por ciento del importe concedido, que se hará efectivo una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 30/9/2022 0:0
Fecha Fin: 16/12/2024 23:59

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    A partir de la notificación de la resolución de concesión y hasta la finalización del plazo de ejecución.
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    Extracto de la Resolución de 5 de mayo de 2022, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas formativos con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas para los ejercicios 2022 y 2023.

    Resolución de 16 de agosto de 2022, de la Directora, por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas formativos con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas para el ejercicio 2022 y 2023

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7296
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2901517
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