Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvención en colaboración con la CCAA, Universidad e Instituciones sin ánimo de lucro, que contraten desempleados para obras y servicios de interés general y social. Convocatorias hasta 2021

Documentación

Por internet


    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud de subvención
    • Anexo I: Solicitud de subvención obtenida de SISPECAN PCOL Organismos
    • Anexo II. Memoria descriptiva y económica del Proyecto
    • Anexo III: Ficha Resumen
    • Oferta de empleo por cada una de las categorías profesionales obtenidas del aplicativo SISPECAN PCOL-Organismos.
    • Tabla salarial vigente al momento de la solicitud del Convenio Colectivo de aplicación

    Otra documentación de interés:

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Colaboración con órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Universidades canarias e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten trabajadores desempleados, para la realización de obras y servicios de interés general y social enmarcados dentro de los fines de dichas entidades.
A quién está dirigido:
Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de subvenciones las entidades incluidas en el Resuelvo primero de la Resolución reguladora de la convocatoria, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, en los términos establecidos en la misma:
- Órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
- Universidades canarias e
- Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma

Las entidades participantes han de disponer de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, así como de centro de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias y cumplir con los demás requisitos establecidos, con carácter general, por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997 (BOE 30/12/1997) y la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 2435/2004, de 20 de julio (BOE 22.07.2004).

Para aquellas entidades que por primera vez vayan a ser beneficiarias de la subvención, dado que se desconoce por el Servicio Canario de Empleo la capacidad de gestión de las mismas y en orden a garantizar la ejecución del proyecto que se les pueda subvencionar, el número de trabajadores a subvencionar quedará limitado a tres.

Para las entidades que colaboren por segunda vez con el Servicio Canario de Empleo a través de este programa, el número máximo de trabajadores a subvencionar quedará limitado al que establezca la convocatoria
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Los proyectos deberán reunir las características establecidas la Resolución reguladora de la Convocatoria.
  • -Los trabajadores que sean contratados para la realización de las obras o servicios deberán estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del Servicio Canario de Empleo (SCE), y ser residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuantía
  • 1. Las subvenciones a conceder se destinarán a la financiación de los costes salariales de los trabajadores desempleados que, reuniendo los requisitos fijados en la convocatoria sean contratados para la ejecución de las obras o servicios de interés general y social por el período de tiempo que se establezca. Dichas contrataciones se podrán realizar a tiempo completo o a tiempo parcial con una jornada mínima según % establecido respecto de la jornada ordinaria establecida en el Convenio que corresponda aplicar en cada proyecto.
  • 2. La cuantía de la subvención a percibir por las entidades solicitantes será la necesaria para sufragar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, en la cuantía fijada según el convenio colectivo vigente, en el momento de la solicitud, para cada trabajador desempleado contratado, con los límites máximos establecidos en el artículo 1. de la Orden ESS/974/2013, de 20 de mayo, por la que se modifica la Orden de 19 de diciembre de 1997.
  • 3. La citada cuantía máxima se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, cuando la duración de la jornada sea inferior al 100 por ciento.
  • Se excluye como coste subvencionable la indemnización que corresponda por finalización de contrato.
  • 4. El importe máximo de subvención por entidad, no podrá superar al que se establezca, para garantizar el mayor número y diversidad de entidades beneficiarias, evitando la concentración de ámbito de actuación, de tipo de servicio o localidad del demandante de empleo a contratar.
  • 5. El SCE podrá modificar a la baja el número máximo de trabajadores a subvencionar, según entienda justificado adecuadamente el objeto y necesidad del proyecto, así como las funciones a llevar a cabo por los trabajadores y el número de personas y colectivos beneficiarios.
Criterios de valoración y baremación:
  • 1.- Para la valoración de las solicitudes y de los proyectos presentados se estará a los criterios dispuestos en la Resolución reguladora de la Convocatoria.
  • 2.- Aquellos proyectos que, aún estando completos y hayan sido baremados, no alcancen un mínimo de puntos en la valoración total, serán desestimados.
Forma de Abono:
  • El SCE abonará de forma anticipada
  • El pago se efectuará una vez presentada la documentación relacionada en la Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 21 de enero de 1998, de aplicación y desarrollo de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997. Dicha presentación se hará de forma electrónica conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, en el área personal de la sede electrónica del SCE en la siguiente dirección, https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Pendiente convocatoria

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Empleo I

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 31 del Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa en la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con los artículos 25.4 y 26 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • Los plazos de presentación de solicitudes de subvención quedaron establecidos en la convocatoria correspondiente y se encuentran finalizados.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Extracto de la Resolución de 22 de febrero de 2021, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2021.

    Extracto de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2020

    Extracto de la Resolución de 14 de febrero de 2019, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2019.

    Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2018, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria, para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2018.

    Extracto de la Resolución de 19 de abril de 2017, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en Canarias, que contraten a trabajadores/as desempleados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social en 2017.

    Extracto de la Resolución de 1 de junio de 2016, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con la Comunidad Autónoma, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro con centro de trabajo en esta Comunidad Autónoma, que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en el ejercicio 2016.

    Normativa estatal

    REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7564
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2982274

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