Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Posdoctorales 2023. Subvenciones para el programa posdoctoral de formación del personal investigador Catalina Ruiz.

Documentación

Por internet

    • SOLICITUD
      • Modelo 1. SOLICITUD (Se rellena a través de la aplicación)
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Texto contrato a subscribir con las personas investigadoras
      • Estatutos de la entidad solicitante o documentación equivalente acreditativa de la personalidad
    • JUSTIFICACIÓN
      • Informe de auditoria
      • Memoria económica justificativa
      • Memoria anual justificativa
    • ACEPTACIÓN
      • Carta de aceptación Se genera en el aplicativo al aceptar la ayuda
      • Informe de indicadores Se completa en el aplicativo.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Subvenciones destinadas a fomentar la movilidad de personas investigadoras doctoras para la realización de actividades de investigación en universidades o centros de I+D de excelencia internacional y su posterior incorporación a las universidades públicas de Canarias.
A quién está dirigido:
Estudiantes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas jurídicas, siempre que estén válidamente constituidas, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en Canarias y no realicen actividad económica o, si lo hacen, ésta no supere el 20% de la capacidad anual de la entidad:
- Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
- Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Requisitos de las personas investigadoras.
  • Las personas investigadoras deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • a) Estar en posesión del título de Doctor por alguna de las universidades públicas de Canarias.
  • b) Ser residente en Canarias. Cuando se trate de personas extracomunitarias, estar en posesión del correspondiente permiso de residencia.
  • c) Que no hayan transcurrido más años que los indicados en cada convocatoria entre la fecha de obtención del título de Doctor y la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá como fecha de obtención del título de Doctor, la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
  • d) Las personas investigadoras deberán ser aceptadas por la persona coordinadora de un grupo de
  • investigación de la entidad beneficiaria.
  • e) Estar en posesión de una carta de aceptación expedida por el responsable del centro receptor dando conformidad a la estancia y al proyecto a realizar. Esta carta deberá ir acompañada de su correspondiente traducción al castellano.
  • f) No haber sido sancionado penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incurso en prohibición legal que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Cuantía
  • Para esta convocatoria se estima un crédito de 2.400.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1517 463B 207G0149 "Programa Catalina Ruiz”, condicionada a la correspondiente tramitación del expediente de gasto plurianual.
  • La retribución bruta que deberá recibir la persona investigadora será de 40.000,00 euros anuales, distribuida en doce o catorce mensualidades según lo que establezca la normativa de la entidad beneficiaria.
  • El importe de la ayuda para el viaje e instalación en la ciudad del centro receptor será la siguiente:
  • a) 3.500 euros, si se trata de un país no europeo.
  • b) 1.500 euros, si se trata de un país europeo.
  • El importe de la ayuda de asistencia sanitaria cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes, cubrirá un seguro de accidente y de asistencia médica durante el período de su estancia con un importe diario de 3,63 €.
  • La cuantía máxima por anualidad que podrá percibir cada entidad beneficiaria será del 75% de la dotación presupuestaria. Este importe será transferido en cada ejercicio presupuestario por anticipado a las entidades beneficiarias que deberán justificar su aplicación de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.
Criterios de valoración y baremación:
  • Las solicitudes se evaluarán de acuerdo con los siguientes criterios:
  • a) Medios disponibles: hasta 15 puntos. Se adjudicarán en función del contenido, los medios y los recursos que se disponen en el departamento y en la entidad, que sean accesibles al departamento o grupo de investigación.
  • b) Prolongación de la contratación durante un período adicional al que sea objeto de subvención: hasta 15 puntos. Estos puntos se adjudicarán de manera proporcional al periodo adicional propuesto de 0 a 24 meses, siempre que tanto el plan de formación como los medios disponibles sean adecuados. Para propuestas con un mayor periodo adicional se adjudicará la puntuación máxima.
  • c) Interés del puesto de trabajo propuesto, hasta 15 puntos. De ellos, 7,5 se adjudicarán en función de la justificación de la necesidad del puesto e impacto de carácter científico en la entidad solicitante. El resto de puntos, 7,5, se asignarán teniendo en cuenta la existencia o no de puestos equivalentes en el departamento o grupo de investigación.
  • d) Mecanismos de evaluación y seguimiento del progreso del personal investigador a contratar: hasta 15 puntos. De ellos, 7,5 puntos se adjudicarán teniendo en cuenta los mecanismos de evaluación y monitorización del progreso del personal a lo largo de su proceso formativo. Si existe un compromiso de integración de la persona investigadora en la plantilla de personal del centro de destino tras la finalización de la ayuda, se asignarán otros 7,5 puntos.
Forma de Abono:
  • Por anticipado.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 21/10/2022 0:0
Fecha Fin: 11/11/2022 14:0
  • Condición: Plazo de presentación de solicitudes

  • Fecha Inicio: 12/1/2023 0:0
    Fecha Fin: 25/1/2023 23:59
  • Condición: Solo para aportación de documentación requerida (el plazo de solicitud ha expirado)
  • Observaciones: Aportación de documentación requerida en fase de subsanación

  • Fecha Inicio: 20/3/2023 0:0
    Fecha Fin: 31/3/2023 23:59
  • Condición: Plazo aceptación

  • Fecha Inicio: 7/7/2023 0:0
    Fecha Fin: 31/12/2027 23:59
  • Condición: Plazo de ejecución.

  • Más nformación

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación

      Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo nº 255/2020, de 7 de julio de 2020 se aprueban las bases que regirán en las convocatorias de ayudas del programa posdoctoral de formación del personal investigador Catalina Ruiz, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo

      EXTRACTO de la Orden por la que se convocan, en tramitación anticipada, ayudas del programa posdoctoral de formación del personal investigador Catalina Ruiz para el ejercicio 2023.

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, que resulta de aplicación supletoria.(BOC nº 68, de 8/4/2009), modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero (BOC nº 26, 9 de febrero) y por Decreto 151/2022, de 23 de junio (BOC nº132, 5 de julio)

      Normativa estatal

      Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación (BOE nº 29, de 3.2.2006)

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.2015)

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, de 2.10.2015)

      Orden ESS/1924/2016, de 13 de diciembre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el FSE durante el periodo de programación 2014-2020

      Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación (BOC nº 87 de 16 de julio de 2001)

      Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 1081/2006 del Consejo. (DO L 347/470 de 20.12.2013).

      Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo

      Reglamento (CE, EURATOM) 966/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) 1605/2002, del Consejo

      Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95, del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas. (DO L 312 de 23.12.1995)

    Preguntas Frecuentes

    • ¿Quién me resuelve las dudas sobre la convocatoria?
      Con el fin de que las consultas queden registradas, el contacto con la ACIISI se realiza a través del enlace https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/contacto. Puede poner su caso particular a través de este medio. Las respuestas se dan por escrito a través de la sede electrónica. Formule su consulta y se le responderá en el menor tiempo posible.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7627
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2928243

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    Actualizado 10/10/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto