Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones a proyectos de "Equipamientos Complementarios y Otras Actuaciones para el desarrollo en las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias"

Documentación

Por internet

Tramitación

Objeto

  • Mejora de los equipamientos complementarios de las Zonas Comerciales Abiertas de los municipios de Canarias en 2022-2023, mediante acciones consistentes en estudios estratégicos, plan de actuación urbano-comercial , inversiones complementarias al equipamiento básico u otras actuaciones destinadas a fomentar la creación de una entidad de gestión de la Zona Comercial Abierta.
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases, los Ayuntamientos, así como las Entidades Gestoras entendiéndose como tal, aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales, de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Clasificación de las Zonas Comerciales Abiertas.

Las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, se clasifican en:

a) METROPOLITANAS. Las que se encuentran situadas en los centros urbanos de las áreas metropolitanas, en los municipios con población superior a los 100.000 habitantes.
b) URBANAS.- Las que se encuentran en los centros urbanos de municipios entre 50.000 y 100.000 habitantes.
c) COMARCALES. - Las que se encuentran situadas en municipios entre 25.000 y 50.000 habitantes. En este apartado se incluirán las capitales de cada isla, no incluidas en los apartados anteriores, aunque no cumplan con el criterio de población anterior, para lo cual en la denominación se le añadirá el término Insular.
d) LOCALES.- Las que están ubicadas en municipios con una población entre 15.000 y 25.000 habitantes.
e) RURALES.- Las que están ubicadas en municipios con una población de menos de 15.000 habitantes.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • • No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • • Estar dada de alta en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC) y que tiene asociada a dicha alta al menos una cuenta bancaria actualizada y en condiciones para recibir pagos.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Hacienda estatal y autonómica y frente a la Seguridad Social.
Cuantía
  • Para lo municipios con población superior a los 100.000 habitantes, el porcentaje máximo será del 60% de la inversión aprobada con un límite de 40.000 euros
  • Para lo municipios con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, el porcentaje máximo será del 60% de la inversión aprobada con un límite de 35.000 euros
  • Para lo municipios con población entre 25.000 y 50.000 habitantes, el porcentaje máximo será del 70% de la inversión aprobada con un límite de 30.000 euros
  • Para lo municipios con población entre 15.000 y 25.000 habitantes, el porcentaje máximo será del 80% de la inversión aprobada con un límite de 25.000 euros
  • Para lo municipios con una población de menos de 15.000 habitantes, el porcentaje máximo será del 85% de la inversión aprobada con un límite de 20.000 euros
  • Se podrá subvencionar hasta el 100% del total del proyecto subvencionable, siempre que el importe del mismo no supere los 8.000,00 € y se acredite la carencia de recursos para acometer dicho proyecto.
Criterios de valoración y baremación:
  • Criterios: Los especificados en la Base séptima de las bases reguladoras.
  • Procedimiento de valoración de proyectos.
  • A cada solicitud con respecto a cada uno de sus criterios, salvo que esté claramente valorado, se le asignarán los puntos que proporcionalmente le correspondan, de acuerdo con la siguiente fórmula P=pm*B/mv, (donde “P” es la puntuación a dar al beneficiario que se evalúa, “pm” es la puntuación máxima a otorgar según el criterio que se evalúa, “B” es el valor cuantitativo del beneficiario que se valora con respecto a un criterio determinado y “mv” es el mayor valor de los presentados a la convocatoria con respecto a un criterio).
  • Obtenida la puntuación de todos las solicitudes con respecto a cada uno de los criterios, se sumará la puntuación total, estableciéndose el orden de prelación de mayor a menor, de tal forma que la máxima puntuación se asimila al máximo porcentaje y sucesivamente hasta que se agote la dotación presupuestaria.
  • En el caso de que la subvención concedida fuese del 100% de la inversión aprobada, se aplicará igualmente la formula antedicha a efectos del orden de prelación, de tal forma que si hubiera dotación se le asimilaría tal orden al 100%.
Forma de Abono:
  • Abono por justificación
  • Abono anticipado

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 21/10/2022 0:0
Fecha Fin: 21/11/2022 23:59
  • Condición: Convocatoria de subvenciones

  • Fecha Inicio: 22/11/2022 0:0
    Fecha Fin: 30/11/2022 23:59
  • Condición: Apertura del aplicativo para requerimiento y subsanación

  • Fecha Inicio: 9/12/2022 12:0
    Fecha Fin: 16/12/2022 23:59
  • Condición: Aceptación y Solicitud de abono anticipado

  • Fecha Inicio: 19/12/2022 0:0
    Fecha Fin: 20/10/2023 23:59
  • Condición: Apertura del aplicativo para la justificación de las subvenciones, ampliación de plazos de realización y justificación

  • Fecha Inicio: 9/11/2023 13:4
    Fecha Fin: 20/9/2024 23:59
  • Condición: Justificación
  • Observaciones: Apertura del aplicativo para justificación.

  • Fecha Inicio: 7/10/2024 0:0
    Fecha Fin: 30/12/2024 23:59
  • Condición: Apertura del aplicativo para justificación

  • Más nformación

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio de Estudios y Planificación Económica
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7714
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3014395

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