Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Anulación de movimientos de animales previamente autorizados mediante guía sanitaria

Documentación

Por internet

    • Solicitud

    Otra documentación de interés:
    • Otra documentación

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial


  • Otra documentación de interés:
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Tramitación

Objeto

  • La cancelación del movimiento autorizado y amparado previamente en el documento de acompañamiento denominado Guía Sanitaria, requerido para el movimiento entre explotaciones ganaderas ubicadas en la misma isla, interinsular o nacional para animales de las especies bovina, caprina, ovina, porcina, avícola, cunícola, así como para traslados de animales entre islas de las mismas especies antes mencionadas incluyendo la especie apícola y equina, al igual que otras especies animales que procedan de centros obligados a su inscripción en la Sección Quinta del Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Estar en posesión de la guía sanitaria que autoriza el movimiento de animales que se pretende sea anulado.
  • Las explotaciones de origen y las de destino de los animales objeto de traslado deberán cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos:
  • a) Estar inscritas y actualizadas en la sección correspondiente del Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA)
  • b) Tener el Libro de Registro de Explotación debidamente actualizado.
  • c) No estar sometidas a restricciones para el movimiento de animales vivos por cualquiera de las razones que puedan dar lugar a estas restricciones.
  • d) Haberse sometido a las actuaciones correspondientes realizadas en materia de erradicación y lucha de enfermedades de los animales.
  • e) Las explotaciones de origen deberán tener igual o superior calificación sanitaria que las de destino.
  • Los animales objeto de traslado deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • a) Estar identificados conforme a las normas de identificación de animales establecidas en la legislación vigente para cada especie.
  • b) No presentar sintomatología que haga sospechar de la existencia de enfermedad infectocontagiosa, al menos en las 48 horas previas al movimiento.
  • c) No habérseles administrado sustancias o productos no autorizados. En el caso de haber sido sometidos a tratamientos con productos autorizados, deberán haber cumplido los plazos de espera establecidos.
  • Respecto a los medios de transporte utilizados:
  • a) Acreditar la desinfección y desinsectación del medio de transporte si este es de obligado Registro por el Órgano competente en materia de ganadería, antes y después de realizarse el traslado.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
La anulación de movimientos de animales previamente autorizados mediante guía sanitaria, deberá solicitarse al Servicio de Industrias, Registros y Bienestar Animal, en los registros comarcales de esta Consejería o en las Agencias de Extensión Agraria de los Cabildos Insulares.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución, 23 feb 2016, de la Dirección General de Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que modifica la Resolución de 11 de agosto de 2015 (BOC 162, 20.8.2015), que establece medidas en materia de identificación y registro de las especies ovina y caprina en la Comunidad Autónoma de Canarias

    Resolución, 11 ago 2015, de la Dirección General de Ganadería, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se establecen medidas en materia de identificación y registro de las especies ovina y caprina en la Comunidad Autónoma de Canarias

    Orden, 23 dic 99, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se regulan las condiciones administrativas y sanitarias en el movimiento de animales en la Comunidad Autónoma Canaria

    Orden, 10 feb 2012, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se modifica la Orden de 8 de enero de 2010 (BOC 9, 15.1.2010), que adopta medidas sanitarias específicas de salvaguardia, en relación con el movimiento y transporte de animales, en la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Orden, 8 ene 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se adoptan medidas sanitarias específicas de salvaguardia, en relación con el movimiento y transporte de animales, en la Comunidad Autónoma de Canarias

    Real Decreto 1888/2000, de 22 de noviembre, por el que se establecen las condiciones de sanidad animal aplicables a los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar, procedentes de países terceros.

    Real Decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de animales de las especies ovina y caprina.

    Real Decreto 1716/2000, de 13 de octubre, sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina.

    Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

    Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.

    Orden ARM/687/2009, de 11 de marzo, por la que se modifica el anexo XI del Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7775
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2945043

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