Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Convocatoria de la Acción I.1 Ayuda a la comercialización de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas y de la Acción I.4; subacción I.4.2 Ayuda a la comercialización de la papa de mesa. POSEI Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Soporte informático de los Anexo A y B (Anexos III y IV )
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación
    • En caso de entidades reconocidas como Agrupación u Organización de Productores con ámbito territorial superior a esta Comunidad Autónoma:
      • Documentación acreditativa del reconocimiento
    • En caso de nuevos solicitantes:
      • Documentación bancaria que acredite la titularidad de la cuenta
    • Declaración afectados por el volcán
      • Declaración afectados por el volcán (Anexo V)

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

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Presencial

    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación
    • En caso de entidades reconocidas como Agrupación u Organización de Productores con ámbito territorial superior a esta Comunidad Autónoma:
      • Documentación acreditativa del reconocimiento
    • En caso de nuevos solicitantes:
      • Documentación bancaria que acredite la titularidad de la cuenta

    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Conceder, para la campaña 2023, la ayuda a la comercialización de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, flores y plantas vivas recolectadas en Canarias, prevista en la Acción I.1, y la ayuda a la comercialización de papa de mesa, prevista en la Subacción I.4.2, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las ayudas reguladas en esta convocatoria los productores que comercialicen sus producciones de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, plantas vivas, flores, esquejes, plantas medicinales y aromáticas y caña de azúcar (capítulos 6, 7, 8, 9 y 12 de la nomenclatura combinada), durante la campaña 2023
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1. Podrán acogerse a estas ayudas los productores que comercialicen sus producciones de frutas, hortalizas, raíces y tubérculos alimenticios, plantas vivas, flores, esquejes, plantas medicinales y aromáticas y caña de azúcar (capítulos 6, 7, 8, 9 y 12 de la nomenclatura combinada) y que cumplan, además de la condición de agricultor activo [art. 3.2 bases reguladoras Orden de 28 de noviembre de 2017, (BOC 203 de 13.10.2022)], los siguientes requisitos:
  • a) Que sus superficies productivas se encuentren ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, debidamente identificadas según el SIGPAC, correctamente referenciadas a la última actualización publicada en el momento de la presentación de las solicitudes/programas de producción y comercialización y con los usos e incidencias SIGPAC admisibles.
  • b) Que presente solicitudes/programas de producción y comercialización para la campaña objeto de esta convocatoria. En el caso de que el solicitante sea socio de Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación o de uniones de éstas que comercialicen en común su producción, o de una entidad jurídica reconocida como Agrupación u Organización de Productores, serán estas entidades quienes presenten las solicitudes/programas en representación de sus socios o afiliados. La superficie mínima por agricultor individual y producto será de 300 m2.
  • c) En el caso de que se solicite la ayuda como socio de una Agrupación u Organización de Productores, estar afiliado a una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH), [Reglamento (UE) 543/2011 y Real Decreto 532/2017]; o en una Agrupación de Productores de patatas de consumo no destinadas a la industria feculera [Real Decreto 970/2002], y agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura [Real Decreto 233/2002]
  • d) En el caso de que se solicite el importe de ayuda por ser “productor agrupado” sus superficies productivas deberán figurar debidamente inscritas en los Ficheros de Afiliados del Registro de Agrupaciones y Organizaciones de Productores Agrarios de Canarias en la campaña por la que solicita la ayuda, así como, declaración de entregas de las producciones por las que se solicita la ayuda, y antes del 31 de enero de 2024.
  • e) En el caso de la Subacción I.1.2, tendrán la consideración de “productor agrupado”, además de los afiliados a una OPFH o a una Agrupación de Productores, los socios de Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) y/o de uniones de éstas que comercialicen en común su producción.
  • f) Si se solicita el importe de ayuda incrementado por tener la producción asegurada, poseer una póliza suscrita, incluida en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, en vigor en la campaña por la que solicita la ayuda.
  • g) En el caso de productores ecológicos individuales o agrupados, deberán constar inscritos en el Registro de Producción Ecológica (Registro de operadores titulares de empresas agrarias de producción), y para aquellos productos para los que tengan certificado vigente a fecha de presentación del programa de producción y comercialización.
  • h) En el caso de los solicitantes de la subacción I.4.2, las superficies declaradas serán las solicitadas en la subacción I.4.1. Además los periodos de siembra y recolección de ambas subacciones deben estar relacionados.
  • i) La campaña de comercialización comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 y los productos objeto de ayuda deberán ser cosechados y comercializados dentro de la campaña.
  • j) Para optar al complemento de ayuda para productos tropicales, además de las condiciones anteriores, debe haberse comercializado alguno de los siguientes productos: papayas, mangos, aguacates y otros tropicales.
  • Superficies admisibles: Recintos SIGPAC indicados en el Anexo I
Cuantía
  • Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y de acuerdo con la ficha financiera del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias se le asigna a cada subacción los siguientes importes:
  • - Subacción I.1.1: dieciséis millones setecientos catorce mil ochocientos noventa y tres euros (16.714.893 €)
  • - Subacción I.1.2: cuatro millones setecientos ochenta y cinco mil ciento siete euros (4.785.107 €)
  • - Subacción I.4.2.: dos millones setecientos noventa y seis mil novecientos ochenta y dos euros (2.796.982 €).
  • Dichas cuantías podrán modificarse por posteriores decisiones de la Comisión Europea
Criterios de valoración y baremación:
  • La Dirección General de Agricultura llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución.
Forma de Abono:
  • La ayuda se pagará directamente al beneficiario en la cuenta corriente declarada en la solicitud/programa de producción y comercialización en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2023y el 30 de junio de 2024

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 22/12/2022 0:0
Fecha Fin: 23/1/2023 23:59

Fecha Inicio: 24/1/2023 0:0
Fecha Fin: 17/2/2023 23:59
  • Condición: Las solicitudes con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto. Las presentadas con posterioridad al 17 de febrero de 2023 serán desestimadas

  • Fecha Inicio: 1/6/2023 0:0
    Fecha Fin: 30/6/2023 23:59

    Fecha Inicio: 1/7/2023 0:0
    Fecha Fin: 25/7/2023 23:59
  • Condición: Las solicitudes con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto. Las presentadas con posterioridad al 25 de julio de 2023 serán desestimadas

  • Fecha Inicio: 1/7/2023 0:0
    Fecha Fin: 31/7/2023 23:59
  • Condición: Documentación justificativa de la producción y comercialización de los productos incluidos en los Programas correspondientes al primer semestre.

  • Fecha Inicio: 1/8/2023 0:0
    Fecha Fin: 25/8/2023 23:59
  • Condición: La documentación con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto. Las presentadas con posterioridad al 25 de agosto de 2023 serán desestimadas

  • Fecha Inicio: 1/1/2024 0:0
    Fecha Fin: 31/1/2024 23:59
  • Condición: Documentación justificativa de la producción y comercialización de los productos incluidos en los Programas correspondientes al segundo semestre

  • Fecha Inicio: 1/2/2024 0:0
    Fecha Fin: 26/2/2024 23:59
  • Condición: Las documentación con entrada en la Administración en los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación serán consideradas para la gestión y pago, pero la ayuda que se conceda se reducirá en 1% por cada día hábil fuera del plazo previsto. Las presentadas con posterioridad al 26 de febrero de 2024 serán desestimadas

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización
      Servicio Dirección Técnica Organismo Pagador

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      El plazo de resolución no superará el 30 de junio de 2024
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244 de 19.12.2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7901
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2963041
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