Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Ayuda al consumo humano de carne fresca de gallina de origen local

Documentación

Por internet

    • Solicitud Modelo normalizado
    • En el supuesto de representación
      • Documentación que acredite la representación
    • Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios
      • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuneta corriente en la que solicitua le sea ingresada la ayuda
    • documentación relativa al sacrificio emitida por el matadero donde conste: propietario de los canales, explotaciones de origen, número de identificación, fecha de sacrificio y peso en canal

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud Modelo normalizado
    • En el supuesto de representación
      • Documentación que acredite la representación
    • Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios
      • Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuneta corriente en la que solicitua le sea ingresada la ayuda
    • documentación relativa al sacrificio emitida por el matadero donde conste: propietario de los canales, explotaciones de origen, número de identificación, fecha de sacrificio y peso en canal

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Convocatoria para la campaña 2022. La Acción III.5.5 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias tiene como objetivo fomentar el consumo de carne fresca de gallina de origen local sacrificada en mataderos autorizados.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
El beneficiario de la ayuda será el propietario de las canales a la salida del matadero en todas las subacciones. Serán admisibles las cantidades de carne de gallina sacrificada durante el año 2022 en mataderos autorizados de la Comunidad Autónoma de Canarias. Las cantidades objeto de ayuda se refieren al peso en canal.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • El beneficiario de la ayuda será el propietario de las canales a la salida del matadero en todas las subacciones.
  • Serán admisibles las cantidades de carne de gallina sacrificada durante el año 2022 en mataderos autorizados de la Comunidad Autónoma de Canarias. Las cantidades objeto de ayuda se refieren al peso en canal.
Tasas:
No se exigen
Cuantía
  • 1. El importe unitario de la ayuda es:
  • • Subacción III.5.5 Carne de gallina: 80 euros por tonelada de peso canal.
  • 2. Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Agrícola Europeo de Garantía (FEAGA) y, de acuerdo con la ficha financiera del Programa, se le asigna a la subacción el siguiente importe:
  • • Subacción III.5.5 Carne de pollo y gallina: doscientos ochenta y siete mil veinte euros (287.020,00 euros).
  • 3. La ayuda a abonar a los solicitantes cuyas explotaciones se encuentren ubicada en la isla de La Palma se incrementará hasta el promedio de las campañas 2017 a 2019 de la ayuda percibida por el mismo beneficiario, en el caso de que la ayuda calculada para la campaña 2022 sea inferior a dicho promedio.
  • 4. En caso de agotamiento de la ficha financiera de la ayuda, se podrá realizar una reducción proporcional de la ayuda unitaria suficiente en la subacción de que se trate, para atender a todas las solicitudes presentadas.
Criterios de valoración y baremación:
  • La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
Forma de Abono:
  • La ayuda se abonará directamente a los que resulten beneficiarios en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, en un único abono antes del 30 de junio de 2023.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 21/4/2023 0:0
Fecha Fin: 30/5/2023 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería del Sector Primario
    Plazo de resolución:
    El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión contados desde la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8210
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2987868

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