Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Recursos de alzada ante la Viceconsejería de Educación

Documentación

Por internet

    • Solicitud

    Otra documentación de interés:
    • Escrito de recurso de alzada

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud

    Otra documentación de interés:
    • Escrito de recurso de alzada

Tramitación

Objeto

  • Resolver los recursos de alzada que resulten procedentes frente a las Resoluciones dictadas por las Direcciones Generales dependientes de la Viceconsejería de Educación (Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación, Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, Dirección General de Infraestructuras y Equipamientos).
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Las resoluciones y actos a los que se refiere el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, dictadas por la Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación, Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios, Dirección General de Infraestructuras y Equipamientos, cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada, por los interesados, ante la Viceconsejería de Educación.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
  • Un mes desde la notificación o publicación de la resolución impugnada

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Unidad de Apoyo a la Viceconsejería

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería de Educación
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

    Normativa estatal

    Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8906

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