Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Solicitud de autorización de declaración de situación de excepción.

Documentación

Por internet

    • Solicitud

    Otra documentación de interés:
    • Instrucciones para cumplimentar la solicitud y documentación que se acompaña.
    • Documentación acreditativa de la identidad de la persona interesada (DNI, NIE, Pasaporte).
    • Documentación acreditativa de la identidad de la persona representada (DNI, NIE, Pasaporte)
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta).
    • Informe técnico del motivo por el que no se puede mantener el suministro de agua de ninguna otra forma razonable.
    • Documento de conformidad de esta solicitud emitido por el Consejo Insular de Aguas correspondiente.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Obtener la autorización sanitaria para la declaración de una situación de excepción de una zona de abastecimiento, cuando estén presentes niveles de parámetros químicos del anexo I, parte B, por encima de su valor paramétrico, o parámetros de la Lista de observación del anexo IV por encima de su valor de referencia, y cuando el suministro de agua de consumo no se pueda mantener de ninguna otra forma razonable.
A quién está dirigido:
Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
CONCEPTO: Tasas por Servicios Sanitarios. SERVICIO A FACTURAR: Grupo 3.2. Otras actuaciones sanitarias.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Sanidad Ambiental

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Sanidad Ambiental
    Plazo de resolución:
    1 mes
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 39/2025, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE, num. 236, de 2 de octubre de 2025)
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es una “situación de excepción” y para qué sirve este trámite?
    Una situación de excepción es una autorización temporal que permite seguir suministrando agua, aunque se haya detectado un parámetro por encima de su valor paramétrico, siempre que no exista otra forma razonable de mantener el suministro. La autorización permite aplicar medidas correctoras mientras se restablece la calidad del agua.
    ¿Quién puede solicitar una situación de excepción?
    La solicitud debe presentarla el operador de la zona de abastecimiento, o en su caso la administración local responsable, cuando detectan que el suministro no puede cumplir de forma inmediata los valores paramétricos establecidos en el RD 3/2023.
    ¿En qué casos puede solicitarse esta autorización?
    Puede solicitarse cuando: un parámetro del agua supera su valor paramétrico de forma temporal, un parámetro de la “Lista de observación” presenta valores por encima del nivel de referencia, o en el caso de no ser posible garantizar el suministro de otra forma razonable mientras se aplican medidas correctoras. Existen tres tipos de solicitud: inicial, prórroga o situación de excepción de corta duración.
    ¿Qué documentación debe aportarse con la solicitud?
    Debe incluirse: documento justificante del pago de la tasa, acreditación de identidad y representación (si procede), un informe técnico que explique por qué no se puede mantener el suministro sin recurrir a la excepción, que detalle aspectos como puntos y frecuencia de muestreo durante la excepción, parámetros adicionales que se van a controlar, medidas correctoras previstas y, su inversión: También se debe incluir un cronograma de trabajo y plazos de resolución del problema, cómo se informará a la población, relación de edificios prioritarios y empresas alimentarias afectadas y, documento de conformidad del Consejo Insular de Aguas, cuando sea necesario.
    ¿Cómo se presenta la solicitud?
    La presentación se realiza exclusivamente por vía electrónica a través de la Sede del Gobierno de Canarias, seleccionando el procedimiento 9107 y adjuntando todos los documentos requeridos.
    ¿Cuánto tarda la administración en resolver?
    El plazo máximo de resolución es de 1 mes. Si transcurre ese tiempo sin respuesta, el silencio administrativo es desestimatorio, según la Ley 39/2015.
    ¿Tiene algún coste este trámite?
    Sí. La declaración de situación de excepción está sujeta al pago de la tasa por servicios sanitarios, cuyo justificante debe adjuntarse con la solicitud.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    9107

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