Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales de iniciativa privada.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Acuerdo de aprobación del Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos aprobado por el Órgano de Gobierno de la entidad
    • Proyecto Técnico completo copia digital del proyecto de ejecución de la inversión a realizar redactado por técnico competente según los requisitos exigidos en el apartado 3 del Resuelvo décimo de la Orden de convocatoria
    • Fichero de los planos del Proyecto Técnico en formato editable (dxf, dwg, dgn, shape o compatible), y georreferenciados.
    • Listado de personas socias regantes beneficiadas con la inversión Anexo
    • Relación nominal de los socios o socias o partícipes beneficiarios con referencia parcelaria, superficie y cultivo tal y como se recoge en el apartado 4 del Resuelvo décimo de la Orden de convocatoria
    • Fichero en formato dbf, ods o xls de la relación nominal de los socios o socias o partícipes beneficiarios con referencia parcelaria, superficie y cultivo.
    • Facturas proforma detalladas y desglosadas y en los supuestos contemplados en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán presentarse como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores
    • Cuando se adquiera bienes inmuebles:
      • Declaración responsable sobre el valor diferenciado de la edificación y del suelo.
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación
    • Relación de integrantes y acuerdos adoptados (según los requisitos exigidos en el apartado 6 del Resuelvo décimo de la Orden de convocatoria)
    • Declaración responsable de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Mejora de las infraestructuras de regadíos de iniciativa privada con objetivos ambientales que redunden en beneficio exclusivo de la agricultura de una zona concreta o de un grupo de explotaciones (mínimo a 15 socios beneficiarios). Convocatoria para el ejercicio 2024.
A quién está dirigido:
Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el Resuelvo Noveno de la Orden de convocatoria:
  • 1. Las personas solicitantes deben cumplir los requisitos generales establecidos en la base 7, reguladoras de las subvenciones, aprobadas por Orden de 5 de febrero de 2024, que resulten aplicables en su caso. No obstante y respecto al requisito establecido en la letra a), éste se sustituirá durante el procedimiento de selección 2024, por la inscripción en el REGEPA de las explotaciones titularidad de las personas socias regantes beneficiadas con la inversión, por aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria única de la citada Orden.
  • 2. Además deberán cumplirse los siguientes requisitos específicos:
  • a) Que sean personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas.
  • b) Acometa las actuaciones e inversiones conforme a lo recogido en el resuelvo séptimo de esta Orden.
  • c) En el caso de Comunidades de bienes estar censadas en la Agencia Tributaria de Canarias.
  • d) Comprometerse a mantener las inversiones subvencionadas y la infraestructura de riego subvencionada, así como a no enajenar o ceder los bienes construidos o adquiridos con la ayuda de estas subvenciones que tengan la consideración de activos fijos inventariables, durante al menos los cinco años siguientes al último pago de la subvención.
  • En el caso de las comunidades de bienes deberá asumirse dicho compromiso por todos y cada uno de los comuneros y adoptarse además un pacto o acuerdo de indivisión por idéntico periodo al del compromiso.
  • No obstante lo anterior, antes de finalizar el periodo de cinco años se podrá transferir total o parcialmente la instalación, siempre y cuando el nuevo titular asuma el compromiso por el tiempo que reste, reúna los requisitos para ser beneficiario de estas subvenciones en las mismas condiciones, obtenga una puntuación en los criterios de valoración equivalente a la puntuación mínima de las subvenciones concedidas en la convocatoria de referencia y cuente con la autorización de la Dirección General competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones.
  • e) En el caso de que se solicite la subvención para maquinaria o equipo, comprometerse a que sean nuevos y instalen de tal forma que permita la comprobación del número de serie. Será con cargo a la persona beneficiaria, facilitar los medios necesarios para hacer las comprobaciones de los números de serie.
  • f) Que las inversiones beneficien directamente a un mínimo de quince (15) explotaciones, perteneciente a los socios o partícipes de la entidad o asociación solicitante.
  • g) En el supuesto de instalación de depósitos de capacidad superior a mil metros cúbicos, o de más de cinco metros de altura, deberá contar con la autorización administrativa del órgano administrativo competente en materia de aguas, en los casos exigidos en la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
Cuantía
  • - El 45% de la inversión aprobada, sin que pueda superar el límite de 8.400 €/ha de la superficie irrigada con cargo a la subvención.
  • - En caso de percibir subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, la acumulación de las mismas no podrá superar el límite del 75% de la inversión aprobada.
Criterios de valoración y baremación:
  • Los establecidos en el punto 4 del Anexo 2 de las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones que se corresponden con determinadas intervenciones de desarrollo rural previstas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) para el periodo 2023-2027 en Canarias, aprobadas por la Orden Departamental de 5 de febrero de 2024.
Forma de Abono:
  • Con carácter general, y de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, el pago de las subvenciones se realizará previa justificación por la persona beneficiaria.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 22/6/2024 0:0
Fecha Fin: 22/7/2024 23:59
  • Observaciones: Convocatoria 2024

  • Fecha Inicio: 1/10/2024 0:0
    Fecha Fin: 31/10/2024 23:59
  • Observaciones: Convocatoria 2025

  • Fecha Inicio: 1/10/2025 0:0
    Fecha Fin: 31/10/2025 23:59
  • Observaciones: Convocatoria 2026

  • Fecha Inicio: 1/10/2026 0:0
    Fecha Fin: 31/10/2026 23:59
  • Observaciones: Convocatoria 2027

  • Fecha Inicio: 1/10/2027 0:0
    Fecha Fin: 31/10/2027 23:59
  • Observaciones: Convocatoria 2028

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Planificación de Obras y Ordenación Rural

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (B.O.C. nº 244 de 19/12/2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      9456
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3125682

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    Actualizado 09/10/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto