Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvención directa y abono anticipado en materia de Emergencias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Estatuto o escritura de constitución
    • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Memoria de la actividad a desarrollar
    • Justificación de las razones que acrediten el Interés Público de la actividad a desarrollar.
    • En el caso de Asociación:
      • Acreditación de que cumple con lo previsto en el artículo 42 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero de Asociaciones Canarias.
    • En el caso de Fundación o Colegio Profesional:
      • Acreditación de estar inscrito en el Registro correspondiente de acuerdo con la normativa estatal ó autonómica.

    Otra documentación de interés:
    • Aceptación de la subvención (modelo de aceptación)
    • En caso de que no se autorice a la Administración a la consulta de datos, se deberá aportar la siguiente documentación:
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
      • Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias de carácter estatal
      • Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias de carácter autonómico

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Tramitar subvenciones de concesión directa y abono anticipado en materia de Emergencias por la Dirección General de Emergencias en las que se acrediten razones de interés público, de conformidad con el artículo 21 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Canarias
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • En función de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio
Criterios de valoración y baremación:
  • Subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Forma de Abono:
  • Anticipado

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE PROTECCIÓN CIVIL

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE PROTECCIÓN CIVIL
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Art. 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de Hacienda Pública Canaria
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8 de abril de 2009)

    Ley 11/2006, de 11 de diciembre de la Hacienda Pública Canaria (BOC n.º 244, de 19.12.2006)

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre de 2003)

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    9733
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3153411

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